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Documento BOE-A-2013-2000

Resolución de 8 de febrero de 2013, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Modificación de la línea a 400 kV Penagos-Güeñes entre los apoyos 126 y 147, provincia de Bizkaia.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 2013, páginas 15038 a 15050 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-2000

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado d) del grupo 9 del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), por lo que, habiéndose sometido a evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente formular, por delegación del Ministro, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto

El promotor de la actuación es Red Eléctrica de España SA (REE), y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

La finalidad del proyecto es la modificación de la línea Penagos-Güeñes, autorizada mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de mayo de 2007, entre sus apoyos 126 y 147, a su paso por los montes de Triano y Galdames, para dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal Supremo de 27 de octubre de 2010.

El tendido propuesto discurre en los términos municipales de Galdames y Güeñes, en la provincia de Bizkaia.

La línea propuesta tiene las siguientes características técnicas:

Sistema.

Corriente alterna trifásica.

Frecuencia.

50 Hz.

Tensión nominal.

400 kV.

Capacidad de transporte.

2440 MVA/Circuito.

N.º de circuitos.

Dos.

N.º de conductores por fase.

Tres.

Tipo de conductor.

Triplex CONDOR AW, separados 40 cm entre sí.

Altura total de apoyos.

Entre 32 y 66 m.

Apoyos.

Metálicos de celosía.

Cimentaciones.

Patas separadas de hormigón en masa.

Puesta en tierra.

Anillos de varilla de acero descarburado.

Cables de tierra.

Dos (uno con fibra óptica).

Longitud.

10,25 km.

Las obras incluirán actividades de apertura de caminos de acceso; excavación y hormigonado de las cimentaciones del apoyo; retirada de tierras y materiales de la obra civil; acopio de material de los apoyos; armado e izado de apoyos; poda de arbolado; acopio de los conductores, cables de tierra y cadenas de aisladores; tendido de conductores y cable de tierra; regulado de la tensión y engrapado; eliminación de materiales y rehabilitación de daños.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

La zona de actuación se ubica en la comarca de las Encartaciones, en la provincia de Bizkaia. Se trata de una zona montañosa con altitudes diversas, siendo la cota más alta la del monte Eretza, con 887 m. Las zonas de menor altitud se asocian a zonas de valle fluvial. Una gran parte del trazado discurre sobre plantaciones forestales, especialmente Pinus radiata y Pinus pinaster.

La zona de estudio no alberga espacios de la Red Natura 2000 ni otras figuras de protección según la legislación estatal y autonómica. Sin embargo, dentro del ámbito de estudio se encuentra la propuesta de biotopo protegido Montes de Triano y Galdames, de especial relevancia por sus valores culturales, naturales y paisajísticos, un área con un paisaje kárstico, en la que también ha habido una secular explotación minera.

También se destacan el corredor de enlace Armañón-Ganekogorta, ubicándose la línea en su área de amortiguación, y los tramos fluviales de Río Mayor y Akirzta, pertenecientes a la Red de Corredores Ecológicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El espacio Río Mayor-Las Tobas-Akirtza está también incluido en el Catálogo Abierto de Espacios Naturales Relevantes, del País Vasco.

Dentro del área de estudio se encuentran medios acuáticos incluidos en el área de especial interés y la zona de distribución preferente que establece el Plan de Gestión del Visón Europeo (Mustela Lutreola), y en la zona de distribución preferente establecida por el Plan de Gestión del Espinoso (Gasterosteus gymnurus), ambos de la Diputación Foral de Bizkaia. El visón europeo está catalogado en peligro de extinción en los catálogos nacional y vasco de especies amenazadas.

En el área de estudio se localizan diversas especies protegidas de aves, destacando el alimoche común (Neophron percnopterus), estando gran parte del trazado de la línea incluida en un punto sensible de distribución de esta especie.

También destaca por su interés la presencia de varias especies de quirópteros: murciélago de cueva (Miniopterus schereibersii), murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale), murciélago ratonero pardo o murciélago de geoffroy (Myotis emarginatus) y murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum). El murciélago mediterráneo de herradura está considerado en peligro de extinción en los catálogos nacional y vasco de especies amenazadas, mientras los demás tienen la categoría de vulnerable.

Dentro del ámbito de estudio se localizan varios yacimientos arqueológicos siendo los más cercanos la estación megalítica Eretza y el túmulo de Ezkatxabel I, a 60 m y 195 m de la línea, respectivamente.

La línea atraviesa varios montes de utilidad pública.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto ambiental. La tramitación se inició con fecha 17 de marzo de 2011, momento en que se recibe en la anterior Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, como órgano ambiental, la documentación inicial del proyecto.

El órgano ambiental, con fecha 26 de abril de 2011, estableció un periodo de consultas a las siguientes personas, instituciones y Administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto:

Organismos consultados (1)

Confederación Hidrográfica del Cantábrico del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

Dirección de Aguas del Gobierno Vasco.

Dirección de Calidad Ambiental del Gobierno Vasco.

Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco.

Dirección de Planificación Ambiental del Gobierno Vasco.

Dirección de Salud Pública del Gobierno Vasco.

Dirección General de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia.

Dirección General de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia.

Dirección General de Montes y Espacios Naturales de la Diputación Foral de Bizkaia.

Ayuntamiento de Galdames (Bizkaia).

Ayuntamiento de Güeñes (Bizkaia).

ADENA (Madrid).

Asociación Medioambiental Izate Ingurugiroaren Taldea (Baracaldo, Bizkaia).

Ecologistas en Acción (Bilbao, Bizkaia).

SEO (Madrid).

(1) Nota. En este capítulo figuran los nombres que tenían los organismos consultados en el momento en que se efectuaron las consultas previas. No obstante, se destaca que algunos de estos organismos han variado desde el inicio del procedimiento hasta la fecha de elaboración de esta declaración de impacto ambiental.

A continuación se resumen los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas, provenientes de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, la Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco, la Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental del Gobierno Vasco, la Subdirección de Salud Pública del Gobierno Vasco, la Dirección General de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, la Dirección General de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia, la Dirección General de Montes y Espacios Naturales de la Diputación Foral de Bizkaia, y el Servicio de Conservación, Red Natura 2000 y Biodiversidad de la Diputación Foral de Bizkaia:

Justificación de la necesidad de la actuación. Consideración de diversas alternativas, incluyendo la alternativa cero, alternativas de trazado y alternativas técnicas.

Caracterización de los impactos ambientales más significativos, incluyendo: Efectos a la población por exposición a los campos electromagnéticos, incidencia sobre el biotopo Montes de Triano, impactos sobre hábitats de interés comunitario ubicados dentro y fuera de la Red Natura 2000, repercusiones sobre los corredores ecológicos, afección a comunidades vegetales protegidas con especial atención a especies o masas arbóreas y flora asociada a barrancos silíceos, posibilidad de ocupación o colonización de especies invasoras, incremento del riesgo de incendios, molestias a la avifauna e impactos por colisión y electrocución, posibles afecciones a las poblaciones del murciélago mediterráneo de herradura y el murciélago de geoffroy, repercusiones sobre las poblaciones de visón europeo, incremento de los procesos erosivos, impactos en los cursos de agua y vegetación de ribera, contaminación atmosférica y ruido, impacto paisajístico, afección a vías pecuarias y montes de utilidad pública, consideración de los elementos patrimoniales y yacimientos arqueológicos existentes, afección socioeconómica y sobre los usos del suelo, así como los efectos acumulados o sinérgicos con otras infraestructuras.

Posibilidad de consideración de determinadas medidas correctoras, como: integración paisajística con el biotopo Montes de Triano, uso de técnicas de tendido de los conductores que impliquen la menor afección sobre hábitats de interés comunitario y formaciones vegetales de interés, planes de protección y restauración de los suelos y la vegetación afectada, diseño de los apoyos y señalización de la línea para minimizar el riesgo de electrocución y colisión de la avifauna, planificación de las obras para una menor afección a los períodos de máxima sensibilidad de la fauna, limitación de las actuaciones sobre los cauces públicos, restauración de las pistas creadas, gestión adecuada de los residuos generados, o control de especies invasoras.

El resultado de las contestaciones a las consultas se remitió al promotor el 9 de agosto de 2011, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debía incluir el estudio de impacto ambiental. El 3 de octubre de 2011 se remitieron otras contestaciones extemporáneas.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Una vez realizado el estudio de impacto ambiental por el promotor, la solicitud de autorización administrativa y evaluación de impacto ambiental se sometió a información pública y consultas por la Dependencia Provincial de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia, en fecha 4 de febrero de 2012.

Con fecha 24 de octubre de 2012, el órgano ambiental recibió el expediente, procedente de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en el que se incluía el estudio de impacto ambiental, el proyecto y la documentación generada como resultado de la información pública y consultas realizadas.

A continuación se muestran los aspectos ambientales más relevantes señalados en las respuestas de las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas consultadas. Las conclusiones sobre las mismas y la forma en que el promotor les ha dado respuesta se incluyen en el apartado 4 (Integración de la evaluación).

La Confederación Hidrográfica del Cantábrico considera que el estudio abarca con suficiencia los aspectos relativos a las potenciales afecciones a los sistemas fluviales y asociados, por lo informa favorablemente, así como los contenidos del plan de vigilancia previstos.

La Subdirección General de Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente hace algunas consideraciones relativas al estudio de impacto ambiental como, por ejemplo, en la descripción del proyecto, notando la falta de definición en un calendario y duración de las obras, la gestión de residuos o las zonas de exclusión para las instalaciones auxiliares; respecto al inventario ambiental; en relación con el análisis de alternativas, estimando la alternativa 6 como la más adecuada; en la caracterización de los impactos y la sinergia con otros proyectos; o en relación con las medidas preventivas, correctoras y de seguimiento a aplicar, que en general considera adecuadas, si bien considera que algunas se deberían de haber concretado más.

La Dirección de Planificación y Obras de la Agencia Vasca del Agua (URA) no pone objeción a la alternativa de modificación del proyecto, al no preverse que el proyecto pueda suponer afección directa sobre puntos de agua con aprovechamientos conocidos y apenas suponer afecciones ni al dominio público hidráulico ni a su zona de afección.

La Dirección de Biodiversidad y Participación del Gobierno Vasco vuelve a remitir el informe emitido con motivo de las consultas previas realizadas por el órgano ambiental sobre el documento inicial, de fecha 7 de junio de 2011. En él, valora positivamente la alternativa de trazado número 6 y hace algunas propuestas sobre los elementos ambientales que deberían considerarse en el estudio de impacto ambiental en relación con los espacios naturales, vegetación y hábitats, especies de flora y fauna, corredores ecológicos y paisaje.

La Subdirección de Salud Pública de Bizkaia, del Gobierno Vasco, considera que los valores de campo eléctrico y magnético están muy por debajo de los estándares de protección, no afectando a la población ubicada en el ámbito de proyecto.

La Dirección General de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia hace referencia a las Directrices de Ordenación del Territorio, el plan territorial parcial del área funcional de Balmaseda-Zalla y Plan Territorial Sectorial Agroforestal de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado provisionalmente. Emite informe favorable a la alternativa 6 del trazado, no viendo inconveniente a la aprobación del mismo con determinados condicionantes en relación con el trazado de las pistas de acceso (solicitando nuevos trazados en los accesos a los apoyos T127 y T131), épocas de trabajo y períodos de parada biológica, medidas para evitar riesgos a la avifauna, medidas preventivas sobre zonas de interés geológico, medidas para evitar afecciones al patrimonio histórico y arqueológico, medidas de mejora de pastizales, vegetación y uso público de los montes y medidas en relación con las pistas existentes en los apoyos a desmontar.

La Dirección General de Relaciones Municipales y Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia constata que el nuevo trazado propuesto solventa la cuestión principal recogida en la sentencia que motivó la nulidad del anterior trazado y que la afección ambiental del nuevo trazado es sensiblemente menor y ha sido analizada en su correspondiente evaluación de impacto ambiental. Pide que se tenga en cuenta la posible afección a superficies de bosques autóctonos entre los apoyos T133 y T134, la afección a áreas erosionables de los apoyos T127 y T141 y la regulación que establece el plan territorial parcial de Balmaseda-Zalla a tal efecto.

El Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación Foral de Bizkaia confirma la inexistencia en el espacio de bienes calificados o inventariados arquitectónicos y la existencia de bienes calificados, inventariados o de presunción arqueológica. Pide, por lo tanto, que se haga un estudio arqueológico previo a la obra y la consulta al Centro de Patrimonio Cultural Vasco, por si pudiera haber alguna afección a otros bienes propuestos.

El Ayuntamiento de Galdames informa que el trazado discurre por suelo no urbanizable de protección especial del municipio, en el que no se permite ningún tipo de edificación, siendo el uso principal otras actividades vinculadas al uso agrícola, ganadero y forestal que no conlleven edificación, y estando también permitidas infraestructuras básicas.

El Ayuntamiento de Güeñes informa que la modificación propuesta incide directamente sobre el monte de utilidad pública número 93 Eretza; el bosque adehesado de pino silvestre y bosque de ciprés leylandii; la unidad de paisaje Montes de Gruñeran-Erezta, determinada en los trabajos preliminares de la Ley del Paisaje del Gobierno Vasco; una zona clasificada de especial protección en las normas subsidiarias del municipio; el biotopo protegido Montes de Triano y el espacio natural relevante río Mayor-Las Tobas-Akirtza; el corredor de enlace de importancia regional Armañón-Ganekogorta y su área de amortiguación, así como los tramos fluviales de interés conector río Akirtza y río Mayor-Las Tobas. También afecta directamente a especies amenazadas de fauna, como el visón europeo y el murciélago mediterráneo de herradura, en peligro de extinción, de flora y hábitats de interés comunitario. Considera que es posible realizar la conexión utilizando el corredor formado por las líneas ya existentes y que así se salvaguardaría la zona de mayor valor del monte y la zona de pastizal adehesado de La Rasa, en la ladera norte del monte Eretza.

El Ayuntamiento de Muskiz rechaza la solicitud de autorización administrativa, declaración de utilidad pública aprobación del proyecto y el estudio de impacto ambiental en base determinados argumentos. Entre esos argumentos, destacan algunos con contenido ambiental, como la ausencia de justificación del proyecto y su fragmentación en tramos que se han tramitado de forma separada pero que se condicionan entre sí, la afección del proyecto a la salud por la exposición a campos eléctricos y magnéticos, la incompatibilidad con el Plan Territorial Sectorial de Humedales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (fuera del ámbito de aplicación de los apoyos T126 y T147), afecciones severas sobre el biotopo del Monte de Galdames y sobre los corredores río Mayor-Las Tobas-Akirtza y Argañón-Ganekogorta.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. El promotor ha analizado varias alternativas de trazado, así como la alternativa cero, o de no acción, y varias alternativas técnicas.

La no realización del proyecto dejaría a medio construir la línea original, condicionando la cobertura de la demanda de la zona oriental de Cantabria.

El promotor descarta también la implantación de una solución en corriente continua debido a la imposibilidad de localizar emplazamientos de tamaño suficiente para la implantación de las dos estaciones conversoras, con una superficie de más de 5 ha cada una, y las dificultades de la gestión de toda la red que implicaría la implantación de un tramo en continua en la línea Penagos-Güeñes.

Por otra parte, la solución de soterramiento en corriente alterna exigiría, con la tecnología actual, el tendido de 4 circuitos trifásicos y dos estaciones terminales en los extremos, lo que producirá movimientos de tierra de consideración y una mayor afección a la vegetación. Sería necesaria la construcción de dos zanjas de 3 m de anchura y 2 m de profundidad, lo que implicaría una ocupación de una franja de más de 24 m de ancho, además de unas mayores dimensiones de los accesos y áreas de trabajo. A esto se añade los aspectos técnicos de funcionamiento de la línea, que reducen los niveles de de seguridad y disponibilidad de la red de transporte.

El promotor también descarta la alternativa de trazado más al oeste del biotopo de Montes de Triano y Galdames, ya que implicaría una mayor afección a núcleos habitados. Por otro lado, siempre habría que atravesar el biotopo en su límite sur, con su nueva delimitación, además de implicar otras afecciones ambientales.

Por último, la posibilidad de compactación y aprovechamiento del trazado de la línea existente Santurce-Güeñes supondría una merma de calidad de la red de transporte, además de exigir la parada de las centrales de Santurce y Zierbana durante la construcción de la línea.

Teniendo en cuenta lo anterior, en el estudio de impacto ambiental se han diseñado 6 alternativas de trazado viables. La alternativa 1 coincide en su mayor parte con el proyecto inicial, pero se adentra en menor medida en el biotopo Montes de Triano y Galdames, discurriendo al oeste del mismo, y acercándose más a la población de San Pedro de Galdames. Las otras alternativas de trazado discurren al noreste del biotopo, presentando algunas variaciones en una franja de unos 1000 m de anchura, excepto la alternativa 2, que enlaza en el último tramo con el proyecto original:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Comparadas las 6 alternativas de trazado, el promotor elige la alternativa 6, al considerarla la de menor impacto ambiental y social y la mejor desde el punto de vista técnico. Esta alternativa, a pesar de ser una de las que supondría mayor afección sobre la actividad forestal, se ubica fuera del biotopo Montes de Triano y Galdames, además de tener una menor afección a hábitats de interés comunitario y manchas de bosque autóctono, tener un menor impacto paisajístico, estar más alejada de núcleos habitados y suponer una menor afección al patrimonio cultural. La alternativa 6 es considerada también como la más adecuada por la mayoría de las Administraciones consultadas.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida y su corrección. Se resumen a continuación los principales efectos ambientales del proyecto, así como las principales medidas preventivas y correctoras de esos impactos propuestas por el promotor en el estudio de impacto ambiental y en su respuesta a los informes y alegaciones efectuados por las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.

4.2.1 Aire. El paso de la maquinaria implica la generación de polvo y de partículas en suspensión. Asimismo, las actividades de construcción ocasionarán un incremento de los niveles sonoros de la zona. Estos efectos serán temporales y reversibles, sólo incidirán en el entorno inmediato de las obras y se minimizarán con medidas las preventivas planteadas.

En la explotación de la línea se generan campos electromagnéticos, que descienden rápidamente al aumentar la distancia. El estudio de impacto ambiental estima, para la línea en estudio, que la intensidad debajo de los conductores será de 2,5 kV/m para el campo eléctrico y de 7,65 μT para el campo magnético, mientras que a 50 m de distancia es de 0,07 kV/m para el campo eléctrico y 0,49 μT para el campo magnético. Los niveles de referencia establecidos por la Recomendación 1999/519/CE, del Consejo, relativa a la exposición del público a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz), son de 5 kV/m para el campo eléctrico y 100 μT para el campo magnético. Según el estudio de impacto ambiental, con el trazado finalmente elegido las edificaciones más cercanas se encontrarían a más de 100 m de distancia y los núcleos habitados a más de 500 m, suficientemente alejadas para sentir estos efectos.

También se produce el efecto corona de los conductores, que origina un ruido de baja frecuencia y pequeña intensidad en la proximidad inmediata de la línea, puede generar interferencias en radio y televisión y produce ozono y óxidos de nitrógeno en cantidades consideradas no significativas. Según el estudio de impacto ambiental, el ruido a unos 25 m de distancia sería de unos 30 dB(A), pudiendo aumentar a 45 dB(A) con lluvia ligera o niebla y 50 dB(A) con lluvia fuerte. Se considera que las edificaciones cercanas están lo suficientemente alejadas para resultar afectadas.

4.2.2 Suelo. La línea sobrevuela en unos 2,7 km el área de interés geológico Visual Pico Eretza, y en 1 km el área Silicificación, ambas de interés regional con un valor bajo y medio, respectivamente.

Si bien la ocupación del suelo por las bases de los apoyos es muy pequeña, la excavación de los apoyos en las zonas de mayor pendiente y la apertura de nuevos accesos provoca la alteración de la morfología y características del suelo, así como el incremento de procesos erosivos. Para reducir los movimientos de tierra se usarán patas desiguales prácticamente en todos los apoyos. El promotor señala que el trazado pasa por una zona con numerosos caminos existentes, que permite que se pueda acceder a la mayoría de las torres con la realización de nuevos caminos de longitud menor de 100 m, salvo los accesos a los apoyos T127 y T131 que tendrán una longitud de 1000 m y 400 m, respectivamente, al haber sido modificados a petición de la Dirección General de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia. Identifica 4 apoyos (T127, T134, T148 y T149) en el que las altas pendientes y mala accesibilidad hacen que los movimientos de tierra necesarios sean mayores.

Se descompactarán y restaurarán los suelos afectados por las plataformas y accesos campo a través a los apoyos, así como los caminos y accesos que no vayan a ser necesarios para las tareas de mantenimiento.

4.2.3 Agua. En los cursos de agua se podrían producir cambios mínimos en la calidad de las aguas, debidos a las obras de construcción de la línea y las obras adicionales que se lleven a cabo. Entre otras medidas, el promotor indica que las actividades susceptibles de provocar vertidos accidentales se realizarán en un área que disponga de solera impermeable y sistema para recogida de derrames. No se abrirán accesos sobre cursos de agua y se evitará la circulación de vehículos de mantenimiento sobre cauces con pequeño caudal o temporalmente secos.

No se prevén afecciones a la red de drenaje que pudieran interrumpir su caudal dado que, en todos los casos, la línea atraviesa los cursos por la mitad del vano. Tampoco se prevén afección sobre la calidad de esta agua.

4.2.4 Biodiversidad. El trazado seleccionado no incide sobre espacios naturales protegidos o lugares integrantes de la Red Natura 2000.

Dentro del ámbito de estudio se encuentra la propuesta de biotopo protegido Montes de Triano y Galdames, aunque este espacio es evitado con la alternativa finalmente seleccionada.

La alternativa elegida también evita el corredor de enlace Armañón-Ganekogorta, aunque discurre por su área de amortiguación.

Además, la línea cruza varios tramos fluviales incluidos en la Red de Corredores Ecológicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco y en el Catálogo Abierto de Espacios Naturales Relevantes del País Vasco (Río Mayor-Las Tobas-Akirtza).

Afecciones a la vegetación. La ejecución de la línea eléctrica proyectada va a inducir una pérdida de vegetación en las bases de los apoyos a construir y en los accesos, junto con la tala derivada de la apertura de la calle de seguridad bajo la línea.

