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Documento BOE-A-2012-3434

Resolución 670/38015/2012, de 16 de febrero, de la Fuerza de Acción Marítima, por la que se delegan determinadas competencias relativas a los hallazgos marítimos.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2012, páginas 22911 a 22911 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2012-3434
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/02/16/67038015

TEXTO ORIGINAL

La Instrucción del Almirante de la Flota n.º 1/2009, de 14 de diciembre, por la que se desarrolla la organización de la Flota con arreglo a lo establecido en la Instrucción del Almirante Jefe de Estado Mayor n.º 52/2009, de 31 de julio, por la que se desarrolla la organización de la Fuerza de la Armada, atribuye al Almirante de Acción Marítima la competencia en materia de tramitación y resolución de los expedientes de hallazgos marítimos de acuerdo con la legislación en vigor.

Ambas Instrucciones establecen que el Almirante Comandante del Mando Naval de Canarias tiene bajo su dependencia directa las Comandancias y Ayudantías Navales de las Islas Canarias.

Por ello y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

DISPONGO:

Primero. Finalidad.

Razones organizativas, de eficacia y rapidez en la tramitación de expedientes de hallazgos marítimos hacen aconsejable una delegación de competencias atribuidas al Almirante de Acción Marítima relativas a los hallazgos marítimos en el Almirante Comandante del Mando Naval de Canarias.

Segundo. Delegación de competencias.

Se delegan en el Almirante Comandante del Mando Naval de Canarias las competencias relativas a la tramitación y resolución de los expedientes de hallazgos marítimos acaecidos en el Archipiélago Canario.

Tercero. Resoluciones administrativas.

Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud del apartado anterior indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar en la antefirma «por delegación» con referencia a esta Resolución.

Cuarto. Avocación.

En todo momento y mediante acuerdo motivado, el Almirante de Acción Marítima podrá avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquier asunto de la delegación que se otorga en la presente Resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

Cartagena, 16 de febrero de 2012.–El Almirante de Acción Marítima, Francisco Javier Franco Suanzes.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/02/2012
  • Fecha de publicación: 10/03/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 11/03/2012
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Canarias
  • Delegación de atribuciones
  • Marina de Guerra
  • Ministerio de Defensa

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