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Documento BOE-A-2013-1318

Resolución de 24 de enero de 2013, de ICEX España Exportación e Inversiones, por la que se convoca para 2013 la concesión de ayudas a través del Programa ICEX-NEXT de apoyo a la internacionalización de la PYME española no exportadora o exportadora ocasional.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2013, páginas 11279 a 11302 (24 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-1318

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, de medidas urgentes de impulso a la internacionalización mediante la creación de la entidad pública empresarial Instituto Español de Comercio Exterior, ICEX, cuya denominación pasa a ser ICEX España Exportación e Inversiones, de conformidad con el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, señala en su artículo 3 que dentro de sus fines generales se encuentra el impulso de la internacionalización de las empresas españolas, en especial de las pequeñas y medianas empresas (PYMES), en todas las fases de su proceso de internacionalización, a través de la prestación de aquellos servicios, programas, apoyos económicos, instrumentos de información, financiación o asesoría que en cada momento se requieran.

Por otro lado, el artículo 2 del Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril establece que ICEX, salvo determinadas excepciones, estará sujeto al derecho privado. En este sentido, el artículo 5.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, señala que las entidades vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado cuando actúen en régimen de derecho privado en las entregas dinerarias que realicen a favor de terceros sin contraprestación estarán sujetas exclusivamente a los principios de gestión y de información de los artículos 8.3 y 20 de la Ley.

En virtud de todo ello ICEX, de acuerdo con su normativa interna de ayudas aprobada por el Consejo de Administración de 12 de diciembre de 2012, decide apoyar la internacionalización de la PYME no exportadora o exportadora ocasional a través del programa ICEX-NEXT ofreciendo asesoramiento personalizado de expertos con la finalidad de diseñar un plan de internacionalización y de competitividad exterior. Así mismo, apoya gastos de promoción para que las empresas puedan poner en marcha la estrategia de internacionalización planificada.

El artículo 5.1.c) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y la normativa interna de ayudas de ICEX de 12 de diciembre de 2012 señalan que en las entregas dinerarias sin contraprestación que realicen a favor de terceros organismos como ICEX, junto con los medios de publicidad que habitualmente utilice la entidad, el acuerdo se publicará en el «BOE» cuando la convocatoria supere la cantidad de 300.000€ como es el caso.

Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta la normativa reguladora de estas ayudas, resuelvo:

Primero.

Convocar ayudas a la internacionalización de la PYME española no exportadora o exportadora ocasional a través del programa ICEX-NEXT cuya Convocatoria se incorpora a esta Resolución.

Segundo.

De conformidad con el artículo 5.1.b) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones la Convocatoria de este programa contiene entre otros aspectos el objeto, finalidad y condiciones de la entrega dineraria, los requisitos que deben reunir los perceptores, los criterios de selección y la cuantía máxima de la entrega.

Tercero.

La Convocatoria del programa estará a disposición de las empresas interesadas en la sede de ICEX, paseo de la Castellana, número 14 de Madrid, en las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio en las diferentes Comunidades Autónomas, y en el portal www.icex.es

Madrid, 24 de enero de 2013.–El Presidente del Consejo de Administración del ICEX, P. D. (Resolución de 15 de febrero de 2012), la Consejera Delegada del ICEX, María del Coriseo González-Izquierdo Revilla.

CONVOCATORIA 2013 PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A TRAVÉS DEL PROGRAMA ICEX-NEXT DE APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME ESPAÑOLA NO EXPORTADORA O EXPORTADORA OCASIONAL
Primera. Objeto.

Acelerar y consolidar el crecimiento internacional de PYMES españolas no exportadoras o exportadoras ocasionales que cuenten con un proyecto competitivo.

Segunda. Legislación aplicable.

Las ayudas previstas en el marco de este programa se concederán conforme a lo previsto en el Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis, DOUE n.º L379 de 28/12/2006, páginas 0005-0010. La ayuda total de mínimis concedida a una empresa en el marco de estos programas no podrá superar los 200.000 euros (100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera) durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, habida cuenta de las otras ayudas también percibidas durante este mismo período, de conformidad con lo previsto en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento mencionado. Quedan excluidas del carácter de mínimis las ayudas previstas en el artículo 1, apartado 1, de dicho Reglamento.

De igual forma, le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en todo lo relativo a las ayudas dinerarias sin contraprestación económica al igual que la normativa interna de ayudas de ICEX aprobada por el Consejo de Administración de 12 de diciembre de 2012.

