Visto el expediente de indulto de don Antonio Solís García, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimosexta, en sentencia de 1 de diciembre de 2009, como autor de un delito de insolvencia punible, a la pena de dos años y seis meses de prisión y multa de diez meses con cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de mayo de 2012,
Vengo en conmutar a don Antonio Solís García la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de mayo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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