Visto el expediente de indulto de don José María Peralta Muñoz, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ávila, en sentencia de 5 de febrero de 2004, como autor de un delito de homicidio por imprudencia grave, a la pena de 18 meses de prisión y privación del derecho de conducir vehículos de motor y ciclomotores por 2 años; y un delito de lesiones imprudentes, a la pena de 10 arrestos de fin de semana y privación del derecho de conducir vehículos de motor y ciclomotores, por 18 meses, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2012,
Vengo en conmutar a don José María Peralta Muñoz la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y abone los gastos y costas a la parte perjudicada en el tiempo y forma que establezca el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid