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Documento BOE-A-2012-2502

Resolución de 6 de febrero de 2012, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo de colaboración con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la creación del Centro Memorial para las Víctimas del Terrorismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 20 de febrero de 2012, páginas 14887 a 14889 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2012-2502

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha 24 de enero de 2012, el Protocolo de Colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma del País Vasco (Consejería de Interior) para la creación del Centro Memorial para las Víctimas del Terrorismo, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como Anexo a esta Resolución.

Madrid, 6 de febrero de 2012.–La Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, M.ª Ángeles González García.

ANEXO
Protocolo de colaboración para la creación de un Centro Memorial para las Víctimas del Terrorismo

En Euskadi y en el resto de España, fruto de la acción del Estado de Derecho, de la acción policial y judicial, de la colaboración internacional, de la resistencia cívica y de la deslegitimación ética, política y social del terrorismo, estamos poniendo fin al ciclo terrorista.

Pero dejar atrás el pasado no quiere decir olvido porque queremos construir el futuro con memoria, dignidad y justicia. Una memoria que debe convertirse en un fuerte muro que imposibilite la vuelta atrás a la violencia totalitaria que fortalezca la convivencia, recuerde a las víctimas y refuerce valores de tolerancia, convivencia y libertad.

No olvidar el pasado, el sufrimiento y el terrible daño que el terrorismo ha causado a nuestra sociedad nos permitirá construir una sociedad más libre y tolerante.

Este futuro de la sociedad tenemos que construirlo recordando a las víctimas del terrorismo y hacerlo sobre los principios de memoria, dignidad, justicia y verdad. Porque éstos son la garantía para no olvidar nunca a los que fueron asesinados, sufrieron heridas mortales o psicológicas o vieron sacrificada su libertad como consecuencia del fanatismo terrorista.

Nunca podemos olvidar que el terrorismo ha pretendido imponer un proyecto totalitario y excluyente y que sus víctimas constituyen una referencia ética para nuestro sistema democrático, simbolizan la defensa de la libertad y el Estado de Derecho frente a la amenaza terrorista.

Primera.

La Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo, de la Comunidad Autónoma Vasca, recoge en su Título II los derechos de las víctimas del terrorismo y, entre ellos, compartido como derecho de la propia sociedad también, el artículo 8.º reconoce el derecho a la memoria.

Reza el citado artículo así:

«El derecho a la memoria abarcará las injusticias padecidas por todos aquellos ciudadanos inocentes que hayan sufrido las acciones terroristas. Los poderes públicos vascos promoverán el asentamiento de una memoria colectiva que contribuya a la convivencia en paz y libertad y a la deslegitimación total y radical de la violencia.

Igualmente, el derecho a la memoria tendrá como elemento esencial el significado político de las víctimas del terrorismo, que se concreta en la defensa de todo aquello que el terrorismo pretende eliminar para imponer su proyecto totalitario y excluyente: las libertades encarnadas en el Estado democrático de derecho y el derecho de la ciudadanía a una convivencia integradora. La significación política de las víctimas del terrorismo exige el reconocimiento social de su ciudadanía.

El mantenimiento de la memoria y el significado político de las víctimas del terrorismo constituye además una herramienta esencial para la deslegitimación ética, social y política del terrorismo.»

El Gobierno Vasco, asumiendo la responsabilidad de desarrollar en todas sus posibilidades el contenido del citado precepto legal, manifestó hace unos meses su voluntad de promover la creación de un Centro Memorial para las Víctimas del Terrorismo como instrumento de indudable potencial y valor para fomentar y asentar en la sociedad vasca esa memoria, así como la deslegitimación de la violencia y la educación en valores éticos y democráticos de tolerancia, paz y libertad.

Segunda.

Por su parte, la recientemente aprobada Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo, dice en su artículo 57:

«El Gobierno constituirá un Centro Nacional para la Memoria de las Víctimas del Terrorismo, que tendrá como objetivo preservar y difundir los valores democráticos y éticos que encarnan las víctimas del terrorismo, construir la memoria colectiva de las víctimas y concienciar al conjunto de la población para la defensa de la libertad, de los derechos humanos y contra el terrorismo. El Centro Nacional para la memoria de las Víctimas del Terrorismo tendrá su sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco.»

Tercera.

Es evidente la coincidencia de intereses y voluntades existente entre ambos gobiernos firmantes del presente Protocolo en lo concerniente a la promoción del valor de la memoria de las víctimas del terrorismo en el conjunto de la sociedad española y, especialmente, en el ámbito de la sociedad vasca.

Tanto el Gobierno de España como el Gobierno Vasco asumen la singular transcendencia que, de cara a asentar y fortalecer en el futuro una convivencia en paz y libertad, tiene el mantenimiento de una memoria compartida que evite justificaciones imposibles de la violencia y el terrorismo y que no diluya responsabilidades, al tiempo que permita, con su indudable valor pedagógico, nutrir de nervio moral a las generaciones futuras vacunándolas contra el terror y la violencia.

Por todo cuanto antecede,

El Ministerio del Interior del Gobierno de España, representado en este acto por el Ministro del Interior, D. Jorge Fernández Díaz y el Departamento de Interior del Gobierno Vasco, representado en este acto por el Consejero de Interior, D. Rodolfo Ares Taboada, como máximos responsables de los departamentos competentes en la materia y en representación de sus respectivos gobiernos,

ACUERDAN

Primero.

Desarrollar una actuación de colaboración mutua para elaborar un proyecto de Centro Memorial para las Víctimas del Terrorismo.

El citado proyecto habrá de resolver cuestiones referidas a la naturaleza jurídica del Centro, sus funciones, estructura, modelo de organización y gestión, órganos de dirección, espacio físico donde vaya a ubicarse, presupuesto y cuantos aquellos detalles resulten imprescindibles para una adecuada concreción del proyecto en el marco definido en los antecedentes del presente documento.

Segundo.

Al efecto de desarrollar la tarea señalada en el punto anterior, se crea una Comisión bilateral compuesta por cuatro miembros, dos de cada institución gubernamental, la cual será presidida por uno de los miembros designados por el Ministerio del Interior, que se constituirá e iniciará sus trabajos de inmediato a partir de la fecha de este Protocolo y que en un plazo no superior a seis meses deberá remitir su propuesta a ambos gobiernos.

El Ministro del Interior y el Consejero de Interior designarán a las personas que formen parte de la referida Comisión bilateral.

En Leioa, Palacio de Artaza, a 24 de enero de 2012.–El Ministro del Interior del Gobierno de España, Jorge Fernández Díaz.–El Consejero de Interior del Gobierno Vasco, Rodolfo Ares Taboada.

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