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Documento BOE-A-2013-1262

Resolución de 18 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, del Centro Intermutual de Euskadi, centro mancomunado de mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social n.º 291.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2013, páginas 10764 a 10797 (34 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-1262

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto.2 de la Resolución de 25 de julio de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, y el resumen de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado», esta Secretaría de Estado acuerda la publicación en el citado Boletín del resumen de las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2011, del Centro Intermutual de Euskadi, centro mancomunado de M.A.T.E.P.S.S. n.º 291, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 18 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos Gallego.

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VI. RESUMEN DE LA MEMORIA

VI.1 Organización y actividad

1. Creación de la entidad:

FREMAP, MUPAG-PREVISIÓN (posteriormente MUPRESPA-MUPAG-PREVISIÓN), ASEPEYO, MUTUA UNIVERSAL MUGENAT, LA FRATERNIDAD (actualmente FRATERNIDAD MUPRESPA) y MUTUAL CYCLOPS (actualmente MC MUTUAL), con el objeto de optimizar los recursos disponibles, acuerdan solicitar autorización al entonces Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para constituir una instalación asistencial de carácter mancomunado, a gestionar a través de una asociación intermutual.

Se inician los trámites de solicitud, previo informe favorable de la Consejería de Sanidad del Gobierno Vasco, y finalmente dicha Asociación es autorizada por Resolución de la entonces Dirección General de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social de fecha 9 de mayo de 1995.

Constituida oficialmente la Asociación, se nombra una Junta de Gobierno integrada por las Mutuas fundadoras y el 15 de noviembre de 1996 a las 13:00 horas tiene lugar el acto de inauguración de «Intermutual de Euskadi, Centro Mancomunado de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social».

Específicamente forma parte del patrimonio de la Seguridad Social adscrito el inmueble donde se ubica el Centro, que figura inscrito en el Registro de la Propiedad de Bilbao a favor de Tesorería General de la Seguridad Social, por su condición legal de titular del patrimonio de la Seguridad Social.

Sobre dicho inmueble corresponde al Centro los derechos de uso y disfrute. El régimen de adquisición, ejercicio y extinción de los mencionados derechos se ajustará a los trámites y requisitos establecidos en el Reglamento General sobre Colaboración.

El patrimonio adscrito al Centro es distinto e independiente del patrimonio adscrito a las Mutuas partícipes.

2. Actividad de la entidad, régimen jurídico, económico-financiero y de contratación:

De acuerdo con lo establecido en los artículos 67 y 68 de la Ley General de la Seguridad Social, la colaboración en la gestión del sistema de la Seguridad Social se llevará a cabo por Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y también por asociaciones, fundaciones y entidades públicas y privadas, previa su inscripción en un registro público.

Se considerarán mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social las asociaciones debidamente autorizadas por el entonces Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que con tal denominación se constituyan, sin ánimo de lucro y con sujeción a las normas reglamentarias que se establezcan, por empresarios que asuman al efecto una responsabilidad mancomunada y con el principal objeto de colaborar en la gestión de la Seguridad Social, sin perjuicio de la realización de otras prestaciones, servicios y actividades que le sean legalmente atribuidas.

El Centro Intermutual de Euskadi está constituido por Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social mediante la aportación de medios adscritos a las mismas, para el ejercicio de colaboración en la gestión de la Seguridad Social, que tiene por finalidad la prestación de asistencia médica, quirúrgica y rehabilitadora a favor de los trabajadores comprendidos en los respectivos ámbitos de gestión de las Mutuas partícipes primordialmente, y secundariamente, a aquellas personas que por estar protegidas por otras mutuas, razones de urgencia, conciertos autorizados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social u otras causas justificadas, precisen recibir asistencia sanitaria en el mismo.

El Centro está dotado de personalidad jurídica propia y diferenciada de la que ostentan las Mutuas partícipes y se rige por lo dispuesto en el Reglamento General sobre Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y en las normas de desarrollo del mismo.

No obstante la personalidad jurídica independiente que ostenta el Centro, las Mutuas partícipes asumen responsabilidad mancomunada ilimitada sobre los resultados de la gestión, así como en los supuestos establecidos legalmente.

Conforme dispone el artículo 2.1. d) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, las entidades gestoras, servicios comunes y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en su función pública de colaboración en la gestión de la Seguridad Social, así como sus centros y entidades mancomunados, forman parte del sector público estatal a los efectos de esta Ley y, en consecuencia, este Centro Mancomunado se somete al régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero regulado por la misma.