Tercera. Información fondos FEDER.

A efectos meramente informativos y siguiendo las directrices emanadas del Reglamento (CE) n.º 1828/2006, de 8 de diciembre de 2006, vigente para el periodo operativo 2007-2013, relativo a las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales, se hace constar que la actividad descrita en este comunicado puede ser susceptible de ser financiada por la Unión Europea a través de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER), de las que ICEX España Exportación e Inversiones es órgano ejecutor.

En el caso de que su empresa sea finalmente beneficiaria de la ayuda ICEX, y asimismo ésta sea cofinanciada con Fondos Comunitarios, la aceptación por su parte de la misma, implica la aceptación de su inclusión en la lista de beneficiarios publicada de conformidad con el artículo 7, apartado 2, letra d) del Reglamento indicado anteriormente.

En ningún caso, la existencia de financiación por parte del programa FEDER supondrá ayuda adicional para las empresas beneficiarias.

Cuarta. Empresas beneficiarias.

Empresas PYMES españolas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Empresa con producto o servicio propio.

2. Empresas con potencial exportador y cuya exportación no supere el 30% de su facturación.

3. Empresas que cuenten con personal cualificado y comprometido con la implantación del proyecto de internacionalización de la empresa.

4. Empresas con capacidad financiera para la ejecución de un proyecto de exportación que permita posicionar a la empresa en el exterior.

Quinta. Duración.

La duración del Programa será de 24 meses desde la concesión de la ayuda.

Sexta. Contenido.

ICEX Next cuenta con un total de 60 horas de Asesoramiento Personalizado a las empresas (30 horas obligatorias + 30 horas opcionales), prestado por expertos en distintos ámbitos de la internacionalización y competitividad exterior:

Asesoramiento: 60 horas (30 horas obligatorias):

– Asesoramiento estratégico y otros servicios de asesoramiento de mejora de la competitividad internacional para el inicio del proceso exportador.

– Asesoramiento estratégico y otros servicios de asesoramiento que faciliten el desarrollo y consolidación de la red comercial en mercado destino.

La empresa podrá, en función de las características de su modelo de negocio en el exterior y del grado de desarrollo de su estrategia internacional, seleccionar aquellos expertos que le sean de mayor utilidad.

Asimismo, apoya gastos de promoción para que las empresas puedan poner en marcha la estrategia de internacionalización planificada.

Las empresas acogidas a este Programa podrán beneficiarse de otros apoyos incluidos dentro de los Servicios Club Next.

Cuadro de condiciones económicas

Financiación

Total

ICEX 100%

Empresa

Análisis modelo de negocio

300 €

300 €

0 €

Financiación

Total

50% ICEX

50% Empresa

Asesoramiento total

4.800 €

2.400 €

2.400 €

Asesoramiento obligatorio

2.400 €

1.200 €

1.200 €

Asesoramiento voluntario

2.400 €

1.200 €

1.200 €

Gastos promoción + personal

20.000 €

10.000 €

10.000 €

Total

25.100 €

12.700 €

12.400 €

Detalle de gastos elegibles:

El detalle de gastos elegibles para asesoramiento personalizado y gastos de Promoción, así como los conceptos incluidos y excluidos, se detallan en el Detalle de Gastos Elegibles (anexo IV).

Séptima. Procedimiento de admisión.

El primer paso para participar en el programa es realizar la preinscripción.

Las empresas interesadas podrán realizar su preinscripción en el Programa a través de la web de ICEX: www.icex.es, a través de la web icexnext: www.icexnext.es o bien a través del teléfono 902 192 000.

La preinscripción al Programa se mantiene abierta hasta el 31 de diciembre de 2013.

Las empresas, una vez preinscritas, y a requerimiento de ICEX tendrán que presentar el formulario de inscripción de empresas (anexo I).

Este formulario se complementará con la valoración de un consultor externo, homologado por el programa que realizará un análisis del modelo de negocio y potencial internacional de la empresa.

Una vez realizada la valoración del consultor externo, se elegirá a las empresas admitidas al Programa, que habrán de cumplimentar la Carta de Adhesión al Programa (anexo II), en virtud de los siguientes criterios de selección:

– Calidad, solidez y viabilidad del modelo de negocio de la empresa y sostenibilidad futura del proyecto de exportación.

– Factores de competitividad diferenciales, de base tecnológica, intensivas en diseño, innovadoras y/o fuerte capacidad de crecimiento internacional.

– Cualquier otro que ayude a justificar el otorgamiento de la ayuda.

Octava. Documentación necesaria.

Las empresas que sean admitidas en el Programa, tendrán que presentar la siguiente documentación:

– Carta de Adhesión al Programa (anexo II), que incluye Declaración responsable de las ayudas mínimis y Declaración sobre el cumplimiento de la condición de ser o no PYME por parte de la empresa solicitante según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas.

– Certificación de no recibir ayudas económicas coincidentes con el apoyo recibido por conceptos de gasto realizados con cargo al Programa (incluido en anexo IV).

– Declaración de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y en materia laboral y de la Seguridad Social:

1. Podrá optar por autorizar a ICEX a realizar la consulta a la Agencia Tributaria y a la Tesorería de la Seguridad Social. Esta autorización deberá realizarse cumplimentando el anexo III, sellado y remitido junto con el resto de la documentación justificativa.

2. En el caso de no autorizar al ICEX, deberá presentar certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, en el momento de la justificación de la ayuda.

– ICEX está especialmente interesado en que la empresa solicitante autorice a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (siempre que no lo hubiera hecho previamente), a que remita a ICEX información sobre su comercio exterior, con lo que sistemáticamente dispondremos de una información actualizada que nos permitirá conocer mejor sus realizaciones de comercio exterior y asegurar tener permanentemente actualizadas nuestras bases de datos. La autorización señalada se ha de cursar una sola vez, y para ello deberá acceder a http://www.icex.es/icex-aeat/web/index.html y obtener así más información y la forma de proceder para cursar su autorización.

Novena. Justificación.

Las instrucciones de justificación se incluyen en el Detalle de Gastos Elegibles (anexo IV) de este programa.

Asimismo, ICEX podrá requerir otra documentación/información y realizar los controles y seguimientos que estime necesarios para comprobar la correcta ejecución del Programa.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO II
Carta de adhesión

La empresa ...................... con NIF/CIF ................................................. representada en este documento por don ..............................................................................................., con NIF ................................... como ..............................................., expone:

• Que conoce y acepta el contenido del Programa y el Detalle de Gastos Elegibles que reflejan los derechos y obligaciones de las empresas participantes en el Programa.

• Que participará de forma activa en el desarrollo del Programa, haciendo uso adecuado de los recursos públicos a su disposición. La financiación disponible en el marco del Programa es un límite máximo de gasto en el tiempo de vigencia del programa y para aquellos gastos contemplados en el Detalle de Gastos Elegibles.

• Que acepta la contratación de asesoramiento personalizado por un mínimo de 30 horas, siendo 15 horas imputables, como mínimo, al Asesor Estratégico.

• Que conoce y acepta la autoridad de ICEX dentro del Programa, cuyas principales funciones son las de controlar la calidad global del programa y dirimir cualquier discrepancia o disfunción en las relaciones existentes entre la Empresa y su Asesor.

• Que declara que:

– No se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.

– Es una PYME según la definición recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6/5/03 (DOCE L 124 de 20/5/03). Así, se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a titulo individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular.

La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

En la categoría de las PYME, se define a una pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera a los 10 millones de euros.

En la categoría de las PYME, se define a una microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.

– Cumple la norma de minimis. y realiza la siguiente declaración responsable sobre las ayudas concedidas definidas en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis («DOUE» n.º L 379 de 28/12/2006, páginas 5 a 10), en la que se indica la fecha de concesión, el importe bruto concedido, el organismo que la concedió (…).

El incumplimiento parcial o total de esta condición conllevará la no concesión de las ayudas previstas en este programa, y podrá dar lugar al reintegro de las ayudas percibidas en el marco del mismo, así como de los intereses de demora devengados de su pago.

Por lo tanto la empresa declara que se le han concedido las siguientes ayudas, incentivos o subvenciones, para cualquier actividad durante los últimos tres ejercicios fiscales (incluido el ejercicio en curso).

Organismo

(incluido ICEX)

Fecha

Concepto

Importe

 

 

 

 

 

 

Total

 

• Que conoce que la ayuda recibida puede ser susceptible de ser financiada por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y acepta, en el caso de que ésta sea cofinanciada con dichos Fondos, su inclusión en la lista de beneficiarios publicada de conformidad con el art. 7, apartado 2, letra d) del Reglamento (CE) n.º 1828/2006 de 8 de diciembre de 2006.

• Que declara cumplir el perfil de Empresa Beneficiaria del Programa.

