Por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades de 20 de julio de 2013 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de septiembre), se han convocado las subvenciones para financiar medidas de apoyo institucional a los sindicatos del sector, representativos del profesorado universitario.
Las ayudas tienen una dotación de 50.400,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.322C.483 del Presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el ejercicio 2013.
Constituida la Comisión y celebrada la reunión prevista en el apartado Quinto. «Instrucción del procedimiento» de la Resolución anteriormente citada y efectuada la correspondiente propuesta de concesión,
Esta Dirección General de Política Universitaria ha resuelto:
Conceder la subvención, en los términos indicados en el apartado quinto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del pasado 20 de julio.
• Un 15% del importe de la subvención se distribuye por partes iguales.
• El 85% restante, proporcionalmente según la representación reconocida a cada sindicato en el sector de personal docente universitario.
La distribución del crédito, tomando en consideración la certificación, cerrada con fecha 7 de mayo de 2013, de la Subdirección General de Programación y Actuación Administrativa de la Secretaría de Estado de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, es la siguiente:
Distribución de las subvenciones
Sindicatos del sector |
NIF |
85% Subvención |
15% Subvención |
Total Cuotas – € |
|||
---|---|---|---|---|---|---|---|
Número de representantes |
% |
Cuota – € |
% |
Cuota – € |
|||
CC.OO. |
G 78427002 |
294 |
40,38 |
17.298,79 |
25,00 |
1.890,00 |
19.188,79 |
CSI-F. |
G 79514378 |
221 |
30,36 |
13.006,22 |
25,00 |
1.890,00 |
14.896,22 |
FETE-UGT. |
G 79493060 |
195 |
26,79 |
11.476,84 |
25,00 |
1.890,00 |
13.366,84 |
CIG. |
G 36706927 |
18 |
2,47 |
1.058,15 |
25,00 |
1.890,00 |
2.948,15 |
Total |
728 |
100,00 |
42.840,00 |
100,00 |
7.560,00 |
50.400,00 |
El gasto se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.322C.483 del Presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el año 2013.
Denegar la subvención al sindicato Confederación Intersindical (CI) por no haber obtenido la representatividad exigida de acuerdo con los criterios establecidos en los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.
En cumplimiento del apartado sexto de la convocatoria, esta resolución de concesión, será notificada a los sindicatos beneficiarios y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 30 de octubre de 2013.–El Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.
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