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Documento BOE-A-2013-10265

Resolución de 4 de julio de 2013, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se declara la caducidad del procedimiento de declaración de bien de interés cultural del conjunto arqueológico de Medellín.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2013, páginas 80262 a 80263 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2013-10265

TEXTO ORIGINAL

A la visita del expediente de incoación para la declaración el conjunto arqueológico de la localidad de Medellín (Badajoz), como bien de interés cultural, con categoría de parque arqueológico, se realiza la presente resolución.

Antecedentes

Primero.

Se produce la incoación del expediente para la declaración del conjunto arqueológico de la localidad de Medellín (Badajoz), como bien de interés cultural con categoría de parque arqueológico mediante Orden de 3 de octubre de 2003 (publicada en el «DOE» número 135, de 18 de noviembre).

Segundo.

El artículo 9 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, dispone en su apartado 3 que «el expediente de declaración se resolverá en el plazo máximo de 16 meses, contando desde la fecha en que fue incoado el procedimiento». En el supuesto referenciado en el antecedente anterior, no se ha realizado más trámite administrativo que la Orden de Incoación de 3 de octubre de 2003.

Tercero.

El citado artículo de la Ley 2/1999, establece que «podrá también declararse la caducidad del expediente una vez transcurrido el citado plazo de 16 meses fijado por su resolución, tras tres meses y por resolución».

Con base en los anteriores antecedentes y en virtud de la competencias que me otorga el Ordenamiento Jurídico, resuelvo:

Primero.

Declarar la caducidad del procedimiento administrativo para la declaración del conjunto arqueológico de la localidad de Medellín (Badajoz), como bien de interés cultural, con categoría de parque arqueológico, incoado mediante Orden de 3 de octubre de 2003.

Segundo.

Acordar el archivo de las actuaciones que hayan podido llevarse a cabo en relación con el procedimiento administrativo para la declaración del conjunto arqueológico de la localidad de Medellín (Badajoz), con bien de interés cultural, con categoría de parque arqueológico.

Tercero.

Que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Extremadura.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes desde su notificación, o bien ser impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a elección del demandante, en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o se halle la sede el órgano autor del acto originario contados desde el día siguiente de la notificación de esta Resolución, según lo dispuesto en el artículo 10.1 a) 14.1 y 46 de la Ley 2/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Mérida, 4 de julio de 2013.–La Consejera de Educación y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate.

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