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Documento BOE-A-2013-13188

Resolución de 24 de septiembre de 2013, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicios 2008 y 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2013, páginas 99912 a 100109 (198 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2013-13188

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 24 de septiembre de 2013, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicios 2008 y 2009:

ACUERDA

1. Tomar las medidas necesarias ante la existencia de numerosas deficiencias de índole contable y de control interno: presupuestos aprobados que siguen sin presentar objetivos e indicadores que permitan realizar un seguimiento de su grado de consecución, ni determinar el grado de eficacia y eficiencia alcanzados en la gestión de los fondos públicos; información suministrada insuficiente en el Inventario, al no incluir los bienes muebles; criterios no ajustados al Plan General de Contabilidad, en la contabilización de diversas operaciones de Tesorería; no utilización o utilización insuficiente de la cuenta de «Acreedores por obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto» –facturas en el cajón sin registro contable–, circunstancia especialmente relevante en el Servicio Cántabro de Salud con más de 200 millones de deuda sin contabilizar en 2008 y en torno a los 250 millones en 2009; o incorrecta contabilización de la dotación anual a la amortización –utilización indebida de un criterio de valoración global.

2. Que es necesario que el Servicio Cántabro de Salud y el Servicio Cántabro de Empleo muestren por separado la imagen fiel de su patrimonio, situación financiera, resultados y ejecución del presupuesto.

Instar al Gobierno de la Comunidad Autónoma a:

3. Utilizar con la suficiente justificación la suscripción de encomiendas de gestión con sus empresas públicas.

4. Mejorar el grado de implantación de recomendaciones de los informes del Tribunal de Cuentas.

5. Diseñar e incorporar un adecuado sistema de información contable que permita identificar las actuaciones que disponen de financiación afectada para evitar el riesgo de que el remanente de tesorería financie gastos generales sin capacidad real para ello. Dicho sistema de información contable debe también, entre otras materias, permitir identificar los proyectos financiados con fondos provenientes de los Fondos de Compensación Interterritorial, así como permitir distinguir los avales cancelados que han derivado en responsabilidad.

6. Limitar las nuevas participaciones, préstamos o ayudas a conceder por la Administración autonómica o sus entidades a empresas privadas, de manera que, en los casos en que se produzcan tengan relación con actividades propias de la competencia autonómica y se basen en los estudios e informes pertinentes que examinen exhaustivamente la viabilidad y solvencia así como los riesgos derivados de la inversión en dichas empresas privadas o la concesión de avales a las mismas, para evitar situaciones que generen pérdidas de la Comunidad Autónoma en operaciones empresariales.

7. Diseñar e incorporar un adecuado sistema de información contable que permita identificar las actuaciones que disponen de financiación afectada y que, entre otras materias, permita identificar los proyectos financiados con fondos provenientes de los Fondos de Compensación Interterritorial; así como a que incorporen una adecuada contabilidad patrimonial, partiendo de unos inventarios completos y actualizados en su valoración. Asimismo, se considera necesario que se proceda a una revisión de los deudores, regularizando los saldos deudores de gran antigüedad que se consideren incobrables o constituyendo la pertinente provisión.

8. Que, subsanando las deficiencias puestas de manifiesto en el informe del Tribunal de Cuentas, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones se adecuen a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, y a que se establezcan criterios rigurosos en la justificación de su aplicación a los fines previstos.

9. Adoptar las medidas necesarias para que todos los Órganos de contratación ajusten su actividad a los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector público y efectúen una rigurosa planificación de los contratos a celebrar, a fin de evitar, en lo posible, las sucesivas modificaciones de los contratos iniciales, así como las prórrogas injustificadas, que el Tribunal de Cuentas ha observado en los ejercicios fiscalizados.

Instar a la Comunidad Autónoma de Cantabria a:

10. En particular, y a todas las Comunidades Autónomas, en general, a efectuar las modificaciones normativas oportunas a efectos de adelantar el plazo de rendición de las cuentas a 31 de julio del ejercicio siguiente a que se refieran, a fin de facilitar el acercamiento en el tiempo del control a efectuar por el Tribunal de Cuentas y los Órganos de Control Externo Autonómicos.

11. Continuar con su línea de mejora en la implantación de criterios y directrices necesarios para la formación, actualización y valoración del Inventario, así como, que proceda a establecer un sistema informático que permita vincular la información patrimonial sobre los bienes y derechos que integran su Patrimonio, con la información financiera que surge de la aplicación del Plan de Contabilidad Pública.

12. Promover las medidas oportunas para dar cumplimiento al objetivo de estabilidad presupuestaria, y, en relación con ello, en el supuesto de que no las hubieran adoptado, implanten medidas de un mayor rigor en la gestión pública en aras de una contención del déficit en la determinación del resultado presupuestario, así como de una progresiva reducción del endeudamiento, tanto directo de la Administración General de la Comunidad Autónoma, como indirecto a través de las sociedades y entidades del sector público autonómico.

13. Continuar con la política de reducción y reestructuración del sector público autonómico, puesta en marcha a partir del ejercicio 2012, especialmente en relación con los entes públicos con objetos y actividades coincidentes, evitando la duplicidad, amplitud o inconcreción de los objetivos sociales de los distintos entes de la Comunidad Autónoma, que atentan contra los principios de transparencia, eficacia y economía que deben presidir la actuación administrativa, cualquiera que sea el medio de gestión.

Instar a todos los responsables de las entidades que conforman el sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria y a la Intervención General de dicha Comunidad a:

14. Cumplir con la obligación de rendir las cuentas individuales de cada ejercicio económico en plazo y forma, incluyendo todos los estados contables y la documentación prevista en la normativa reguladora; así como la Cuenta General de la Comunidad Autónoma incorporando en la misma las cuentas individuales de todas las entidades autonómicas.

Instar a los responsables de la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria a:

15. Incorporar a los mismos los objetivos propuestos para cada programa y política económica, así como los indicadores adecuados que permitan realizar un seguimiento de su grado de consecución y el grado de eficacia, eficiencia y calidad en la gestión de los recursos públicos.

Instar al Tribunal de Cuentas a:

16. Señalar específicamente, en ulteriores Informes Anuales correspondientes a esta Comunidad, las mejoras y cumplimientos que le han sido instados, de forma reiterada, por esta Comisión.

Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2013.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Ricardo Tarno Blanco.–La Secretaria Primera de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Celia Alberto Pérez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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