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Documento BOE-A-2013-1285

Corrección de errores de la Resolución de 18 de diciembre de 2012, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el convenio singularizado de colaboración con la Junta de Castilla y León.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2013, páginas 11059 a 11060 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2013-1285

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el anexo de la Resolución de 18 de diciembre de 2012, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio singularizado de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Junta de Castilla y León, suscrito el 27 de noviembre de 2012, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 23, de 26 de enero de 2013, con el número de referencia 774, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En el anexo, en el que aparece el texto del convenio singularizado suscrito con la Junta de Castilla y león, en el apartado de Estipulaciones:

Donde dice:

«Cuarta. Participación en gastos.

La cantidad inicialmente estimada de gasto por persona y año asciende a 7.000,00 €.

La Delegación Permanente de Castilla y León ante la Unión Europea en Bruselas ingresará en la cuenta corriente de la REPER abierta en el BBVA, sucursal en Bélgica, avenue des Arts, 43, 1040 Bruselas y con número IBAN BE48642000555527, al final de cada trimestre, una cantidad fija calculada en base a dicho importe estimado.

Estos importes serán incluidos, conforme el Real Decreto 938/2005, de 29 de julio, por el que se dictan normas sobre el seguimiento y aplicación contable de los fondos disponibles en los servicios del exterior, en la Cuenta de Gestión a elaborar trimestralmente por la REPER para la correspondiente compensación regulada en la citada norma.

Los gastos anuales realmente efectuados se calcularán de acuerdo con lo dispuesto en la Estipulación Tercera, procediéndose a realizar una liquidación final al cierre del ejercicio presupuestario, con el fin de ajustar los importes abonados a los gastos efectivamente realizados, facilitando a la Comunidad de Castilla y León una relación detallada de dichos gastos, junto a copias de los documentos justificativos correspondientes.

Dicho ajuste final servirá de base para el cálculo de los importes a satisfacer por la Comunidad de Castilla y León durante el ejercicio siguiente.

El número máximo de personas que se incorporarán por parte de la Delegación Permanente de Castilla y León a los locales de la REPER será de 8 personas, por lo que el coste máximo del presente convenio asciende a 56.000 €.»

Debe decir:

«Cuarta. Participación en gastos.

La cantidad inicialmente estimada de gasto por persona y año asciende a 7.000,00 €.

La Delegación Permanente de Castilla y León ante la Unión Europea en Bruselas ingresará en la cuenta corriente de la REPER abierta en el BBVA, sucursal en Bélgica, avenue des Arts, 43, 1040 Bruselas y con número IBAN BE48642000555527, al final de cada trimestre, una cantidad fija calculada en base a dicho importe estimado.

Estos importes serán incluidos, conforme el Real Decreto 938/2005, de 29 de julio, por el que se dictan normas sobre el seguimiento y aplicación contable de los fondos disponibles en los servicios del exterior, en la Cuenta de Gestión a elaborar trimestralmente por la REPER para la correspondiente compensación regulada en la citada norma.

Los gastos anuales realmente efectuados se calcularán de acuerdo con lo dispuesto en la Estipulación Tercera, procediéndose a realizar una liquidación final al cierre del ejercicio presupuestario, con el fin de ajustar los importes abonados a los gastos efectivamente realizados, facilitando a la Comunidad de Castilla y León una relación detallada de dichos gastos, junto a copias de los documentos justificativos correspondientes.

Dicho ajuste final servirá de base para el cálculo de los importes a satisfacer por la Comunidad de Castilla y León durante el ejercicio siguiente.

El número máximo de personas que se incorporarán por parte de la Delegación Permanente de Castilla y León a los locales de la REPER será de 7 personas, por lo que el coste máximo del presente convenio asciende a 49.000 €.»

Donde dice:

«Séptima. Vigencia, modificación y expiración.

El presente Convenio singularizado de Colaboración surtirá efectos desde el momento de su firma, tendrá vigencia durante un año –prorrogable automáticamente por períodos anuales–, podrá ser modificado por acuerdo de las partes y expirará a iniciativa de cualquiera de ellas con un preaviso de tres meses.»

Debe decir:

« Séptima. Vigencia, modificación y expiración.

El presente Convenio singularizado de Colaboración surtirá efectos desde el 1 de enero de 2013, tendrá vigencia durante un año –prorrogable automáticamente por períodos anuales–, podrá ser modificado por acuerdo de las partes y expirará a iniciativa de cualquiera de ellas con un preaviso de tres meses.»

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