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Documento BOE-A-2013-12418

Acuerdo de 24 de octubre de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el molino de Santa Olaja, en la marisma de Soano, término municipal de Arnuero.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 26 de noviembre de 2013, páginas 94135 a 94136 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2013-12418

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución del Director General de Cultura de 12 de marzo de 2013, se incoó expediente para la declaración del molino de Santa Olaja, en la marisma de Soano, término municipal de Arnuero, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento.

Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha propuesto la declaración del bien mencionado y, a tal efecto, insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, previa deliberación, el Consejo de Gobierno de Cantabria, resuelve:

Proceder a la declaración del molino de Santa Olaja, en la marisma de Soano, término municipal de Arnuero como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento. En el anexo del presente acuerdo se detallan la descripción del bien, la delimitación de su entorno de protección y la justificación del mismo.

Cúmplase el anterior acuerdo y notifíquese en forma a: Servicio de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, interesados y Ayuntamiento afectado.

Santander, 24 de octubre de 2013.–La Secretaria del Consejo de Gobierno, Leticia Díaz Rodríguez.

ANEXO
Descripción del Bien

Los molinos de mar o de marea son artificios hidráulicos prototípicos de la cultura tecnológica renacentista de Cantabria.

Su operatividad consiste en almacenar el agua durante la pleamar en un embalse natural cerrado con presas, que después activará los demás mecanismos.

El molino de mareas de Santa Olaja se sitúa en el fondo de la ría de Quejo. Puede llegarse hasta él desde un camino que parte de la carretera que une Soano con Isla.

Sobre una edificación del siglo XIV se realizó otra en el siglo XVIII y, tras alcanzar la ruina, fue rehabilitada en 2002, conservando el vestigio de la ruina existente.

La reconstrucción del molino respeta su estructura original para responder a un planteamiento escenográfico que reproduce la maquinaria, instrumentos y objetos originales, permitiendo contemplar la molienda tal y como era en el siglo XVII.

Delimitación del entorno de protección

El entorno que se delimita es una circunferencia de 300 metros de radio con su centro en el propio molino.

Justificación del entorno de protección

El entorno contempla el ámbito de influencia del molino y sus elementos accesorios (presa y diques) y asegura las visuales del mismo.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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