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Documento BOE-A-2013-12340

Orden ECD/2184/2013, de 11 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Transformaespaña.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2013, páginas 93558 a 93559 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-12340

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Transformaespaña resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por Grupo Multitel, S.A., Institución Educativa SEK, S.L, Fundació Puig, Everis Spain, S.L.U., Willis Iberia, Correduría de Seguros y Reaseguros, S.A., Adecco Iberia, S.A.U, Fundación Ayesa y Fomento de Construcciones y Contratas, S.A., en Madrid, el 15 de julio de 2013, según consta en la escritura pública número 2834, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Segismundo Álvarez Royo-Villanova, rectificada y completada con las diligencias de 17 de octubre y 4 de noviembre de 2013, ante el mismo notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Ayala, 7, 2.º izquierda y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Ochenta mil euros (80.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a las escrituras públicas a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

El fortalecimiento institucional y la promoción de los valores constitucionales y defensa de los principios democráticos. En concreto, dentro de esos fines, la Fundación tiene por finalidad contribuir desde y con la sociedad civil a que España acometa las reformas necesarias para ser un país plenamente adaptado al mundo actual. Este objetivo fundacional se conseguirá mediante la creación de una plataforma estable de análisis y pensamiento y de promoción de ideas, junto a la realización de campañas divulgativas, desde una perspectiva apartidista, independiente y con vocación de trabajo en colaboración.

Quinto. Patronato.

Presidente: Fundación Everis representada por don Eduardo Serra Rexach y don Ricardo Penalva López, como representante sustituto.

Secretario no patrono: Don Adolfo Menéndez Menéndez.

Vocales: Grupo Multitel, S.A., representada por don Eugenio Galdón Brugarolas y doña María de la Concepción Galdón Sanz-Pastor como representante sustituto; Institución Educativa Sek, S.L, representada por doña Nieves Segovia Bones; Fundació Puig, representada por don Mariano Puig Planas y don José María Puig Planas como representante sustituto; Everis Spain, S.L.U. representada por don Fernando José Francés Pons y don Benito Vázquez Blanco como representante sustituto; Willis Iberia, Correduría de seguros y reaseguros, S.A. representada por don Antonio Salvador Serrats Iriarte y don Manuel Albert Meruéndano como representante sustituto, Adecco Iberia, S.A.U., representada por don Enrique Sánchez Sánchez y don Santiago Soler Pérez como representante sustituto; Fundación Ayesa representada por don José Luis Manzanares Japón y doña Ana María Manzanares Abasolo como representante sustituto; Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. representada por don Juan Bejar Ochoa y don José Manuel Velasco Guardado como representante sustituto; Cofares, Sociedad Cooperativa Farmacéutica Española; representada por quien ostente el cargo de Presidente del Consejo Rector: Don Carlos Gonzalez Bosch y el Vicepresidente: Don Juan Ignacio Guenechea Salazar como representante sustituto.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Transformaespaña y su Patronato.

Madrid, 11 de noviembre de 2013.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

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