• Que en caso de producirse algún cambio, a lo largo de la vigencia del Programa, que afecte a la estructura societaria, objeto social, línea de negocio a internacionalizar o cualquier otra que pudiera modificar las condiciones de entrada en el Programa, deberá ser comunicado al ICEX.

• Que conoce que el presupuesto por empresa es:

Financiación

Total

ICEX 100%

Empresa

Análisis modelo de negocio

300 €

300 €

0 €

Financiación

Total

50% ICEX

50% Empresa

Asesoramiento total

4.800 €

2.400 €

2.400 €

Asesoramiento obligatorio

2.400 €

1.200 €

1.200 €

Asesoramiento voluntario

2.400 €

1.200 €

1.200 €

Gastos de promoción + personal

20.000 €

10.000 €

10.000 €

Total

25.100 €

12.700 €

12.400 €

La financiación por bloques de gasto (asesoramiento obligatorio, voluntario, y gastos de promoción + personal) son fijos, no pudiéndose pasar remanentes de un bloque a otro.

En ............................ a ....... de ................................. de 201…

Nota: De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos facilitados que se deriven del desarrollo del programa serán incluidos en un fichero responsabilidad de ICEX España Exportación e Inversiones, con domicilio en el Paseo de la Castellana, 14-16 – 28046 de Madrid, con la finalidad de posibilitar el desarrollo y posterior evaluación del programa en relación a la empresa firmante. Para ello, dichos datos podrán ser cedidos al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a organismos de la Unión Europea. En todo caso, el firmante del presente documento podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a través de correo postal a la dirección indicada, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente, e identificándose como participante en este programa.

□ Si no desea recibir comunicaciones comerciales de ICEX, marque la casilla.

ANEXO III
Autorización expresa para la obtención por parte de ICEX de certificados telemáticos

De conformidad con lo previsto en el artículo 6.2 b) de la Ley 11/2007 de 22 de junio de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, así como lo establecido en el artículo 13 Capitulo V del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero que regula la sustitución de certificados en soporte papel por certificados telemáticos o por transmisiones de datos entre Administraciones Públicas, la persona abajo firmante autoriza al ICEX a solicitar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos necesarios para acreditar que esta empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y, de esta forma, comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener, percibir y mantener la/s ayuda/s a la internacionalización solicitadas al Instituto Español de Comercio Exterior.

La presente autorización se otorga exclusivamente a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de la ayuda mencionada anteriormente.

A) Datos del solicitante de la ayuda

APELLIDOS Y NOMBRE/RAZÓN SOCIAL

NIF

FIRMA (SOLO EN CASO DE PERSONAS FÍSICAS)

B) Datos del autorizador (solo en el caso de una persona jurídica o una entidad del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria)

APELLIDOS Y NOMBRE

NIF

ACTUA EN CALIDAD DE

FIRMA

 

En…………………………. a……………. de ………………… de ………………..

La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Departamento de Control Presupuestario de ICEX.

En caso de no otorgar esta autorización, la empresa deberá aportar los originales de dichos certificados, actualizados a la fecha de presentación.

ANEXO IV
Detalle de gastos elegibles

1. Investigación

• Conceptos elegibles:

– La empresa deberá consultar previamente al ICEX antes de realizar el gasto a apoyar.

– Los estudios de mercado, de viabilidad, de implantación, etc. realizados por empresas especializadas.

– La compra de documentación de comercio exterior adquirida a terceros.

• Conceptos excluidos:

– Los estudios realizados internamente en la empresa: por personal de la empresa, representantes legales, apoderado, etc.

2. Material de difusión-promoción

• Conceptos elegibles:

– Antes de realizar el gasto a apoyar, la empresa deberá consultar previamente al ICEX.

– Elaboración y reimpresión de:

1. Catálogos.

2. Folletos.

3. Carteles.

– Expositores punto de venta.

– Diseño y/o adaptación de: envases y etiquetas (tanto de producto como de muestras).

– Diseño y/o modificación o ampliación de páginas Web, incluyendo registro y dominio.

4. El coste por dar el alta de la empresa en «portales comerciales» en Internet para la venta de sus productos.

5. Carpetas de prensa y demás material informativo impreso o audiovisual.

6. Gastos de traducción de textos relacionados con el material promocional.

7. Todo este material deberá destinarse exclusivamente a la exportación y editarse al menos en un idioma extranjero (salvo en los casos de empresas cuyos mercados objetivos sean exclusivamente aquellos con idioma oficial Español) bajo la marca y nombre de la empresa española.

• Conceptos excluidos:

– Regalos de empresa y promocionales.

– Tarjetas de visita.

– Diseño y desarrollo de la marca y desarrollo de producto.

– Diseño y realización de embalajes.

– Elaboración de envases y etiquetas.

– Elaboración de muestras.

– Mantenimiento de página web.

– Mantenimiento de la empresa en portales comerciales.

– Mailing.

Nota: Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

3. Publicidad

• Conceptos elegibles:

– Creatividad del material utilizado para el exterior y adaptación del ya existente para cada mercado.

– Coste de la inserción en medios extranjeros y en la edición internacional de medios nacionales.

– Publicidad en Internet (ej.: lugar destacado en buscadores, para mercados exteriores).

• Conceptos excluidos:

– Publicidad destinada al mercado nacional.

Nota: Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

4. Participación como expositor en ferias

• Conceptos elegibles:

– Participaciones individuales en ferias o congresos sectoriales en el exterior, a las que la empresa acuda como expositor o asistente.

– Participaciones dentro del stand de un distribuidor o de otra empresa complementaria, siempre y cuando figure el nombre de la empresa participante en el Programa.

– Se podrán incluir gastos por los siguientes conceptos:

8. Derechos de inscripción.

9. Alquiler de espacio.

10. Coste de inserción en el catálogo de la Feria.

11. Decoración.

12. Gastos de mantenimiento del stand.

13. Azafatas e intérpretes.

14. Bolsa de viaje por empresa.

• Conceptos excluidos:

– Dietas.

– Gastos de Aduana.

– Transporte del producto y del material promocional.

– Ferias en las que no se demuestre presencia de personal de la empresa.

– Participación en ferias en las que haya apoyo de ICEX.

Nota: Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

5. Viajes de prospección y comerciales

• Conceptos elegibles:

– Bolsa de viaje correspondiente al país de destino para los viajes de prospección y comerciales del personal de la empresa desde España al exterior (una por empresa).

Excepciones:

– En los casos en los que el viaje tenga como destino más de un país, el gasto a apoyar corresponderá a la bolsa del país más lejano más la mitad de la bolsa asignada para el segundo país más alejado de los que se hayan visitado.

– En los casos en que el viaje tenga una distancia inferior a 250 Km. entre el lugar de origen y destino, y la empresa no haya pernoctado en destino, el gasto a apoyar corresponderá a la mitad de la bolsa de viaje asignada para el país de destino (hasta un máximo de 4 viajes de estas características por empresa).

– Previa aprobación por escrito de ICEX, se podrán apoyar los viajes de compradores extranjeros a España para visitar la empresa. El gasto a apoyar corresponderá al gasto real de hotel en régimen de alojamiento y desayuno más el viaje en transporte público, hasta el límite de la bolsa de viaje asignada para el país de origen.

• Conceptos excluidos:

– Viajes dentro de España.

– Viajes del asesor estratégico.

6. Acciones promocionales

• Conceptos elegibles:

– Promociones punto de venta.

– Promociones al canal.

– Degustaciones.

– Exposiciones puntuales.

– Participación en concursos o certámenes de calidad.

– Desfiles.

– Seminarios.

– Demostraciones.

– Jornadas técnicas.

– Contratación de agencia de relaciones públicas.

– Acciones promocionales a través de Internet, siempre que sean en idioma extranjero (salvo en los casos de empresas cuyos mercados objetivos sean exclusivamente aquellos con idioma oficial español).

• Conceptos excluidos:

– Elaboración, envío de muestras de cualquier otro material.

– Regalos promocionales (camisetas, gorras etc.).

– Catering (cócteles, etc.).

Nota: Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

7. Registro de patentes y marcas

• Conceptos elegibles:

– Registro internacional de patentes y marcas (arbitraje internacional ante litigios, búsqueda de nombre, etc.).

– Homologación ante clientes u organismos públicos y privados en el exterior.

– Certificaciones de calidad para el extranjero.

– Certificados ISO, en una entidad de certificación acreditada en el país destino o en España. En el caso de que la certificación sea emitida por una entidad acreditada en España (ENAC-Entidad Nacional de Acreditación), deberá existir Acuerdo Multilateral de Reconocimiento (MLA-con el que los organismos de acreditación, de los países destino, reconocen la equivalencia de las acreditaciones de las entidades de España).

En el caso de certificaciones y homologaciones, se admitirán pagos parciales por trabajos ya realizados, siempre y cuando sea contra la emisión de una factura.

• Conceptos excluidos:

– Registro de patentes y marcas a nivel nacional.

– Servicio de vigilancia para mantenimiento de la marca o patente.

8. Otros gastos de internacionalización

• Conceptos elegibles:

– Se incluirán aquellos gastos en que incurran las empresas durante su proceso de internacionalización que no se recogen en epígrafes anteriores y que no están expresamente excluidos.

Estas propuestas de gastos se analizarán en cada caso, y deberán contar con el Visto Bueno previo y por escrito de ICEX, quien decidirá el apoyo o no de estos gastos, siempre que se encuentren dentro del marco del Plan de Internacionalización del Programa, vinculados a la salida de la empresa al mercado exterior y no al funcionamiento ordinario de la empresa.

• Conceptos excluidos:

– Todos los conceptos de gasto excluidos en el resto de apartados de este documento.

Nota: Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

9. Asesoramiento consultor especializado

• Conceptos elegibles:

– Incluye los servicios de asesoramiento prestados por expertos en distintos ámbitos de la internacionalización y competitividad exterior. (30 horas obligatorias + 30 horas opcionales).

Asesoramiento: 60 horas (30 horas obligatorias, 15 de ellas destinadas a asesoramiento estratégico 1.1, 2.1).

1. Asesoramiento estratégico y otros servicios de mejora de la competitividad internacional para la iniciación del proceso exportador:

1.1 Asesoramiento estratégico para el diseño/contraste de la estrategia internacional de la empresa. Asesoramiento en operativa internacional. Definición de mercados objetivos.

1.2 Consultoría especializada en otros aspectos de la internacionalización (acceso a licitaciones, franquicias, etc.).

1.3 Asesoramiento para la puesta en marcha de un sistema de gestión de la innovación identificando áreas de la empresa (procesos, marketing, etc.) con potencial innovador, que incrementen la competitividad internacional del proyecto.

1.4 Otros servicios de apoyo a la mejora de la competitividad internacional.

2. Asesoramiento estratégico y otros servicios que faciliten el desarrollo y consolidación de la red comercial en mercado destino.

2.1 Asesoramiento estratégico para la definición del Business Plan por mercado.

2.2 Contraste estrategia de acceso al mercado a través de especialista local. Consultor en destino.

2.3 Contraste del grado de innovación tecnológica del proyecto con respecto a lo ya existente en el mercado.

2.4 Asesoramiento para la protección de la propiedad intelectual e industrial.

2.5 Otros.

10. Colaborador

• Conceptos elegibles:

– Finalidad de la contratación.

Bajo este concepto se incluye el apoyo a la incorporación de un Colaborador a la empresa para el desarrollo del Plan de Internacionalización de la misma. Con un máximo de ayuda de un año, de 8.000 euros (50% apoyo 4.000 euros) (jornada completa) y 4.000 euros (50% apoyo 2.000 €) (media jornada) que se prorrateará entre 12 meses, siempre que exista importe disponible del resto de gastos contemplados en este documento.

– Requisitos del contrato laboral.

15. Por periodo mínimo de 1 año.

16. A tiempo completo o parcial.

17. Sueldo bruto anual mínimo de 15.000 euros o 7.500 euros (en caso de media jornada).

18. El objeto del contrato deberá estar relacionado con la actividad exportadora de la empresa.

19. La categoría profesional deberá ser acorde con la función que debe desempeñar.

20. Posibilidad de residir en el exterior (en algún país objetivo de la empresa a internacionalizar).

– Requisitos mínimos del Colaborador.

21. Titulación superior o media sustituible por experiencia laboral mínima de cinco años en comercio exterior.

22. Nivel alto de inglés.

23. El Colaborador no podrá haber trabajado en la empresa con anterioridad.

24. El Colaborador no podrá ser familiar de socios o directivos de la empresa.

– En caso de rescisión de contrato.

25. Se podrá contratar a otro Colaborador (para la misma finalidad y con los mismos requisitos, tanto del Colaborador como de la contratación).

26. Será necesario aportar el finiquito del anterior Colaborador.

27. El gasto a apoyar será el remanente disponible tras el Colaborador o colaboradores anteriores, siempre dentro del periodo del programa y con la cadencia mensual establecida.

• Conceptos excluidos:

– Retribuciones que no estén recogidas en el contrato.