Por lo que se refiere a su régimen de contratación, este Centro está incluido dentro del ámbito subjetivo regulado en el artículo 3 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y tiene la consideración de Administración Pública a los efectos de dicha Ley.

No existen servicios públicos gestionados de forma indirecta.

3. Fuentes de ingresos:

Los recursos económicos para atender al sostenimiento y funcionamiento del Centro, están constituidos:

a) Por las aportaciones ordinarias y extraordinarias de las mutuas partícipes, con cargo a sus respectivos presupuestos:

• Son aportaciones ordinarias las de carácter periódico realizadas para cubrir el presupuesto anual de gastos del centro, en la proporción que a cada una de las Mutuas partícipes corresponda de acuerdo con lo establecido en los estatutos.

• Son aportaciones extraordinarias las que resulte necesario efectuar de manera puntual para cubrir los resultados negativos del centro, por gastos superiores a los previstos para su financiación mediante las aportaciones ordinarias y los ingresos previstos en los apartados b) y c).

b) Por los rendimientos del desarrollo de su actividad ordinaria.

c) Por cualquier otra que resulte legalmente procedente.

Los indicados recursos económicos y los bienes y derechos en que se materialicen, forman parte del patrimonio de la Seguridad Social y están adscritos al Centro para la gestión de la actividad que constituye su objeto.

4. Operaciones sujetas a IVA y porcentaje de prorrata:

Estarán obligados a aplicar el prorrateo del IVA los sujetos pasivos que en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional efectúen conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a deducción (sujetas a IVA) y otras operaciones de análoga naturaleza que no habiliten el ejercicio de ese derecho (exentas o no sujetas).

En el caso del Centro Intermutual de Euskadi no concurre esta circunstancia.

El Centro Intermutual de Euskadi soporta IVA en los bienes y servicios que adquiere y demanda, pero no lo repercute en sus facturas, dado que la asistencia sanitaria está exenta de dicho impuesto. Es decir, el IVA que soporta el Centro no es deducible.

5. Estructura organizativa:

Tal y como hemos señalado anteriormente, el Centro Intermutual de Euskadi es una entidad contable dotada de personalidad jurídica y presupuesto propio, que debe formar y rendir cuentas.

La Junta de Gobierno es el Órgano Rector del Centro y se halla integrada por todas las Mutuas partícipes del Centro.

Como órgano encargado de establecer y dirigir las acciones concretas a desarrollar por la entidad para alcanzar una actuación coordinada de las mutuas partícipes, de acuerdo con las directrices establecidas al efecto por los órganos de gobierno y de gestión de aquéllas, la Junta de Gobierno estará formada por los Directores Gerentes, o Presidentes de Mutuas o por la persona designada fehacientemente por alguno de ellos.

Se reunirá con carácter ordinario, al menos cuatro veces al año, en periodos de tres meses, de las que una lo será para aprobar las cuentas anuales del ejercicio anterior, el Anteproyecto de Presupuestos y cualquier otra que sea de su competencia. No obstante, la Junta de Gobierno podrá acordar modificaciones respecto a la frecuencia de las reuniones. También podrá reunirse tantas veces como sea necesario, con carácter extraordinario, por acuerdo de la propia Junta o a iniciativa de un tercio de las Mutuas partícipes del Centro.

De entre los miembros de la Junta de Gobierno se elegirá el Presidente, Vicepresidente, Secretario y Vicesecretario, que desempeñarán sus funciones durante dos años consecutivos, pudiendo ser reelegidos en sucesivas ocasiones por iguales periodos de tiempo. El resto de miembros ostentarán el cargo de Vocales. La representación del Centro la ostentará el Presidente, en su defecto el Vicepresidente y en ausencia de ambos el miembro más antiguo de la Junta de Gobierno y de entre ellos el de mayor edad.

La Junta de Gobierno, bajo su vigilancia y sin perjuicio de su responsabilidad, designa un Gerente que, por su carácter profesional, no tiene vinculación con ninguna de las Mutuas partícipes, en quien delega todas o parte de sus facultades, excepto las indelegables que sean precisas para la ejecución y seguimiento de la gestión ordinaria del Centro así como para el adecuado desarrollo de la dirección de personas, la dirección técnica, administrativa y económica.

