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Documento BOE-A-2013-10504

Orden JUS/1823/2013, de 27 de septiembre, por la que, se procede al cumplimiento de la sentencia recaída en el recurso de casación 538/2012, en relación con el proceso selectivo convocado por Orden de 17 de noviembre de 1991.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 2013, páginas 82438 a 82441 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2013-10504

TEXTO ORIGINAL

La Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo declara, en sentencia de 17 de junio de 2013, haber lugar al recurso de casación núm. 538/2012, interpuesto por la representación procesal de doña Rosario Hidalgo Guerra, contra el Auto de 9 de diciembre de 2011, que desestima el recurso de reposición formulado contra Auto de 29 de septiembre de 2011, dictados ambos por la Sección Octava de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en incidente de ejecución de la Sentencia de la misma Sala y Sección de 24 de enero de 2011, recaída en el recurso de casación número 1812/2010, seguido en procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales de la persona. Autos que son casados y anulados, condenando a la Administración a estar y cumplir los precisos términos del pronunciamiento recogido en la sentencia de dicha Sala y Sección de 24 de enero de 2011.

En la parte dispositiva del fallo de la sentencia de 24 de enero de 2011, recaída en el recurso de casación 1812/2010, se declara: «1.º Que ha lugar al recurso de casación n.º 1812/2008, interpuesto…contra la sentencia dictada el 3 de febrero de 2010, por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que anulamos. 2.º Que estimamos en parte el recurso 721/2009, anulamos la resolución de la Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia …y reconocemos el derecho de la recurrente a que se le tenga por superado el proceso selectivo…y se la incluya en la relación definitiva de aspirantes que lo aprobaron con la puntuación y número obtenidos en los dos primeros ejercicios, que constan en la demanda y tal como resultan de la prueba pericial practicada en el recurso contencioso-administrativo n.º 2/2972/97 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en cuanto afecta a la recurrente, debiendo ser escalafonada con número bis detrás del opositor que corresponda por puntuación, con reconocimiento y efectividad de sus derechos administrativos desde la fecha en que quedó resuelto definitivamente el proceso selectivo y de sus derechos económicos salvo los prescritos o incompatibles legalmente con otros ingresos.»

La puntuación de la recurrente tal como resulta de la prueba pericial referida en el fallo de la precitada sentencia, que es la que determina el número de escalafón detrás del respectivo opositor que le corresponde por puntuación, no coincide con la alegada por la recurrente en la demanda –motivo que ocasionó el incidente de ejecución de la Administración que dio lugar a los precitados Autos de la Sección Octava del TSJ de Madrid, anulados en casación–, pero siendo ésta concreta puntuación, la que consta en la demanda, la de obligada ejecución conforme a la parte dispositiva del fallo de la sentencia de cumplimiento,

Este Ministerio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la misma, acuerda:

Primero.

Declarar incluida en la lista definitiva de aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden de 30 de agosto de 1991, a doña Rosario Hidalgo Guerra, con efectividad de sus derechos administrativos desde la fecha en que quedó resuelto definitivamente el proceso selectivo, y de sus derechos económicos salvo los prescritos o incompatibles legalmente con otros ingresos.

Segundo.

Otorgar a la aspirante el último número de escalafón, 994 bis del anexo II de la pericial, lista definitiva de aprobados, detrás del último aspirante aprobado, dado que en dicho anexo no existe número de escalafón para la recurrente, pues aunque se le haya estimado por sentencia su inclusión en la lista definitiva de aprobados, el puesto que le corresponde conforme a la puntuación bruta de la demanda que establece el fallo judicial y/o su equivalente transformada de la pericial, está por detrás de la de otros aspirantes que han quedado excluidos de la lista de aprobados sin número de escalafón, por no alcanzar la nota mínima de corte necesaria para aprobar el segundo ejercicio.

Tercero.

Incrementar en una plaza la Orden de 30 de agosto de 1991, que hizo pública la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, turno libre, que finalizó con la publicación de las listas definitivas de aspirantes que superaron el proceso selectivo en Resolución de 24 de marzo de 1993 («BOE» de 1 de abril).

Cuarto.

En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes que figuran en esta Orden deberá presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle La Bolsa, número 8, 28071 Madrid, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:

a) Declaración jurada de no hallarse comprendida en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separada mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitada (anexo I).

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda a la interesada.

Si tiene la condición de discapacitada con grado igual o superior al 33 por 100 deberá presentar certificación de los Órganos competentes o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su compatibilidad funcional para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, salvo que lo hubiera presentado ya junto con la solicitud de participación.

c) El Certificado de Penales será aportado de oficio por la Secretaría de Estado de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

d) Además de la anterior documentación, o bien cumplimentara el anexo II de la presente Orden, por el que preste expresamente su consentimiento para que sus datos de identidad personal y titulaciones puedan ser consultados y verificados de oficio, o bien deberá presentar la siguiente documentación:

– Nacionalidad: Dos fotocopias del documento nacional de identidad.

– Titulación : Fotocopia compulsada del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de los profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario (Directiva 89/48/Cc/EE).

Si no está en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, y aporta el título exigido en la base 3.1.c) de la Orden de convocatoria, será nombrada funcionaria de la Escala de Gestión Procesal y Administrativa.

Si tuviera la condición de funcionaria pública estará exenta de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismos del que dependa, por la que se acredite su condición y requisitos para ser nombrada funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Quienes dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor no presentare la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en las bases de la Orden de convocatoria que rigen este proceso selectivo, no podrá ser nombrada funcionaria y quedaran anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Quinto.

A efectos de la solicitud de destino, la interesada deberá comunicar su dirección postal, dirección de correo electrónico y teléfono de contacto, a fin de enviarle la relación de puestos de trabajo desiertos existentes en la actualidad, junto con el modelo de instancia, para lo que se le concederá un plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la recepción de dicha documentación.

En la citada solicitud se incluirán los puestos de trabajo por orden de preferencia hasta un máximo de 50. Igualmente deberá especificar las provincias por orden de preferencia para que, en caso de no haber ninguna plaza desierta en los puestos solicitados, se adjudique destino dentro de las provincias de preferencia.

Sexto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de septiembre de 2013.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/2225/2012, de 5 de octubre), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Gonzalo Conde Díez.

ANEXO I

Don/doña........................................................................................................................, con domicilio en.....................................................................................................................

de ............. años de edad, con DNI número.................................. declaro bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En...................... a........... de.......................... de 2013.

EL DECLARANTE:

ANEXO II

Don/doña........................................................................................................................,con domicilio en...................................................................................................................,

de ................. años de edad, con DNI número...................................., da su consentimiento para que el órgano instructor del proceso selectivo, a efect.os de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, pueda acceder para consulta y verificación de mis datos personales de identidad y titulaciones, a los archivos y bases de datos u otros fondos documentales obrantes en la Administración que contienen dichos datos.

En...................... a........... de.......................... de 2013.

EL DECLARANTE:

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