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Documento BOE-A-2013-10884

Resolución de 2 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de un captador solar, modelo Calorama 2308 AV - S, fabricado por Hucu Solar España, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 2013, páginas 84824 a 84825 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2013-10884

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de renovación de Certificación de los Captadores Solares Térmicos presentada por:

Titular: «Baeza, S.A.».

Domicilio social: Avda. Velázquez, s/n (cruce aeropuerto), 29004 Málaga.

Fabricante: «Hucu Solar España, S.L.».

Lugar de fabricación: Málaga.

De los captadores solares que fueron certificados con las contraseñas y de la fecha de resolución que se relaciona a continuación:

Modelo

Contraseña

Fecha Resolución

Calorama 2308 AV – S

NPS – 40611

6/10/2011

Conforme a los ensayos emitidos por:

Laboratorio

Clave

Solartechnik Prüfung Forschung

C 1341 L PEN, C 1341 Q PEN

Resultando que se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones, actualmente establecidas por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero, sobre exigencias técnicas de los paneles solares.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo

Contraseña

Calorama 2308 AV – S

NPS – 29913

Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de la resolución definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.

Esta renovación de certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

El titular de esta resolución presentará dentro del período fijado para someterse al control y seguimiento de la producción, la documentación acreditativa, a fin de verificar la adecuación del producto a las condiciones iniciales, así como la declaración en la que se haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta renovación de vigencia de certificación podrá dar lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, ante el Secretario de Estado de Energía previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1. Modelo con contraseña NPS – 29913

Identificación:

Fabricante: «Hucu Solar España, S.L.».

Nombre comercial: Calorama 2308 AV – S.

Tipo de captador: Plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 2.095 mm.

Área de apertura: 2,012 m2.

Ancho: 1.095 mm.

Área de absorbedor: 2,000 m2.

Altura: 98 mm.

Área total: 2,294 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 35 kg.

Presión de funcionamiento Máx.: 10 bar.

Fluido de transferencia de calor: Agua/glicol.

Resultados de ensayo:

Rendimiento térmico:

ηο

0,741

 

a1

3,90

W/m2K

a2

0,0082

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

516

963

1.410

30

346

793

1.240

50

163

610

1.057

Madrid, 2 de septiembre de 2013.–El Director General de Política Energética y Minas, Jaime Suárez Pérez-Lucas.

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