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Documento BOE-A-2013-11143

Resolución de 15 de octubre de 2013, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2012 y el informe de auditoría.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2013, páginas 86412 a 86446 (35 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-11143

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y la regla 38 de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se deberá publicar, en el «Boletín Oficial del Estado», la información relativa a las cuentas anuales en el plazo de un mes, contado desde la fecha en que la Intervención General del Estado presente las respectivas cuentas ante el Tribunal de Cuentas, y ello con el contenido mínimo establecido en la Resolución de 28 de mayo de 2012, modificada ésta por la Resolución de 3 de junio de 2013 de la Intervención General de la Administración del Estado, a efectos de incluir la publicación del informe de auditoría de cuentas anuales realizado en virtud del artículo 168 de la Ley General Presupuestaria.

En cumplimiento de lo establecido en las citadas normas, se dispone la publicación de las cuentas anuales de la Confederación Hidrográfica del Tajo correspondientes al ejercicio 2012, y del informe de auditoría de cuentas, que figuran como anexo a la presente resolución.

Asimismo, en la página web www.chtajo.es están publicadas las cuentas anuales completas y su correspondiente informe de auditoría del ejercicio 2012.

Madrid, 15 de octubre de 2013.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, Miguel Antolín Martínez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI.1 Organización y Actividad

La Confederación Hidrográfica del Tajo es un Organismo Autónomo adscrito, a efectos administrativos, por el Real Decreto 927/1989, de 21 de julio, al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Dirección General del Agua.

Su ámbito territorial, definido en el artículo 1.4 del Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, se extiende por la parte española de la Cuenca Hidrográfica del Tajo, abarcando cinco Comunidades Autónomas: Aragón, Castilla-La Mancha, Madrid, Castilla y León y Extremadura.

El marco normativo básico que le es de aplicación es el siguiente:

– Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

– Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito de las demarcaciones hidrográficas, modificado por el Real Decreto 29/2011, de 14 de enero.

– Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero, por el que se regulan los comités de autoridades competentes de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias, modificado por el Real Decreto 1626/2011, de 14 de noviembre.

– Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica.

– Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los organismos de cuenca y de los planes hidrológicos, modificado por el Real Decreto 1598/2011, de 4 de noviembre.

– Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por el que se aprueba la Instrucción de Planificación Hidrológica, modificada por la Orden ARM/1195/2011, de 11 de mayo.

– Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público, modificado por el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo.

– Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica.

– Real Decreto 927/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Tajo, modificado por Real Decreto 1704/2011, de 18 de noviembre.

– Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas.

Actividad del Organismo:

Las actividades desarrolladas por la Confederación Hidrográfica del Tajo son las que dimanan de las finalidades y funciones que la legislación y normativa en materia del agua encomienda a los Organismos de Cuenca.

Entre ellas destacan:

1) La elaboración del Plan Hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión.

2) La administración y control del Dominio Público Hidráulico.

3) La administración y control de los aprovechamientos de interés general o que afecten a más de una Comunidad Autónoma.

4) El proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del Organismo, y las que le sean encomendadas por el Estado.

5) Las que se deriven de los Convenios con Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales y otras entidades públicas o privadas, o de los suscritos con los particulares.

Fuentes de ingresos:

La Confederación Hidrográfica del Tajo, para el ejercicio de sus funciones, recibe transferencias corrientes y de capital del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Asimismo, de la ejecución de determinadas obras se perciben subvenciones de la Unión Europea de dos tipos: Fondos FEDER y Fondos Cohesión-FEDER. Por este mismo motivo, y en el marco de convenios, se reciben subvenciones de capital de Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos, así como de empresas públicas.

Por otra parte, como resultado de la actividad comercial del Organismo, también son fuentes de financiación los siguientes cánones, tasas y tarifas:

• Canon de utilización de bienes del Dominio Público Hidráulico.

• Canon de control de vertidos.

• Canon de Producción Industrial.

• Canon de Regulación.

• Tasa por redacción de proyectos, confrontación y tasación de obras y proyectos.

• Tasa por dirección e inspección de obras.

• Tasa por informes y otras actuaciones.

• Tarifa de utilización del agua.

Consideración fiscal:

El Organismo está exento del Impuesto de Sociedades.

Estructura organizativa y principales responsables:

La Confederación Hidrográfica del Tajo posee, a 31 de diciembre de 2012, la siguiente estructura organizativa:

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Número de empleados:

Durante el ejercicio 2012, el número medio de empleados del organismo fue de 535 efectivos, de éstos: 217 funcionarios y 318 laborales. A 31 de diciembre de 2012, el número de empleados era de 523 efectivos, con 211 funcionarios y 312 laborales.

La distribución de empleados por categorías y sexos se muestra en la siguiente tabla:

 

Hombre

Mujer

Total

Personal Funcionario

 

 

 

Grupo A-1

36

14

50

Grupo A-2

43

13

56

Grupo C-1

42

25

67

Grupo C-2

7

31

38

Total

128

83

211

Personal laboral

 

 

 

Grupo 1

1

1

Grupo 2

1

1

Grupo 3

125

13

138

Grupo 4

109

20

129

Grupo 5

27

16

43

TOTAL

261

51

312

VI.2 Bases de presentación de las cuentas

1) Imagen fiel.

Las cuentas anuales reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico-patrimonial y de la ejecución del presupuesto del Organismo.

Las cuentas han sido elaboradas a partir de los registros contables de la entidad, expresados en euros y siguiendo lo establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria, así como en la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, y de acuerdo con los Principios Contables establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública.

2) Comparación de la información.

Para la correcta comparación de la información de las cuentas anuales del ejercicio 2012 con las del precedente, se han efectuado modificaciones de importes en el ejercicio 2011 conforme al siguiente detalle:

Rúbrica de ajuste

Importe

Motivo

Activo no corriente. Aplicaciones informáticas.

–205.895,92

Correcciones motivadas en la actualización del inventario de bienes inmuebles.

Activo no corriente. Otro inmovilizado intangible.

–793.375,78

Correcciones motivadas en la actualización del inventario de bienes inmuebles.

Activo no corriente. Construcciones.

–9.512,19

Correcciones motivadas en la actualización del inventario de bienes inmuebles.

Activo no corriente. Infraestructuras.

–95.948,89

Correcciones motivadas en la actualización del inventario de bienes inmuebles.

Activo no corriente. Otro inmovilizado material.

–114,65

Correcciones motivadas en la actualización del inventario de bienes inmuebles.

Activo no corriente. Inmovilizado en curso y anticipos.

–631.895,50

Correcciones motivadas en la actualización del inventario de bienes inmuebles.

Activo corriente. Deudores por operaciones de gestión.

–2.592.082,62

Anulaciones de derechos y rectificaciones de saldo.

Patrimonio neto. Patrimonio aportado.

–19.793,48

Error en la contabilización del patrimonio recibido en adscripción.

Pasivo no corriente. Provisiones a largo plazo.

2.709.326,82

Corrección en la Provisión por responsabilidades.

Pasivo corriente. Acreedores por operaciones de gestión.

–3.958.797,85

Registro de gastos por suministro de energía eléctrica de ejercicios anteriores.

Pasivo corriente. Otras cuentas a pagar.

–159.099,99

Corrección de operaciones que debieron ser consideradas como gasto en el ejercicio anterior.

Pasivo corriente. Administraciones Públicas.

–515,02

Rectificación de saldo acreedor mantenido con otras Administraciones Públicas.

3) Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores

En la confección del Estado de Flujos de Efectivo se varía el criterio de contabilización respecto al ejercicio 2011. En el ejercicio 2012, los cobros por descuento en nóminas menos los pagos de dichos descuentos se incorporan en el epígrafe «6. Otros cobros». Esta variación de criterio no se aplica con carácter retroactivo a las cifras del ejercicio 2011 dada su escasa importancia relativa.

En las cuentas anuales del ejercicio 2012 se han reflejado correcciones de errores que conllevaron la correspondiente modificación de importes del ejercicio 2011 y que se describen en el apartado anterior.

4) Información sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativos.

No se han producido cambios en estimaciones contables.

VI.3 Normas de reconocimiento y valoración

a) Inmovilizado material.

Las inversiones materiales figuran contabilizadas por su precio de adquisición, coste de producción y valoración realizada con motivo de los trabajos de regularización de inventario.

Estas valoraciones se resumen en la siguiente tabla:

Tipología de unidades de inventario

N.º bienes

Metodología de valoración

Edificaciones en suelo rústico.

1.135

Estimador estadístico, basado en normativa de valoración de catastro.

Presas.

51

Normativa de valoración de catastro.

Estaciones de aforo.

96

Estimación estadística, a partir de proyectos de construcciónen contrados en el Archivo.

Estaciones SAIH.

202

Coste unitario, tomado de proyecto de construcción de red SAIH.

Estaciones SAICA.

27

Coste unitario, tomado de proyecto de construcción de red SAICA.

Superficie expropiada para caminos.

123

Información expedientes de expropiación: Justiprecio.

Superficie expropiada para infraestructuras (embalses,...).

359

Información expedientes de expropiación: Justiprecio infraestructuras (embalses,..).

Superficie expropiada para canales.

310

Información expedientes de expropiación: Justiprecio.

Superficie expropiada para acequias.

73

Información expedientes de expropiación: Justiprecio.

Suelo urbano (procedente de expropiación).

9

Información expedientes de expropiación: Justiprecio.

Suelo urbano (otros orígenes).

7

A partir del valor catastral.

Edificaciones en suelo urbano.

76

A partir de valores catastrales.

Balsas.

11

Estimación estadística a partir de costes de construcción encontrados en archivo y en MARM.

Estaciones elevadoras.

23

Estimación estadística, a partir de proyectos de construcción encontrados en el Archivo.

En cuanto a la amortización del inmovilizado material, se sigue el método lineal, tomando como vida útil el período que se establece en el anexo de la Resolución de 14 de diciembre de 1999, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

b) Inversiones inmobiliarias.

No se han realizado inversiones inmobiliarias durante el ejercicio 2012.

c) Inmovilizado intangible.

El inmovilizado intangible figura contabilizado por su precio de adquisición. La amortización del mismo se realiza por el método lineal, siguiendo para determinar su vida útil el criterio establecido en la Resolución de 14 de diciembre de 1999, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio.

d) Arrendamientos.

No existen.

e) Permutas.

No existen.

f) Activos y pasivos financieros.

Bajo la consideración de activos financieros, el organismo dispone de dinero en efectivo y de créditos frente a terceros derivados de su actividad de servicio público.

Cabe indicar que para los derechos pendientes de cobro por operaciones de gestión, el criterio para calcular las correcciones valorativas está basado en un método de dotación global. Toda la deuda enviada a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para su gestión en apremio con anterioridad a 31 de diciembre de 2011 se provisiona por el importe total. El resto de la deuda se divide en dos:

– Por una parte, la deuda del presupuesto administrativo, de la que se compensa la deuda pendiente de transferencias corrientes y de capital que procedan del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y del resto se provisiona un 2% del importe para la deuda de ejercicio corriente y un 10% para la de ejercicios cerrados.

– Por otra, la deuda del presupuesto comercial, de la cual se provisiona un 4% del importe de la deuda de ejercicio corriente y un 15% de la deuda de ejercicios cerrados.

g) Coberturas contables.

La No existen.

h) Existencias

No existe saldo de existencias a 31 de diciembre de 2012.

i) Activos construidos o adquiridos para otras entidades.

De acuerdo con la norma de valoración 12ª «Activos construidos o adquiridos para otras entidades» del PGCP, los bienes construidos que, en virtud de convenio, una vez finalizado el proceso de construcción son transferidos a otra entidad, son reconocidos como existencias. A 31 de diciembre de 2012 no existen.

j) Transacciones en moneda extranjera.

Durante el ejercicio 2012 no se ha realizado ninguna transacción en moneda distinta del euro.

k) Ingresos y gastos.

Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico-patrimonial siguiendo el principio contable del devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o que se reconozcan las obligaciones presupuestarias.

l) Provisiones y contingencias.

Se dotan como provisiones los posibles desembolsos que puedan derivarse de litigios en los que el organismo es parte y según informa anualmente el Servicio Jurídico del Estado. Se estima que el periodo medio de resolución de estos contenciosos es de tres años. El desembolso previsto se actualiza a la tasa que supone el tipo de interés del bono del tesoro a tres años, y que para la última emisión de 2012 fue del 3,79%.

Al cierre de ejercicio, el organismo da la consideración de pasivos contingentes a un total de quince litigios pendientes de resolver y que han sido informados por el Servicio Jurídico del Estado como contenciosos que pueden derivar en obligaciones para el organismo, pero sin que se pueda determinar cuantía económica.

El propio Servicio Jurídico del Estado indica que de esos quince litigios o contenciosos: trece de ellos, si bien son de cuantía indeterminada, ésta se estima que lo es por importe superior a 30.000,00 euros; otro litigio es por cuantía indeterminada y superior a 150.000,00 euros; y un último litigio, en el que el propio recurrente estima a su favor un importe de 1.000.000,00 euros.

Todos estos litigios o contenciosos están relacionados con el ejercicio de la potestad sancionadora del organismo.

m) Transferencias y subvenciones.

Las transferencias y subvenciones, tanto corrientes como de capital, tanto recibidas como entregadas, se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se reconocen los derechos y obligaciones que de ellas se derivan.

n) Actividades conjuntas.

El Organismo no ha participado durante el ejercicio 2012 en ninguna actividad conjunta.

o) Activos en estado de venta.

No existen activos en estado de venta al cierre del ejercicio 2012.

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VI.11 Hechos posteriores al cierre

Con posterioridad al cierre del ejercicio 2012 se han producido hechos que han supuesto ajustes en las cifras contenidas en los documentos que integran las cuentas anuales del ejercicio 2012. En agosto de 2013, el organismo resolvió prescribir derechos pendientes de cobro con incidencia económica en el ejercicio 2012 por importe de 3.321.365,35 euros.

Asimismo, cabe mencionar, pero sin que ello suponga ajuste en las cifras contenidas en los documentos que integran las cuentas anuales del ejercicio 2012, que también en agosto de 2013, el organismo resolvió dar de baja liquidaciones por insolvencia por un importe de 1.883.929,64 euros. Este hecho no supone ajuste en las cuentas anuales del ejercicio 2012, ya que la declaración de incobrabilidad de los créditos se efectúo en 2013.

Los siguientes modelos de la Cuenta no tienen contenido:

VI.9.c) Balance de resultados e informe de gestión (punto 23.6 de la Memoria).

INFORME DE AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO. EJERCICIO 2012

Intervención Delegada

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

ÍNDICE:

I. Introducción.

II. Objetivo y alcance del trabajo.

III. Resultado del trabajo.

IV. Opinión sobre las cuentas anuales.

I. Introducción.

La Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Intervención Delegada en el Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Tajo, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 168 de la Ley General Presupuestaria ha realizado el presente informe de auditoría de cuentas.

Las cuentas anuales del ejercicio 2012 de la Confederación Hidrográfica del Tajo fueron formuladas inicialmente el 27 de marzo de 2013, si bien han sido objeto de modificación con posterioridad. Las cuentas anuales a las que se refiere el presente informe fueron formuladas por la Confederación Hidrográfica del Tajo el 18 de septiembre de 2013, quedando depositadas en el Registro Digital de Cuentas Públicas (RED.coa) de la Intervención General de la Administración del Estado.

El trabajo se ha realizado de acuerdo con las Normas de Auditoría del Sector Público.

Con fecha 26 de septiembre de 2013 esta Intervención Delegada emitió el informe provisional de auditoría de cuentas. El 3 de octubre se recibieron las alegaciones emitidas por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo. Evaluado su contenido, se ha modificado la redacción del apartado 3.1 de resultados del trabajo sobre los convenios de colaboración, manteniendo el resto del informe provisional en idénticos términos.

II. Objetivos y alcance del trabajo.

El objetivo del trabajo es comprobar si las cuentas anuales examinadas representan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad, de acuerdo con las normas y principios contables y presupuestarios que son de aplicación, y contienen la información necesaria para su interpretación y comprensión adecuada.

Nuestro examen comprende el Balance de Situación a 31 de diciembre de 2012, la Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial, el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, el Estado de Flujos de Efectivo, el Estado de Liquidación del Presupuesto y la Memoria correspondientes al ejercicio anual terminado en dicha fecha.

La información relativa a las cuentas anuales a que se refiere este informe de auditoría queda contenida en el fichero 23234_2012_F_130918_ 113451_Cuenta.zip, cuyo resumen electrónico es 91B461301C6131D2C813430BDF12D4A1 y que está depositado en el Registro Digital de las Cuentas Públicas (RED.coa) de la Intervención General de la Administración del Estado.

De acuerdo con la legislación vigente se presentan, para cada una de las partidas del Balance de Situación, de la Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial, del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, del Estado de Flujos de Efectivo y en el resto de estados que incluyen información comparativa, además de las cifras del ejercicio 2012, las correspondientes al ejercicio anterior. Con fecha 5 de diciembre de 2012, esta Intervención Delegada emitió un informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio 2011 favorable con salvedades.

En el desarrollo de nuestro trabajo se han producido las limitaciones en la aplicación de las normas y procedimientos de auditoría descritas en el apartado de Resultados del Trabajo.

III. Resultados del trabajo.

Durante el desarrollo del trabajo se han puesto de manifiesto los siguientes hechos o circunstancias que afectan a la imagen fiel de las cuentas anuales examinadas:

1. Limitaciones al alcance.

1.1 La Confederación Hidrográfica del Tajo ha venido desarrollando en los últimos ejercicios la realización de un inventario a través de un encargo a TRAGSATEC. Este equipo de auditoría no puede pronunciarse sobre la metodología seguida por la entidad para fijar las valoraciones del inventario.

1.2 El Organismo ha recibido providencias de apremio por deudas del impuesto sobre bienes inmuebles de su titularidad no ingresados en el plazo voluntario sin que se haya reflejado en su contabilidad ningún pasivo, ni provisiones por los recargos del periodo ejecutivo liquidados. Se ha solicitado información sobre las posibles deudas tributarias distintas del principal que hubieran sido reclamadas al Organismo y que se encontraran pendientes de pago a 31 de diciembre de 2012.

En su contestación, la Confederación manifiesta que «el criterio de este Organismo de cuenca ha sido atender al pago del importe del principal de la deuda y no de los posibles intereses, recargos del período ejecutivo o costas del procedimiento de apremio». No obstante, continúa afirmando que «sería conveniente la inclusión de estos recargos en una cuenta no presupuestaria (concretamente la 413 ‘‘Acreedores por operaciones-pendientes de aplicar a presupuesto’’) de forma que afectaran al resultado económico-patrimonial del Organismo y se pudieran incluir como partida presupuestaria en caso de reclamación (procedimiento de apremio) por parte de la Entidad emisora del correspondiente IBI».

Ante la ausencia de información, no resulta factible realizar una estimación fiable del importe de la deuda tributaria pendiente y su composición.

2. Errores o incumplimientos de principios y normas contables.

2.1 La Confederación Hidrográfica del Tajo ha reconocido obligaciones por importe de 3.292.213,23 euros por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales correspondiente presas y embalses de titularidad estatal. En el pago de este impuesto, de acuerdo con la Orden de 16 de mayo de 2006, de la Ministra de Medio Ambiente, las Confederaciones actúan como meros gestores del pago, por lo que no deberían reflejar este importe en su cuenta de resultado económico patrimonial a través de la cuenta 630, Tributos de carácter local, o en su balance, por medio de la cuenta 120, Resultados de ejercicios anteriores.

3. Incumplimientos de las reglas y normas presupuestarias.

3.1 El Organismo no efectúa una completa contabilización de los créditos comprometidos a través de los convenios de colaboración. Los créditos comprometidos por los convenios en vigor deberían estar registrados bien directamente o bien a través de los contratos mediante los que son ejecutados. En concreto, en 2012 no se habría contabilizado presupuestariamente 1.997.058,94 euros correspondientes al convenio firmado con la Diputación Provincial de Cuenca. Según el estado de liquidación de los presupuestos, a fin del ejercicio 2012, el saldo del crédito sin comprometer, a nivel de vinculación y sin tener en cuenta dicho convenio, fue de 401.365,85 euros. En consecuencia, la falta de registro contable de los convenios habría supuesto que en 2012 se hayan ejecutado gastos por 1.595.693,09 euros para los que no existía crédito presupuestario.

La contabilización incompleta de las anualidades vigentes de los convenios se viene poniendo de manifiesto desde la emisión del informe de «Seguimiento de convenios» en abril de 2012, que ya exponía que en 2011 tampoco se había registrado adecuadamente las retenciones de crédito presupuestario, debiendo, por tanto, la Confederación regularizar su situación contable, de modo que se llegara a registrar al menos hasta la fase de autorización, de acuerdo con la distribución de anualidades acordadas en las comisiones de seguimiento.

4. Omisiones o errores en la memoria.

4.1 El balance de resultados e informe de gestión que forma parte de la memoria se ha presentado sin cumplimentar. De acuerdo con la disposición transitoria cuarta de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, en tanto no se asuma el seguimiento de los objetivos presupuestarios en el Sistema de Información Contable, la información a incluir en este punto se facilitará por los gestores obteniéndose la misma a través de sus sistemas de gestión.

4.2 Se ha constatado la existencia de liquidaciones para las que se ha solicitado y concedido aplazamiento y/o fraccionamiento. Sin embargo, no se ha reflejado la existencia de derechos presupuestarios pendientes de cobro aplazados y/o fraccionados en los ficheros de la memoria «F.23.1.2.a1) Información Presupuestaria. Presupuesto corriente. Ingresos. Procesos de gestión: derechos anulados», «F.23.2.2.b) Información Presupuestaria. Presupuestos cerrados. Ingresos. Derechos anulados», «F.23.6.1. Información Presupuestaria. Derechos presupuestarios pendientes de cobro según su grado de exigibilidad. Presupuesto corriente», «F.23.6.2. Información Presupuestaria. Derechos presupuestarios pendientes de cobro según su grado de exigibilidad. Presupuestos cerrados».

5. En 2012, el Organismo ha abonado 14 facturas por un importe total de 132.923,22 euros por el arrendamiento de oficinas situadas en la Avenida de Europa, 4, de Toledo. El contrato de arrendamiento se habría formalizado sin la convocatoria previa de un concurso público y sin cumplirse el resto de trámites y requisitos previstos en Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Asimismo, los pagos por el arrendamiento se han registrado mediante documentos contables «ADO» sobre crédito disponible, sin que se hubiera realizado la previa retención del crédito.

IV. Opinión sobre las cuentas anuales.

En nuestra opinión, excepto por las limitaciones al alcance, los errores o incumplimientos de principios y normas contables, los incumplimientos de las reglas y normas presupuestarias y las omisiones o errores en la memoria descritos en el apartado «Resultados del trabajo», las cuentas anuales de la Confederación Hidrográfica del Tajo correspondientes al ejercicio 2012 representan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad y contienen la información necesaria para su interpretación y comprensión adecuada, de conformidad con las normas y principios contables y presupuestarios que son de aplicación.

El presente informe de auditoría ha sido firmado electrónicamente a través de la aplicación de Registro Digital de Cuentas Públicas (RED.coa) de la Intervención General de la Administración del Estado por don Juan Francisco Martín Seco, interventor delegado en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y por don Ramiro Laredo Álvarez, interventor auditor de la Intervención Delegada en el citado Ministerio, en Madrid a 4 de octubre de 2013.

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