Contido non dispoñible en galego
Habiendo observado error en el texto de la citada Ley, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 60, de 10 de marzo de 2012, se detalla su oportuna corrección:
En la disposición adicional sexta, en el apartado 6, donde dice: «6. El órgano competente en materia de costas para otorgar las autorizaciones a que se refiere el apartado 4 [...].», debe decir: «6. El órgano competente en materia de costas para otorgar las autorizaciones a que se refiere el apartado 5 [...].».
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 6087, de 14 de marzo de 2012)
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