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Documento BOE-A-2013-10321

Resolución de 3 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, de certificación del producto fabricado por Citrin Solar, GmbH: panel solar, marca Citrin Solar y modelo CS 250, con contraseña GPS-8520.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2013, páginas 81498 a 81499 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2013-10321

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Solcess Servicios de Energía, S.L., con NIF B-43982644 y domicilio social en la avenida de Roma, 6, B, 6.º, 3.ª, de Tarragona, provincia de Tarragona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Citrin Solar, GmbH, en sus instalaciones industriales ubicadas en la calle Böhmerwaldstrase, 32, Moosburg (Alemania): Panel solar.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio ASIC-Austria Solar Innovation Center ha emitido el informe con clave de referencia P-201109003-K1, de fecha 13-4-2012, donde ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril (BOE de 12-5-1980), la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero (BOE de 26-1-2007), y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre (BOE de 6-2-1996), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo (BOE de 26-4-1997). Asimismo ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 del fabricante.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986 y el Decreto 52/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Empresa y Empleo, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8520, con fecha de caducidad el 3-9-2015, disponer como fecha límite el día 3-9-2015, para que el titular acredite que en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Dimensiones del colector y especificaciones generales:

Fabricante: Citrin Solar, GmbH.

Marca y modelo del colector: Citrin Solar CS 250.

Área de apertura: 1,890 m2.

Área total: 2,071 m2.

Fluido de trabajo: Agua.

Presión máxima: 10 bares.

Tipo constructivo: Plano.

Peso colector vacío: 34 kg.

Resultados del ensayo:

Rendimiento térmico:

ηο

0,824

 

a1

3,468

W/m2K

a2

0,0119

W/m2K2

Nota: Referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

0

10

30

50

70

623

555

406

239

54

1.090

1.023

874

707

522

1.558

1.490

1.341

1.174

989

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 3 de septiembre de 2013.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

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