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Documento BOE-A-2013-10495

Orden JUS/1817/2013, de 26 de septiembre, por la que, en ejecución de sentencia, se complementa la Orden JUS/202/2007, de 17 de enero, en relación con el proceso selectivo convocado por Orden de 17 de noviembre de 1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 2013, páginas 82413 a 82413 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2013-10495

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de la sentencia de la sección séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 4 de febrero de 2010, recaída en el recurso de casación número 587/2007, interpuesto por don Antonio Jesús Molina Ruiz, contra el auto de 11 de julio de 2007, confirmado en súplica por el de 10 de octubre de 2007, dictados por la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo, de 31 de enero de 2006, recaída en el recurso de casación número 2016/2000, en relación con el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia (actualmente Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa), convocado por Orden de 17 de noviembre de 1997 (BOE de 4 de diciembre),

Este Ministerio, como complemento de la Orden JUS/202/2007, de 17 de enero (BOE de 6 de febrero), por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, en cumplimiento de la precitada sentencia recaída en el recurso de casación n.º 2016/2000, ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Reconocer a don Antonio Jesús Molina Ruiz, con DNI núm. 24255236, los efectos administrativos y económicos correspondientes desde su inicial nombramiento como funcionario del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia, por Resolución de 5 de abril de 1999 que nombraba funcionarios del Cuerpo a los aspirantes que habían superado las pruebas selectivas convocadas por Orden de 17 de noviembre de 1997. Resolución en la que don Antonio fue incluido, de acuerdo con lo resuelto en el apartado Primero y Segundo de la precitada Orden JUS/202/2007 que se complementa.

Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de las competencias asumidas en materia de personal al servicio de la Administración de Justicia y de recursos económicos para el funcionamiento de la misma por la Comunidad Autónoma de Canarias, por cuyo ámbito territorial concurrió el recurrente, en virtud de lo establecido por su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, y, en desarrollo del mismo, por los Reales Decretos 2463/1996 y 2462/1996, ambos de 2 de diciembre, que hacen efectivo el traspaso de las funciones y servicios en estas materias a partir del 1 de enero de 1997. Dicha normativa vincula a la Comunidad Autónoma de Canarias a la ejecución de la sentencia en cuanto a los efectos económicos reconocidos por esta orden en cumplimiento de la misma.

Segundo.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de septiembre de 2013.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/2225/2012, de 5 de octubre), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Gonzalo Conde Díez.

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