Según lo que establece la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los Profesores Titulares de Escuela Universitaria que posean el título de doctor, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 57, podrán integrarse en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en las mismas plazas que ocupen.
Vista la solicitud presentada por el Profesor Titular de Escuela Universitaria, señor Alberto Batalla Flores, para integrarse en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad y, una vez comprobado el cumplimiento por el interesado de los requisitos establecidos, en uso de las competencias que me otorga el artículo 73.c del Estatuto de la Universitat de Barcelona, resuelvo hacer pública la integración en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad al profesor de esta Universidad señor Alberto Batalla Flores, fecha de efectos de la integración 1 de diciembre de 2011.
Barcelona, 30 de noviembre de 2011.–El Rector, Dídac Ramírez i Sarrió.
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