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Documento BOE-A-2013-1691

Resolución de 22 de enero de 2013, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de prórroga del Convenio marco de colaboración con la Comunidad Foral de Navarra, en materia de estadística.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2013, páginas 13359 a 13360 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-1691

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», del Acuerdo de prórroga del Convenio marco de colaboración suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Foral de Navarra, en materia de estadística, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 22 de enero de 2013.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

ANEXO
Acuerdo de prórroga del Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Foral de Navarra, en materia de estadística

En Madrid, a 26 de diciembre de 2012.

REUNIDOS

De una parte, don Jaime Haddad Sánchez de Cueto, Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en virtud del Real Decreto 2024/2011, de 30 de diciembre, por el que se dispone su nombramiento, en nombre y representación del citado Departamento, conforme a las atribuciones delegadas en la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 24 de abril), sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, modificada por Orden AAA/1402/2012, de 19 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 28 de junio).

Y, de otra, don José Javier Esparza Abaurrea, Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local de la Comunidad Foral de Navarra, en virtud del Decreto Foral 14/2012, de 22 de junio, por el que se dispone su nombramiento, y en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Las partes se reconocen, en la calidad con que cada una interviene, competencia para la celebración del presente Acuerdo y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Con fecha 11 de marzo de 2009 se firmó un Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (actualmente Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) y la Comunidad Foral de Navarra, en materia de estadística, a fin de establecer conexiones entre los servicios estatales y autonómicos e idear las técnicas que compatibilicen y hagan posible el máximo aprovechamiento de las operaciones estadísticas en materias de medio ambiente, agricultura, ganadería, silvicultura y pesca acordadas por ambas instancias.

Segundo.

En el marco de dicho Convenio se han desarrollado mediante la suscripción de los correspondientes convenios específicos, acciones conjuntas en materia de estadística agraria, ganadera y de pesca, para llevar a cabo, durante el periodo establecido las funciones precisas en la recogida de información en explotaciones agrarias, establecimientos, empresas industriales y mercados de productos agrarios; así como la grabación y validación de los mismos, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, para la ejecución del programa de estadísticas. Entre estas acciones se encuentran los trabajos de la Red Contable Agraria Nacional (RECAN) que han sido gestionados y dirigidos por la Comunidad Autónoma, en el ámbito de su territorio.

Tercero.

La duración del mencionado Convenio marco se estableció, conforme a lo previsto en la cláusula séptima, hasta el 31 de diciembre de 2012, previendo la posibilidad de prórroga del mismo por acuerdo expreso de las partes, siempre que se formalice con anterioridad a su fecha de vencimiento.

Cuarto.

Al objeto de continuar durante el año 2013 las acciones conjuntas en materia de estadística, ambas Administraciones acuerdan formalizar la prórroga del Convenio marco de colaboración, firmado el 11 de marzo de 2009, que se regirá por la siguiente

CLÁUSULA

Única. Prórroga.

Se acuerda prorrogar la duración del Convenio marco de colaboración en materia estadística suscrito con fecha 11 de marzo de 2009 entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Foral de Navarra, hasta el 31 de diciembre de 2013.

El presente acuerdo de prórroga queda condicionado a su ratificación por acuerdo del Gobierno de Navarra en sesión celebrada al efecto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que señala que dicha Administración puede suscribir convenios de colaboración con las demás Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias.

El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.–El Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, José Javier Esparza Abaurrea.

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