11. Consideraciones generales

• Dentro del programa se contemplarán exclusivamente las acciones destinadas a la internacionalización de la empresa.

• Este programa es compatible con ayudas de otros organismos, por lo que el apoyo de las facturas presentadas se podrá acumular, sin exceder nunca el 100% del importe de las mismas, previa información al ICEX y sin perjuicio del cumplimiento del resto de condiciones exigidas (mínimis, o cualquier otra que ICEX considere).

• Solo se considerarán los gastos facturados por terceros.

• Están excluidos los costes internos de la empresa.

• No se apoyará en ningún caso la prestación de servicios por parte de ICEX.

• Será necesario el Visto Bueno por escrito de ICEX de todos aquellos gastos que tengan un importe superior a los 6.000 euros.

• En caso de duda sobre la elegibilidad de algún gasto o de la forma de justificación del mismo, la empresa consultará al ICEX.

• Solo se admitirán facturas cuya fecha esté dentro del periodo del programa de la empresa.

• Para el cálculo de la ayuda, no se considerará apoyable ningún tipo de impuesto (incluido el IVA), que grave cualquier gasto o factura objeto de apoyo, con independencia de que el mismo se devengue en el territorio nacional o en el extranjero.

• La empresa ha de tener en cuenta que deberá estar al corriente en sus obligaciones Tributarias y de Seguridad Social.

• Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER (catálogos, folletos, carteles, páginas web, stands en ferias, desfiles, acciones promocionales).

12. Procedimiento de liquidación de gastos

• Presentación de gastos:

La empresa presentará ante ICEX:

1. Impreso cumplimentado con la relación de gastos (anexo 5).

2. Facturas y comprobantes originales de la realización de los gastos y resto de documentación.

• Análisis de la documentación:

La revisión de la documentación de gastos presentada por las empresas se llevará a cabo por personal ICEX o por parte de una firma de auditoría externa. Será ICEX quien determine el procedimiento a seguir.

Las empresas, a requerimiento de ICEX, presentarán la documentación de gastos en los plazos indicados.

Las fechas en las que se realizarán estas revisiones podrán ser consultadas al ICEX.

• Emisión y comunicación de resultados:

El resultado definitivo de la revisión de gastos se dará a conocer a la empresa a través de ICEX.

• Abono de los gastos aprobados:

Se abonará a la empresa la ayuda económica correspondiente a los gastos aprobados tras cada revisión realizada.

13. Anexos

(ANEXO 1)
Apoyo económico

Programa

El programa ofrece apoyo económico para una serie de gastos considerados elegibles:

Financiación

Total

ICEX 100%

Empresa

Análisis modelo de negocio

300 €

300 €

0 €

Financiación

Total

50% ICEX

50% Empresa

Asesoramiento total

4.800 €

2.400 €

2.400 €

Asesoramiento obligatorio

2.400 €

1.200 €

1.200 €

Asesoramiento voluntario

2.400 €

1.200 €

1.200 €

Gastos de promoción + personal

20.000 €

10.000 €

10.000 €

Total

25.100 €

12.700 €

12.400 €

• Los presupuestos por bloques de gasto son fijos no pudiéndose destinar remanentes entre asesoramiento y gastos de promoción + personal.

(ANEXO 2)
Bolsas de viaje (euros)

País

Importe máximo bolsa

Albania

490

Angola

1.380

Arabia Saudita

980

Argelia

320

Argentina

1.330

Armenia

820

Australia

1.550

Azerbaiyán

980

Bangladesh

1.220

Bielorrusia

590

Bolivia

1.280

Bosnia-Herzegovina

430

Botswana

1.360

Brasil

1.250

Brunei

1.550

Camerún

850

Canada (Costa Este)

900

Canada (Costa Oeste)

1.140

Chad

900

Chile

1.440

China

950

Colombia

1.060

Congo

1.380

Corea del Sur

980

Costa de Marfil

1.060

Costa Rica

1.060

Croacia

490

Cuba

780

Ecuador

1.060

EE.UU. (Centro)

910

EE.UU. (Costa Este)

750

EE.UU. (Costa Oeste)

