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Documento BOE-A-2013-10487

Orden SSI/1815/2013, de 17 de septiembre, por la que se clasifica la Fundación New Health y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2013, páginas 82359 a 82360 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-10487

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación New Health resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación New Health.

Fines: Son fines de la fundación:

I. Apoyar y favorecer la mejora de la calidad de vida a través de la prevención, atención y rehabilitación de pacientes con enfermedades crónicas avanzadas y personas con dependencia.

II. Fomentar estrategias de calidad en los servicios sociosanitarios.

Domicilio y ámbito de actuación: La fundación tiene el domicilio en la carretera de la Esclusa, número 11, Edificio Galia, 1.º izqda., 41011 Sevilla, y desarrollará sus actividades en el territorio nacional sin perjuicio de que también pueda realizar actividades con repercusión internacional principalmente en países Iberoamericanos.

Fundador: Enterprising Solutions For Health, S.L.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por la entidad fundadora.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Sevilla, don José Ruiz Granados, el día 22 de febrero de 2013 con el número 577 de orden de su protocolo, subsanada por otra escritura otorgada ante el mismo notario el día 19 de junio de 2013, con el número 1.779 de orden de su protocolo, incorporan el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Emilio Herrero Molina.

Secretario: Don Julián Manuel Aguilar García.

Vocales: Don Alfonso Lucio-Villegas Cámara y don Felipe Sáez Tello.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación New Health cuyos fines de interés general son sanitarios, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 41-0264.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 17 de septiembre de 2013.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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