Suscrito el 12 de noviembre de 2013, Convenio específico para el año 2013 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de La Rioja y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figurará como anexo de esta resolución.
Madrid, 2 de diciembre de 2013.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno Bonilla.
En Madrid, a 12 de noviembre de 2013.
REUNIDOS
De una parte, don Francisco de Asís Babín Vich, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrado mediante Real Decreto 249/2012, de 23 de enero («B.O.E.» número 20, de 24 de enero), en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto, 1, b, de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias («B.O.E.» número 28, de 1 de febrero de 2013).
De otra, el Excmo. Sr. don José Ignacio Nieto García, Consejero de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, nombrado por Decreto del Presidente 9/2011, de 27 de junio, B.O.R. número 83, de 28 de junio, y facultado para este acto en virtud de delegación del Consejo de Gobierno conferida mediante Acuerdo de fecha 31 de octubre de 2008 (B.O.R. n.º 148, de 17 de noviembre de 2008).
EXPONEN
Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de La Rioja suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,
ACUERDAN
Que la actuación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el año 2013 se concretará en el desarrollo del programa:
– Programa de formación de mediadores juveniles para la acción en medio abierto como agentes de salud: 26.970,00 euros.
– Estrategia colaborativa de prevención universal, selectiva e indicada sobre consumo de bebidas alcohólicas y otras drogas en el medio escolar: El consultor en salud: 32.000,00 euros.
– Reducción de riesgos ambientales y daños por alcohol en lugares de venta y consumo: sector hostelero, comercios minoristas y mayoristas de bebidas alcohólicas: 9.200,00 euros.
Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 31 de mayo de 2013, con un total de 68.170,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.
Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.
Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el ejercicio 2013.
Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.
El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c, del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco de Asís Babín Vich.–El Consejero de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, José Ignacio Nieto García.
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