Junta de Gobierno a 31/12/2011

Presidente: Don Pablo Ferrer Pirretas.

Vicepresidente: Don Francisco Miranda Rivas.

Secretario: Don Juan Ramón Vizcaya Lechosa.

Vicesecretaria: Doña Ana Fábregas Sasiain.

Vocal: Doña Isabel García Gismera.

Director Gerente: Don Asier Agote Amelibia.

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6. Personal:

El número medio de empleados durante el ejercicio y a 31 de diciembre de 2011, fijos y eventuales, distinguiendo además por categorías y sexos es el siguiente:

Matepss y entes mancomunados

Plantilla media

Plantilla a 31 de diciembre

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Personal laboral fijo

19,43

47,88

24

54

Director Gerente

1

 

1

 

Directivos no sujetos a Convenio Colectivo

 

 

 

 

Directivos sujetos a Convenio Colectivo

1

 

1

 

Otro personal

17,43

47,88

22

54

Personal laboral eventual

0,74

10,48

1

13

Subtotal

20,17

58,36

25

67

Total

78,53

92

El cálculo de la plantilla media se ha efectuado en cómputo mensual, tomando el número de trabajadores existentes a último día hábil de cada mes, sobre el total de meses del año. Los trabajadores a tiempo parcial computarán en proporción al número de horas trabajadas sobre la jornada máxima establecida.

Independientemente del número de personas dadas de alta a 31 de diciembre de 2011, el Centro Intermutual de Euskadi lo componen 77 personas con contrato laboral fijo, de las cuales 21 disfrutan de reducciones de jornada. Estas ausencias están cubiertas mediante 4 personas contratadas eventualmente. En definitiva, en la actualidad la plantilla del Centro está compuesta por los perfiles que se detallan en el cuadro anexo:

Clasificación

Contratos fijos

Contratos eventuales

Total jornadas

Médicos traumatólogos

7

0

6,33

Cirujanos plásticos

1

0

0,60

Médicos rehabilitadores

2

0

1,70

Médicos de urgencias

3

0

3,00

DUE´s instrumentistas

6

0

5,67

DUE´s

17

1

15,67

Auxiliares sanitarios

20

2

18,83

Fisioterapéutas

5

1

4,88

Farmacéuticos

1

0

0,87

Admisión

5

0

5,00

Administración

8

0

8,00

Mantenimiento

1

0

1,00

Cocina

1

0

1,00

Total

77

4

72,55

7. Porcentaje de participación:

El Centro mantiene un fondo social, integrado por las aportaciones efectuadas por las Mutuas al adquirir la condición de partícipes o para incrementar el valor del mismo. Dichas aportaciones atribuyen a sus titulares una cuota de los derechos y obligaciones sobre el Centro.

El porcentaje de participación de las diferentes Mutuas en el Centro, a 31 de Diciembre de 2011, asciende a:

Mutua

Reparto

%

FRATERNIDAD MUPRESPA

2.792.530,25

32,77

FREMAP

2.775.413,77

32,57

ASEPEYO

1.419.296,25

16,66

MC MUTUAL

869.163,24

10,20

MUTUA UNIVERSAL MUGENAT

664.852,86

7,80

Total

8.521.256,37

100,00

No obstante, a efectos de establecer el cálculo para determinar las aportaciones ordinarias que debe realizar cada una de las Mutuas partícipes, se aplica el porcentaje sobre el presupuesto anual de gastos del Centro que resulte de la media de facturación del Centro a la Mutua en los tres años precedentes. En concreto, los porcentajes establecidos en 2011 han sido los siguientes:

Mutua

%

FREMAP

35,34

FRATERNIDAD MUPRESPA

19,82

ASEPEYO

16,24

MC MUTUAL

15,36

MUTUA UNIVERSAL MUGENAT

13,24

Total

100,00

La Junta de Gobierno establece, al final de cada ejercicio, el importe de la última transferencia, en la que se regulariza la diferencia entre la aportación ordinaria anual inicialmente calculada y el importe que resulta de la suma de los costes estimados por los servicios prestados en el año a la Mutua respectiva.

PERSONAL

Ejercicio: 2011

Mutua: MC N.º 291 - CI EUSKADI

MATEPSS y entes mancomunados

Plantilla media

Plantilla a 31 de diciembre

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Personal laboral fijo

19

48

24

54

Director Gerente

1

 

1

 

Directivos no sujetos a Convenio Colectivo.

 

 

 

 

Directivos sujetos a Convenio Colectivo

1

 

1

 

Otro personal

17

48

22

54

Personal laboral eventual

1

10

1

13

Subtotal

20

58

25

67

Total

 

79

 

92

VI.2 Bases de presentación de las cuentas.

1. Imagen fiel: Con el fin de que las cuentas anuales de la entidad muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución del presupuesto, han sido elaboradas aplicando de forma sistemática y regular los requisitos de información, principios y criterios contables recogidos en el marco conceptual de la contabilidad de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social de la Primera parte de la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las citadas entidades.

2. Comparación de la información: Al final de este documento se presentan el balance y la cuenta de resultado económico patrimonial incluidos en las cuentas del ejercicio 2010.

3. Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización y corrección de errores: Durante el ejercicio 2011, no se han producido cambios en criterios de contabilización pero se ha procedido a corregir errores de ejercicios anteriores. Concretamente, se detectó un error en la cuenta Partidas pendientes de aplicación del Activo y del Pasivo por valor de 1.472,33 €. Este error, ya comentado en el documento Información Complementaria a la Memoria de las Cuentas Anuales 2010, afectaba a los informes S002: Balance, S004: Balance Integrado y S015: Estado del Remanente de Tesorería.

La corrección con efectos retroactivos, que se lleva a cabo mediante documento SICOSS R809 con número de registro 11/610 0 de fecha 09/02/2011, es la siguiente:

1.472,33

(5540)

 

(558)

1.472,33

Dicho ajuste no afecta al resultado del ejercicio.

4. Información sobre cambios en estimaciones contables cuando sean significativos: Durante el ejercicio 2011, no se han producido cambios en estimaciones contables.

VI.3 Normas de reconocimiento y valoración.

Las normas de valoración segunda –relativa al inmovilizado material– y cuarta –relativa al inmovilizado intangible– de la segunda parte de la Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social, al establecer los criterios para la valoración de los elementos del inmovilizado en ellas referidos, señalan que los citados elementos deben valorarse al precio de adquisición o al coste de producción, teniendo en cuenta las correcciones valorativas que deben efectuarse.

El precio de adquisición comprende su precio de compra, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, así como cualquier coste directamente relacionado con la compra o puesta en condiciones de servicio del activo para el uso al que está destinado. Se deducirá del precio del elemento cualquier clase de descuento o rebaja que se haya obtenido.

Entre las correcciones valorativas que deben efectuarse a los elementos del inmovilizado material e intangible se encuentra la amortización, de la que la norma de valoración segunda referida señala que habrá de establecerse sistemáticamente en función de la vida útil de los bienes, atendiendo a la depreciación que normalmente sufran por su funcionamiento, uso y disfrute, sin perjuicio de considerar también la obsolescencia que pudiera afectarlos.

En cuanto a los criterios seguidos en la amortización del Inmovilizado, este Centro aplica la Resolución de 14 de diciembre de 1999 de la Intervención General de la Administración del Estado y el método de amortización lineal.

El importe de las cuotas de amortización se determina, para cada período, dividiendo la base amortizable neta entre los años que falten hasta la finalización de la vida útil del elemento a amortizar.

Las dotaciones a la amortización se realizan sistemáticamente mensualmente durante la vida útil del bien cargando la cuenta correspondiente del subgrupo 68 «Dotaciones para amortizaciones» con abono a cuentas del subgrupo 28 «Amortización acumulada del inmovilizado».

Todo elemento componente del inmovilizado material que haya sido objeto de venta o disposición por otra vía, es dado de baja del balance.

El saldo que hubiese, en su caso, en la cuenta específica de patrimonio neto relativa a dicho inmovilizado, se traspasa al resultado del ejercicio.

Los programas informáticos integrados en un equipo que no puedan funcionar sin él, son tratados como elementos del inmovilizado material. Lo mismo se aplica al sistema operativo de un ordenador.

El Centro posee una Resonancia Magnética en régimen de Arrendamiento. Se trata de un contrato de arrendamiento en el que no se transfieren los riesgos y ventajas que son inherentes a la propiedad.

Las cuotas derivadas de este arrendamiento operativo son reconocidas como gastos en el resultado del ejercicio en el que se devengan durante el plazo del arrendamiento.

Son activos financieros el dinero en efectivo, los instrumentos de capital o de patrimonio neto de otra entidad, los derechos de recibir efectivo u otro activo financiero de un tercero o de intercambiar con un tercero activos o pasivos financieros en condiciones potencialmente favorables.

A efectos de la materialización de las reservas y fondos propios en activos financieros, en 2011 este Centro Mancomunado ha aplicado lo dispuesto en los artículos 30 y 31 del Reglamento de Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de Seguridad Social aprobado mediante el Real Decreto 1.993/1.995, y en concreto, se materializan en valores públicos emitidos o garantizados por el Estado, incluidos los valores emitidos por los Organismos autónomos, las Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales y otros Organismos y Corporaciones públicos. También se han podido materializar mediante participaciones en fondos de inversión que se concreten, exclusivamente, en valores emitidos por el Tesoro Público.

El Centro da de baja los activos financieros cuando llegan a vencimiento y se han transferido los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad.

Los ingresos por prestaciones de servicios y otros ingresos de gestión ordinaria se reflejan en la cuenta del resultado económico patrimonial por su importe neto de devoluciones, descuentos y anulación de liquidaciones.

Los gastos en bienes y servicios se valoran por el precio de adquisición, incluyendo los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición más todos los costes adicionales si los hubiera. Y los descuentos y rebajas se deducen del precio de adquisición si están incluidos en factura. El reconocimiento contable de estos gastos se produce a la fecha de recepción de las facturas y atendiendo a su devengo.

Tanto los ingresos como los gastos se clasifican de acuerdo con su naturaleza económica.

Las transferencias y subvenciones recibidas se reconocen como ingreso cuando existe un acuerdo formalizado, se han cumplido las condiciones asociadas a su disfrute y no existen dudas razonables sobre su percepción, procediendo su registro en el momento de su devengo.

Los bienes y servicios comprendidos en las Existencias se valoran por el precio de adquisición. El precio de adquisición comprende el consignado en factura, los impuestos indirectos no recuperables que recaen sobre la adquisición más todos los costes adicionales que se producen hasta que los bienes se hallan en la ubicación y condición necesaria para su uso, tales como transportes, aranceles de aduanas, seguros y otros directamente atribuibles a la adquisición de las existencias. Los descuentos, rebajas y otras partidas similares se deducen del precio de adquisición.

El Centro utiliza el método F.I.F.O. de valoración de existencias.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

INMOVILIZADO MATERIAL

Este Centro aplica la Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) de 14 de diciembre de 1999 en materia de amortización del Inmovilizado. Cumpliendo con esta Resolución, los años de vida útil asignados a cada grupo de elementos son los siguientes:

Grupo

Vida útil

Aplicaciones informáticas

6 años

Construcciones

100 años

Instalaciones de seguridad, detección y extinción de incendios

12 años

Equipos médicos

14 años

Instalaciones para el tratamiento de fluidos

18 años

Instalaciones de telecomunicaciones

18 años

Grupos electrógenos y ascensores

20 años

Instalaciones eléctricas

25 años

Depósitos y tanques de almacenamiento

50 años

Mobiliario

20 años

Maquinas copiadoras

14 años

Equipos para procesos de información

8 años

Los datos resultantes de la aplicación de esta resolución para el ejercicio 2011 han sido los siguientes:

Grupo

Dot. Amort. 2011

Amortiz. Acum. 31.12.11

Fecha comienzo Amort.

Aplicaciones informáticas

14.655,36

348.017,72

01/01/98

Construcciones

30.603,00

1.310.373,93

01/01/97

Instalaciones técnicas

62.399,48

2.120.556,88

01/01/97

Mobiliario

47.549,44

1.605.811,76

01/01/97

Equi. proc. de información

24.241,66

721.537,29

01/01/97

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VI.7 Transferencias, subvenciones y otros ingresos y gastos.

Las Mutuas partícipes financian el presupuesto anual de gastos del Centro mediante transferencias mensuales, tal y como se establece en el artículo 25 de sus estatutos.

De enero a marzo de 2011 el criterio para calcular la aportación de cada una de las Mutuas se basaba en el porcentaje de recaudación por cuotas en Vizcaya.

A continuación se muestra un cuadro resumen de las aportaciones calculadas en base a este criterio:

Mutua

%

Aportación ordinaria anual

Aportación mensual

Entrega a cuenta (02/12)

Fremap

36,49 %

2.669.006,32

222.417,19

444.834,39

Fraternidad

19,43 %

1.421.178,21

118.431,52

236.863,03

Asepeyo

15,30 %

1.119.095,55

93.257,96

186.515,93

MC Mutual

17,07 %

1.248.559,55

104.046,63

208.093,26

Universal

11,71 %

856.510,39

71.375,87

142.751,73

Total

100,00 %

7.314.350,00

609.529,17

1.219.058,33

Con la aprobación de los nuevos estatutos, a partir de abril de 2011 el modelo de financiación cambia, pasando a aplicarse el porcentaje sobre el presupuesto anual de gastos del Centro que resulta de la media de facturación del Centro a la Mutua en los tres años precedentes.

El siguiente cuadro muestra el nuevo cálculo de aportaciones:

Facturación CIE 2008-2010

Mutua

2008

2009

2010

Media

%*

Aportación ordinaria anual

Aportación mensual

Entrega a cuenta (02/12)

Fremap

2.636.738,16

2.419.005,57

2.368.263,53

2.474.669,09

35,34%

2.584.800,88

215.400,07

430.800,15

Fraternidad

1.622.387,98

1.237.257,11

1.304.493,11

1.388.046,07

19,82%

1.449.819,17

120.818,26

241.636,53

Asepeyo

1.205.840,62

1.008.953,53

1.197.440,27

1.137.411,47

16,24%

1.180.030,43

99.002,54

198.005,07

MC Mutual

984.871,81

983.193,05

1.257.827,59

1.075.297,48

15,36%

1.123.152,14

93.596,01

187.192,02

Universal

993.958,27

785.378,05

1.002.503,82

927.280,05

13,24%

968.547,39

80.712,28

161.424,56

Total

7.443.796,84

6.433.787,31

7.130.528,32

7.002.704,16

100,0%

7.314.350,00

609.529,17

1.219.058,33

En abril se regularizan las aportaciones realizadas en base al nuevo modelo, adelantando además, una entrega a cuenta. De mayo a octubre efectúan transferencias mensuales. En noviembre se regulariza la entrega a cuenta realizada en abril y, en consecuencia, las Mutuas no realizan pago alguno.

Antes del 15/12/11 la Junta de Gobierno establece el importe de la última transferencia, regularizada a consumo real.

El Centro también recibe ingresos por prestación de servicios a mutuas no partícipes y diversas subvenciones (formación bonificada, contratos por guarda legal, ...).

VI.8 Provisiones y contingencias.

El Centro dota una provisión para insolvencias por el valor de aquellas facturas que, habiendo sido reclamadas para el pago y sin ser atendidas por el deudor, se prevé no vayan a ser abonadas.

Asimismo, si una vez dotadas estas provisiones, se consigue el cobro de alguna de las facturas que dio origen a la dotación de la provisión, se aplica la provisión para insolvencias.

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VI.9.d Balance de resultados e informe de gestión.

Se aprecia que el año 2011, en comparación con el año anterior, se ha caracterizado por un descenso en la mayoría de los indicadores de actividad.

En relación con el ejercicio anterior, el número de urgencias se reduce un 7%, las intervenciones quirúrgicas un 5%, las sesiones y las consultas de rehabilitación un 18%, las consultas de traumatología y de oftalmología un 10%, el número de estancias un 7% y los disparos de Rx un 11%. En cambio, las consultas de psiquiatría se incrementan un 8% y las RMN un 4%.

En relación a la actividad quirúrgica, Mutua Universal la incrementa un 6% respecto a la del ejercicio anterior, y Asepeyo un 5%. En cambio, Fraternidad la reduce un 27%, Fremap un 5% y MC Mutual un 4%.

Por provincias, el 38% de la actividad quirúrgica procedió de Vizcaya, el 14% de Álava, el 13% de La Rioja, el 10% de Guipuzcoa, el 12% de Cantabria, el 9% de Navarra y el 3% de Burgos.

En los plazos de citación se observan las siguientes demoras calculadas en días: 2,22 para las intervenciones quirúrgicas, 2,87 para las 1.as consultas de traumatología, 1,75 para las 1.as consultas de oftalmología, 2,15 para las 1.as consultas de rehabilitación y 1,93 para las resonancias.

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