Visto el expediente de indulto de doña Rocío Fernández Durán, condenada por la Audiencia Provincial de Castellón, sección primera, en sentencia de 8 de noviembre de 2010, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 500 euros y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de febrero de 2012,
Vengo en conmutar a doña Rocío Fernández Durán la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 10 de febrero de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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