Habiéndose declarado firme en vía administrativa las sanciones impuestas a la entidad «Sacresa Terrenos 2, S.L.», a don Ramón Sanahuja Pons y a don Javier Sanahuja Escofet por la comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra i) del artículo 99 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con lo establecido en el artículo 83 ter del mismo texto legal, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 102 de dicho texto legal, las sanciones impuestas mediante Orden Ministerial con fecha 7 de noviembre de 2012 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
«1. Imponer a ‘‘Sacresa Terrenos 2, S.L.’’, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra i), en relación con el artículo 83 ter, ambos de la Ley 24/1988, de 28 de julio del Mercado de Valores, por la realización de prácticas de manipulación de mercado durante el periodo entre el 13 de octubre y el 4 de diciembre de 2008 en relación con las acciones de ‘‘Metrovacesa, S.A.’’, una sanción consistente en multa por importe de doscientos mil euros (200.000 euros).
2. Imponer a don Román Sanahuja Pons, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra i), en relación con el artículo 83 ter, ambos de la Ley 24/1988, de 28 de julio del Mercado de Valores, por la realización de prácticas de manipulación de mercado durante el periodo entre el 13 de octubre y el 4 de diciembre de 2008 en relación con las acciones de ‘‘Metrovacesa, S.A.’’, una sanción consistente en multa por importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 euros).
3. Imponer a don Javier Sanahuja Escofet, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra i), en relación con el artículo 83 ter, ambos de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la realización de prácticas de manipulación de mercado durante el periodo entre el 13 de octubre y el 4 de diciembre de 2008 en relación con las acciones de ‘‘Metrovacesa, S.A.’’, una sanción consistente en multa por importe de cien mil euros (100.000 euros).»
Madrid, 4 de diciembre de 2013.–La Presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, María Elvira Rodríguez Herrer.
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