Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-12673

Resolución de 22 de noviembre de 2013, del Banco de España, por la que se publican sanciones de inhabilitación y multa, por la comisión de infracciones muy graves, impuestas a don Ildefonso Ortega Rodríguez-Arias.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 2013, páginas 96298 a 96298 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2013-12673

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 21 de julio de 2010 el Secretario de Estado de Economía, por delegación de la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda dictó Orden Ministerial resolviendo el expediente de referencia IE/CA-1/2009, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 24 de abril de 2009, entre otros, a don Ildefonso Ortega Rodríguez Arias. La citada orden ministerial fue confirmada por Resolución Ministerial de fecha 7 de octubre de 2010, desestimatoria del recurso de reposición formulado por don Ildefonso Ortega Rodríguez-Arias.

La Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, ha dictado sentencia firme de fecha 3 de julio de 2013, desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado por don Ildefonso Ortega Rodríguez-Arias.

Por consiguiente, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, procede dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» de las siguientes sanciones de inhabilitación y multa, por la comisión de infracciones muy graves impuestas, entre otras, en dicha orden ministerial a don Ildefonso Ortega Rodríguez-Arias:

«Sanciones de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito o del sector financiero por plazo de 2 (dos) años y multa por importe de 70.000 euros (setenta mil euros), previstas en los apartados a) y d) del artículo 12.1 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de la infracción muy grave tipificada por el artículo 4.n) de dicho cuerpo legal, consistente en ‘‘presentar la entidad de crédito, o el grupo consolidable o conglomerado financiero a que pertenezca, deficiencias en su estructura organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables, incluidos los relativos a la gestión y control de los riesgos, cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad o la del grupo consolidable o conglomerado financiero al que pertenezca.’’»

«Sanciones de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito o del sector financiero por plazo de 3 (tres) años y multa por importe de 45.000 euros (cuarenta y cinco mil euros), previstas en los apartados a) y d) del artículo 12.1 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de la infracción muy grave tipificada por el artículo 4.c) de dicho cuerpo legal, consistente en ‘‘incurrir las entidades de crédito o el grupo consolidado o el conglomerado financiero a que pertenezcan en insuficiente cobertura de los requerimientos de recursos propios mínimos, cuando estos se sitúen por debajo del 80 por ciento del mínimo establecido reglamentariamente en función de los riesgos asumidos, o por debajo del mismo porcentaje de los requerimientos de recursos propios exigidos, en su caso, por el Banco de España a una entidad determinada, permaneciendo en tal situación por un período de, al menos seis meses.’’»

Madrid, 22 de noviembre de 2013.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid