Visto lo que dispone la base reguladora undécima de la Resolución JUS/2564/2013, de 3 de diciembre, de convocatoria para la provisión del puesto de responsable del Registro Civil de la Unidad Procesal de Apoyo Directo de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, y del puesto de responsable del Servicio Común Procesal General como consecuencia de la implantación de una nueva oficina judicial en Olot («DOGC» número 6517, de 9 de diciembre de 2013, y «BOE» número 294, de 9 de diciembre de 2013), así como el artículo 51 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia;
Dado que se han cumplido las especificaciones y los requisitos exigidos en la convocatoria;
Visto el Acuerdo de 16 de diciembre de 2013, emitido por la Comisión de Selección, mediante el cual se declara desierta la presente convocatoria de puestos de trabajo;
En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente, resuelvo:
Declarar desiertos el puesto de responsable del Registro Civil de la Unidad Procesal de Apoyo Directo de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y el puesto de responsable del Servicio Común Procesal General como consecuencia de la implantación de una nueva oficina judicial en Olot.
Información sobre los recursos que se pueden interponer: Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC») en que esta resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien pueden impugnar esta resolución directamente mediante recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC») en que esta resolución se haya publicado, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente de Barcelona, de conformidad con lo que disponen los artículos 14.2, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 18 de diciembre de 2013.–El Consejero de Justicia, P. D. (Resolución JUS/498/2013, de 8 de marzo de 2013), el Secretario General, Enric Colet.
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