Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-10277

Resolución de 18 de septiembre de 2013, de la Dirección General de la Policía, por la que, en ejecución de sentencia, se nombra Policía Alumno a don Manuel Ángel Castillo Bedoya, en relación con el proceso selectivo convocado por Resolución de 12 de abril de 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2013, páginas 81015 a 81016 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2013-10277

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, en el recurso contencioso-administrativo núm. 404/2013, interpuesto por don Manuel Ángel Castillo Bedoya, participante en el proceso selectivo convocado para cubrir plazas de alumnos del Centro de Formación, aspirantes a ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía (convocatoria de 12 de abril de 2007; «BOE» número 110, de 8 de mayo), ha dictado sentencia con fecha 12 de junio de 2013, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos:

Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Ángel Castillo Bedoya contra la Resolución de 19 de noviembre de 2008, de la Dirección General de la Policía, en relación con la convocatoria de 12 de abril de 2007 de oposición libre para cubrir plazas de alumnos en el Centro de Formación para su posterior ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía, Escala Básica, por ser dicha resolución contraria a Derecho, por lo que la anulamos en lo que respecta al actor, y debemos declarar y declaramos que debe reconocerse al actor su derecho a que se declare que ha superado la prueba de reconocimiento médico establecida para dicha oposición, con las consecuencias jurídicas derivadas de este hecho en cuanto a la superación de las demás pruebas y derecho a incorporarse al Centro de Formación para llevar a cabo el periodo práctico de formación; caso de haber superado las pruebas en este Centro, el recurrente deberá ser nombrado funcionario de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, escalafonándosele en el puesto que le hubiera correspondido en la promoción saliente en la convocatoria en la que participó, con la misma antigüedad y resto de efectos administrativos que los obtenidos por quienes superaron esta convocatoria. Y con derecho a que se le liquiden los haberes a fin de abonarle las retribuciones que le hubieran correspondido de haber sido nombrado funcionario de policía en el mismo momento que los demás de su promoción. Sin costas.»

En su virtud, esta Dirección General de conformidad con lo establecido en el artículo 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 9 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, acuerda:

Primero.

Ejecutar la sentencia en sus propios términos.

Segundo.

Nombrar Policía alumno de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, sito en la avenida Juan Carlos I, número 46 (Ávila), a don Manuel Ángel Castillo Bedoya, con DNI número 48.959.442, que obtuvo 13,690 puntos en la fase de oposición, el cual deberá incorporarse a dicha Escuela para realizar el preceptivo curso de formación, a la mayor brevedad posible. En la fecha de incorporación surtirá efecto el presente nombramiento.

La no incorporación, sin causa justificada, a la Escuela Nacional de Policía para la realización del preceptivo curso de formación, en la fecha indicada, llevará aparejada la exclusión del proceso y la pérdida de todos los derechos y expectativas de derechos nacidos de la superación de la fase de oposición.

Los mismos efectos surtirá la no incorporación a dicha Escuela en los casos en los que se desestimen las solicitudes de aplazamiento del curso de formación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía en el plazo de un mes en los términos establecidos por el artículo 116 y concordantes de aquella Ley; o contencioso-administrativo, a su elección, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga su domicilio o bien del de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 18 de septiembre de 2013.–El Director General de la Policía, Ignacio Cosidó Gutiérrez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid