Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-11708

Resolución de 21 de octubre de 2013, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado en relación con el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 8 de noviembre de 2013, páginas 90079 a 90079 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2013-11708

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.

Madrid, 21 de octubre de 2013.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado en relación con el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones

La Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, en su reunión celebrada el día 2 de octubre de 2013, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido por Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, de fecha 18 de julio de 2012, para el estudio y propuesta de solución de discrepancias competenciales manifestadas en relación con el artículo 10.4 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, ambas partes consideran solventadas las mismas en razón de los siguientes compromisos adoptados:

1.º El Artículo 10.4 añade una nueva disposición adicional decimosexta a la Ley 55/2003 del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, sobre Integración del personal funcionario (de carácter sanitario) al servicio de las instituciones sanitarias públicas.

Este artículo debe entenderse en el sentido de que el plazo que fija, el 31 de diciembre de 2013, es para que los funcionarios afectados opten voluntariamente, o bien por integrarse como personal estatutario en las Instituciones sanitarias de titularidad pública adscritas o dependientes de cada uno de los servicios de salud, y efectivamente se integren, o bien para que opten por permanecer en activo en su actual situación, en los cuerpos y escalas en los que ostenten la condición de funcionarios.

En este último caso, la Comunidad Autónoma adscribirá a este personal a órganos administrativos que no pertenezcan a las instituciones sanitarias públicas, conforme a las bases de los procesos de movilidad que, a tal fin, ésta articule, pudiendo establecer en estas bases que la adscripción se realizará cuando existan plazas vacantes para ello.

2.º En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas en relación a las disposiciones contempladas en este Acuerdo y concluida la controversia planteada.

3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón».

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid