Visto el expediente de indulto de don Daniel Zaragoza Antón, condenado por la Audiencia Provincial de Alicante/Alacant, sección segunda, en sentencia de 28 de junio de 2011, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 38.991,53 euros, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y un delito de hurto de uso de vehículo de motor, a la pena de seis meses de multa con una cuota diaria de tres euros, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de diciembre de 2012,
Vengo en conmutar a don Daniel Zaragoza Antón la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 14 de diciembre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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