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Documento BOE-A-2013-10601

Orden SSI/1839/2013, de 30 de septiembre, por la que se clasifica la Fundación ET Graeco Ayuda a los Necesitados y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2013, páginas 83256 a 83257 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-10601

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación ET Graeco Ayuda a los Necesitados resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación ET Graeco Ayuda a los Necesitados.

Fines: Los fines de interés general de la fundación son:

– Asistencia social a colectivos en situación de necesidad para su inclusión social, que estén en riesgo de exclusión social, por carecer de formación y sin posibilidades de obtenerla por carecer de medios económicos o circunstancias sociales que no reciban la atención necesaria a sus circunstancias personales.

– Promoción al voluntariado social para trabajar con personas en situación de necesidad, consiguiendo su inclusión social.

Domicilio y ámbito de actuación: La fundación tiene el domicilio en calle Dalia, número 16, Polígono Industrial El Lomo, 28970, Humanes de Madrid (Madrid) y desarrollará sus actividades en el territorio español.

Fundadores: Don David Fernández Jiménez, don Pedro Fernández Sánchez y don Raúl Álvarez Caro.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por los fundadores.

Desembolso inicial: 7.800 euros.

Desembolso pendiente: 22.200 euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Getafe, don Domingo Pérez del Olmo, el día 5 de julio de 2013 con el número 1.255 de orden de su protocolo, complementada por otra escritura otorgada ante el mismo notario, el día 1 de agosto de 2013, con el número 1.462 de orden de su protocolo, incorporan el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Raúl Álvarez Caro.

Vicepresidente: Don Pedro Fernández Sánchez.

Vocal: Don David Fernández Jiménez.

Secretario no patrono: Don Jaime Ozores Lanza.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación ET Graeco Ayuda a los Necesitados cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social y promoción del voluntariado, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1.725.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 30 de septiembre de 2013.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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