Prácticamente un 92 % del trazado discurre sobre plantaciones forestales, que se verán afectadas por la calle de seguridad, cumpliendo con lo establecido en Real Decreto 223/2008, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. La zona a deforestar no será constante, pues dependerá de la topografía, altura del arbolado y su posición con respecto a la línea, estimándose que será necesaria la corta de arbolado en un 50% del trazado para la realización de una calle de 40 m de anchura, lo que supondría unos 18000 pies, principalmente de pinos. La sobreelevación de los apoyos permite que no se elimine vegetación asociada a cursos fluviales ni bosques autóctonos, los cuales tampoco se verán afectados por los caminos de nueva creación de acceso a los apoyos. A pesar de lo anterior, en el caso de que en las proximidades de alguna torre se aprecie alguna mancha formada por especies autóctonas, se mantendrá una reserva perimetral de 10 m en torno a las mismas.

En las zonas afectadas por la apertura de la calle, se respetará el matorral y arbolado que no suponga riesgo para la línea y se restaurará la cubierta vegetal mediante herbáceas o especies arbustivas y arbóreas en las zonas en que se haya eliminado un número de pies tal que se haya afectado a la estructura de la masa.

Se prevén también otras medidas de protección contra incendios, como la aplicación de un plan de emergencia contra incendios.

La línea sobrevuela, en menos de 150 m, hábitats de interés comunitario ubicados fuera de la Red Natura 2000, si bien se trata de prados seminaturales y brezales. Estos hábitats no se verán afectados por caminos de acceso e instalación de apoyos.

En las proximidades de la línea están inventariadas varias especies de flora protegida, incluidas como vulnerables en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas (Iris latifolia, Soldanella villosa, Trichomanes speciosum y Woodwardia radicans), aunque, según el estudio de impacto ambiental, ninguna mancha de estas especies se encuentra atravesada por el trazado ni por los caminos de acceso. El promotor hará un estudio previo al comienzo de las obras que verifique su ausencia en las zonas de actuación.

Afecciones a la fauna. La ejecución del proyecto puede producir alteración de biotopos, fundamentalmente por la creación de la calle de seguridad, y modificación de las pautas de comportamiento de la fauna cercana a la zona de actuación, debido a los ruidos que se puedan generar durante la fase de obras. Durante la fase de explotación, se produce el riesgo de colisión de las aves con el cable de tierra, de menor grosor que los cables conductores y, por ello, menos visible para las aves.

El estudio de impacto ambiental identifica varias áreas sensibles a la alteración de biotopos: las zonas de nidificación del alimoche, a 1,5 km de la línea, del halcón peregrino, a 1,3 km, y de aves rupícolas y forestales (alcotán, azor, etc.), a 2 km, además de refugios de quirópteros a 1,5 km de la línea. En base a ello, se usarán espirales salvapájaros cada 10 m en los cables de tierra en los siguientes tramos: en el entorno de La Aceña (tramo T126-T128), en el entorno de Galdames (tramo T130-T144) y en el entorno de la subestación de Güeñes (tramo T149-T150). El tramo de línea entre los apoyos T134 a T142 estaría dentro de un radio de 2 km desde el lugar de nidificación identificado del alimoche, especie vulnerable según los catálogos nacional y vasco de especies amenazadas, por lo que se adoptará una parada biológica en ese tramo desde mediados de febrero hasta finales de agosto.

En los cruces de ríos es posible la presencia de especies amenazadas como el visón europeo (en peligro de extinción según los catálogos nacional y vasco de especies amenazadas), el cangrejo autóctono o el espinoso. Los arroyos de mayor entidad que sobrevuela la línea son el arroyo El Cuadro y el arroyo Agirtza o Castaños, aunque no se espera afección a la vegetación de ribera, debido a la altura de los cables en esos tramos, ni a la calidad de las aguas. Además, el promotor respetará los meses de cría del visón (entre el 15 de marzo y 31 de julio) en las alineaciones T132-T133 y T142-T143.

