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Documento BOE-A-2013-13295

Resolución de 24 de septiembre de 2013, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicios 2008 y 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2013, páginas 101710 a 101807 (98 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2013-13295

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 24 de septiembre de 2013, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicios 2008 y 2009, acuerda:

1. Tomar las medidas necesarias para subsanar deficiencias de índole contable: ausencia de dotaciones a la amortización, incorrecto registro de altas y bajas de inmovilizado, ausencia de registro de gastos derivados de compromisos adquiridos relativos a ejercicios futuros, o gastos devengados pero contabilizados en ejercicios posteriores.

2. Tomar las medidas necesarias para subsanar deficiencias de carácter general en materia de contratación administrativa: justificaciones genéricas e imprecisas sobre la necesidad de los contratos; criterios de adjudicación genéricos e imprecisos; o demoras no justificadas en expedientes de obras adjudicados sobre la base de, entre otros factores, reducciones del plazo de ejecución.

3. Instar al Gobierno de la Nación a que evite que en los Presupuestos Generales del Estado la recurrente definición genérica de los proyectos de inversión financiados con los recursos del Fondo de Compensación Interterritorial, estableciendo de forma más precisa las inversiones a realizar o fomentar por las distintas Comunidades y Ciudades Autónomas participantes en tales fondos, a efectos de posibilitar el preceptivo seguimiento y control de los citados proyectos de inversión.

4. Reclamar, como en los ejercicios 2006 y 2007, la información sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria por la Ciudad Autónoma.

Instar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla a:

5. Rendir las cuentas generales en el plazo legal correspondiente.

6. Rendir sus cuentas al Tribunal de Cuentas dentro de los plazos preceptivos, sin demoras injustificadas y con toda la documentación exigida en la normativa aplicable.

7. Adoptar las medidas necesarias para corregir las irregularidades recogidas en el Informe del Tribunal de Cuentas en relación con las modificaciones presupuestarias.

8. Establecer un correcto sistema de gestión y aplicación contable de las subvenciones, de forma que facilite el análisis y consecuente control sobre la naturaleza de las ayudas concedidas y los criterios considerados para la concesión.

9. Aplicar de forma más estricta el procedimiento administrativo en los expedientes de gastos y documentos contables en la ejecución del Presupuesto del ejercicio.

10. Proceder a las reestructuraciones organizativas necesarias que permitan la adecuada segregación de funciones entre la gestión de ingresos y su control.

11. Mejorar el registro financiero de las operaciones que se recogen en la liquidación del presupuesto para una plena concordancia entre éste y las cuentas del balance y de resultados.

12. Incluir en la liquidación presupuestaria la totalidad de obligaciones y derechos devengados en el ejercicio.

13. Llevar una adecuada contabilidad de los compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros así como incluir el correspondiente estado en las cuentas anuales.

14. Mejorar los procedimientos de gestión y recaudación del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en la Ciudad de Melilla.

15. Confeccionar un inventario de bienes actualizado y completo y coordinar los servicios de Patrimonio y Contabilidad, además de realizar un correcto registro contable de las operaciones de inmovilizado.

16. Implantar una contabilidad adecuada de los gastos con financiación afectada.

17. En relación con la contratación administrativa:

– Articular los mecanismos necesarios para cumplir la obligación de remisión al Tribunal de Cuentas de las relaciones certificadas y los extractos de expedientes de contratos en la forma y plazo establecidos en la normativa aplicable.

– Justificar debidamente en los expedientes la necesidad de la contratación, emitir los Informes de fiscalización previa del gasto, concretar con precisión en los pliegos los métodos de puntuación o baremo de los criterios de adjudicación, en aras de asegurar el principio de igualdad de trato de los licitadores, así como dar prioridad a la valoración de las bajas económicas no temerarias, siempre que resulte compatible con las características particulares de los contratos, en aras del principio de economía en la gestión de fondos públicos y, particularmente en los contratos de obras, planificar adecuadamente la actuación para evitar demoras y modificaciones injustificadas.

Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de septiembre de 2013.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Ricardo Tarno Blanco.–La Secretaria Primera de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Celia Alberto Pérez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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