1.170

Egipto

660

El Salvador

1.060

Emiratos Árabes

810

Etiopía

890

Filipinas

1.260

Gabón

1.060

Georgia

860

Ghana

1.060

Guatemala

1.060

Guinea Bissau

780

Guinea Conakry

820

Guinea Ecuatorial

900

Honduras

1.060

India

1.250

Indonesia

750

Irán

1.060

Iraq

1.100

Islandia

740

Israel

660

Jamaica

1.000

Japón

1.660

Jordania

900

Kazajstán

990

Kenia

980

Kirguizistán

1.110

Kuwait

1.040

Líbano

740

Liberia

820

Libia

660

Madagascar

1.470

Malasia

1.000

Malawi

1.330

Mali

1.040

Mauritania

660

México

910

Moldavia

660

Mongolia

1.390

Namibia

1.350

Nepal

1.360

Nicaragua

1.060

Nigeria

660

Nueva Zelanda

1.630

Omán

980

Pakistán

1.080

Panamá

1.060

Paraguay

1.300

Perú

1.300

Puerto Rico

820

Qatar

890

Rep. Centroafricana

950

Rep. Democrática del Congo

1.180

Rep. Dominicana

740

Rusia

830

Senegal

740

Serbia-Montenegro

490

Singapur

1.350

Siria

740

Somalia

980

Sri Lanka

1.150

Sudáfrica

1.010

Tailandia

1.180

Taiwán

1.250

Túnez

350

Turkmenistán

1.140

Turquía

620

Ucrania

480

Uruguay

1.380

Uzbekistán

960

Venezuela

1.060

Vietnam

1.630

Yemen

900

Zambia

1.380

Zimbabwe

1.370

Marruecos

290

Noruega

550

Suiza

460

Alemania

370

Austria

490

Bélgica

330

Bulgaria

740

Chipre

570

Dinamarca

370

Eslovaquia

450

Eslovenia

430

Estonia

500

Finlandia

430

Francia

390

Grecia

450

Hungría

570

Irlanda

350

Italia

370

Letonia

310

Lituania

430

Luxemburgo

390

Malta

570

Países Bajos

400

Polonia

570

Portugal

270

Reino Unido

350

Rep. Checa

570

Rumania

300

Suecia

490

(ANEXO 3)
(Membrete de la empresa)

CERTIFICACIÓN DE VIAJE

D./D.ª .............................................................................................................................,

(Nombre y dos apellidos)

Representante legal de la entidad, ................................................................................,

(Nombre empresa española)

con NIF ......................................, CERTIFICA QUE:

D./D.ª .............................................................................................................................,

(Nombre y dos apellidos)

Personal de la empresa y con cargo en la citada empresa de ..................................., realizó durante el/los día/s ...................................................................................... un viaje con destino a .......................................................................................................................,

(Trayecto completo ida y vuelta)

con motivo de .......................................................................................................................

Y para que así conste ante ICEX, firma y sella la presente declaración

en ......................................... a ........., de ............................ de 201......

Fdo.: ..........................................................

(Nombre del representante legal y cargo en la empresa)

(ANEXO 4)
(Membrete de la empresa)

CERTIFICACIÓN DE AYUDAS

D./.D.ª ............................................................................................................................, con DNI ......................................................................................, representante legal de la entidad ..............................................., con NIF ................................., JURA o PROMETE que (SÍ o NO)

................. se han percibido/solicitado ayudas económicas de otros organismos públicos o privados para la actividad de referencia.

• CUMPLIMENTAR ESTE APARTADO SOLO EN CASO DE HABER SOLICITADO O RECIBIDO AYUDAS DE OTROS ORGANISMOS:

Organismo

Gastos apoyables

Porcentaje

Importe ayuda

……………..............

…………….....................

 

……….........…….

……………..............

 

 

 

……………..............

…………….....................

(Descripción detallada del gasto)

 

……….........…….

……………..............

 

 

 

Asimismo, la entidad firmante se compromete a poner en conocimiento de ICEX cualquier ayuda económica que en un futuro pudiese recibir de otras entidades públicas o privadas para la actividad de referencia.

Y para que así conste ante ICEX, firma y sella la presente declaración en .................. a .........., de ............................... del año .................

Fdo.: ..........................................

(ANEXO 5)
Relación detallada de gastos

(A entregar por la empresa, cumplimentado con cada presentación de justificantes)

Empresa:

 

Fecha:

/ /

N.º

Descripción*

País

N.º Factura

Fecha Factura

Proveedor

CIF Proveedor

Importe en €

(Sin IVA)

1

 

 

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

 

 

3

 

 

 

 

 

 

 

4

 

 

 

 

 

 

 

5

 

 

 

 

 

 

 

6

 

 

 

 

 

 

 

Total

 

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