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Documento BOE-A-2012-2992

Resolución de 16 de febrero de 2012, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas, convocadas por Orden JUS/1654/2010, de 31 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2012, páginas 18109 a 18111 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2012-2992

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en Anexo I a los integrantes del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Resolución de 16 de febrero de 2012, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.

Los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa a los que se les otorga destino en esta resolución deberán tomar posesión de su cargo ante el departamento territorial respectivo de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en las siguientes direcciones, según la provincia donde esté radicado el órgano judicial en donde hayan obtenido destino:

Departamento Territorial da Coruña. Servizo de Xustiza. Praza de Luís Seoane, s/n. Edificio Advo. Monelos. 15008-A Coruña.

Departamento Territorial de Ourense. Servizo de Xustiza e Admón. Local. Paseo da Habana, n.º 79. 32071-Ourense.

Servizo Territorial de Vigo. Servizo de Xustiza. Rúa Concepción Arenal, n.º 8. 36201-Vigo.

La toma de posesión se efectuará dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, para lo cual se remitirá por esta Dirección General de Justicia, con suficiente antelación, a los servicios de Justicia de los departamentos territoriales de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, cinco ejemplares del acuerdo de nombramiento (documentos F1R).

Segundo.

Los funcionarios destinados en virtud de esta resolución, que pertenezcan ya al cuerpo de tramitación procesal y administrativa o al de auxilio judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al departamento territorial correspondiente, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero comuniquen a la Dirección General de Justicia dicha opción, a los efectos de la declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial. Una copia de la resolución por la que se les declara en situación de excedencia voluntaria será remitida por la Dirección General de Justicia al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia.

Tercero.

En el caso de que los funcionarios optasen por ingresar en el cuerpo de gestión procesal y administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar en el departamento de personal correspondiente a su destino como funcionario del cuerpo de tramitación procesal y administrativa o de auxilio judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo.

En el caso de que el funcionario que tome posesión en esta comunidad proceda del ámbito de competencia de otra gerencia territorial o de comunidades autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, la Dirección General de Justicia remitirá el acuerdo de nombramiento diligenciado a dichos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa o de auxilio judicial, y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el cuerpo de gestión procesal y administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Cuarto.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Quinto.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos participantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acto de toma de posesión.

Sexto.

Los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa a los que se otorga destino en virtud de esta resolución, no obstante habiendo sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concursos de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.

Séptimo.

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante la resolución de esta dirección general, de 17 de enero («BOE» 30-1-2012), no adjudicadas en la presente resolución, mantienen su condición de desiertas.

Contra la presente resolución podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el director general de Justicia en el plazo de un mes, según lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante juzgado competente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según lo dispuesto en el art. 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Santiago de Compostela, 16 de febrero de 2012.–El Director General de Justicia, Juan José Martín Álvarez.

ANEXO I
ADJUDICACIÓN DE DESTINOS

Cuerpo Gestión Procesal y Administrativa

Turno libre

Ámbito Territorial de Galicia

Núm.orden

DNI

Apellidos y nombre

Destino adjudicado

Localidad

Provincia

1

46346043

Fraga Fernández, Concepción.

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 3 (VSM).

Vilagarcía de Arousa.

Pontevedra.

2

34895451

Regueiro Vidal, María Inmaculada.

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 1.

Muros.

A Coruña.

3

36060267

Romero Barciela, María Denise.

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 3 (VSM).

Porriño.

Pontevedra.

4

33349988

Acebras Dopacio, Tania.

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 2.

O Barco de Valdeorras.

Ourense.

5

32674507

Fernández Gundín, José Luis.

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 1.

Marín.

Pontevedra.

6

76728363

Freiria Aguiar, Leticia.

Jdo. de Paz.

Viana do Bolo.

Ourense.

7

32832142

Martínez Patiño, Paula María.

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n. 1.

Cambados.

Pontevedra.

8

36128180

Boveda García, María.

Jdo. 1.ª Inst. e Instr. n.º 1.

Redondela.

Pontevedra.

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