4.2.5 Patrimonio cultural. En la zona de estudio existen varios elementos pertenecientes al patrimonio cultural. Los apoyos y accesos no afectarán a elementos inventariados de patrimonio arqueológico ni arquitectónico, encontrándose los más próximos a 60 m (estación megalítica Eretza) y 195 m (túmulo de Ezkatxabel I). En todo caso, antes del movimiento de tierras y una vez desbrozadas las zonas, se realizará una prospección arqueológica de todo el trazado para evitar que el establecimiento de los apoyos o la apertura de nuevos accesos puedan provocar el afloramiento de elementos arqueológicos de interés. También se jalonará la estación megalítica Eretza y el entorno de la zona de presunción arqueológica Ferrería del Monte Ganeran, para evitar posibles afecciones por el paso de maquinaria.

4.2.6 Bienes materiales. La línea sobrevuela montes de utilidad pública, montes patrimoniales y montes de libre disposición, cuyas entidades propietarias serán compensadas. La principal afección sobre ellos es la apertura de la calle de seguridad, en caso de ser necesaria. Según el estudio de impacto ambiental, los montes de utilidad pública son atravesados en los tramos T126-T143 y T142-T147, sobrevolándose un total de 8,3 km. A petición de la Dirección General de Agricultura de la Diputación Foral de Bizkaia, el promotor modifica los accesos a los apoyos T127 y T131, de forma que posibiliten la accesibilidad y gestión del monte, una vez verificado que los nuevos trazados no afectan a otros elementos del medio de interés. Una vez finalizadas las obras, se rehabilitarán los accesos utilizados de los daños provocados.

La línea eléctrica sobrevuela entre los apoyos T144 y T145 la ruta GR-281, que podría verse interrumpida temporalmente al ser necesaria como camino de acceso para la construcción de la línea. En caso de verse dañada, se procederá a la inmediata corrección de los daños causados.

4.2.7 Paisaje. El conjunto de la línea eléctrica resultará muy visible, siendo las torres metálicas los componentes con una mayor incidencia visual.

La línea evita, bordeándola por el oeste, la cuenca Galdames, de muy alto valor según el anteproyecto de Paisajes Singulares y Sobresalientes de la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuyo límite en esta zona coincide prácticamente con la propuesta de biotopo protegido Montes de Triano y Galdames.

Del análisis de visibilidad realizado por el promotor se concluye que los mayores impactos serían los debidos a la visibilidad de la línea desde el centro de interpretación Peñas Negras y el GR-281, que es sobrevolado entre los apoyos T144 y T145. Por otro lado, también será visible desde el Camino de Santiago, en el entorno de la subestación de Güeñes, si bien esta es una zona de elevada antropización.

4.3 Cuadro resumen de los principales impactos y las medidas propuestas por el promotor para corregir los mismos:

Elemento

Impactos significativos

Medidas preventivas y correctoras

Aire.

Generación de polvo y ruidos durante las obras.

Buenas prácticas ambientales durante las obras.

Suelo.

Ocupación del suelo, alteración de la morfología e incremento del riesgo de erosión.

Uso de patas desiguales en apoyos con fuerte pendiente. Descompactación y restauración de los suelos afectados una vez finalizadas las obras, así como los accesos que no vayan a ser necesarios para el mantenimiento de la línea.

Agua.

Alteración de la escorrentía superficial.

Ubicación de accesos fuera de cursos de agua.

 

Riesgo de contaminación.

Buenas prácticas en el uso de la maquinaria.

Biodiversidad.

Afección a vegetación arbórea por tala para ubicación de apoyos y apertura de calle de seguridad.

Sobreelevación de los apoyos para evitar afección a vegetación de ribera y bosques autóctonos.

Delimitación de las zonas de obras que estén situadas cerca de vegetación de interés, manteniendo una reserva perimetral de 10 m en torno a las mismas.

Se respetará el matorral y arbolado que no suponga riesgo para la línea y se restaurará la cubierta vegetal mediante herbáceas o especies arbustivas y arbóreas.

 

Posible riesgo de incendios.

Creación de calle de seguridad.

Aplicación de un plan de emergencia contra incendios.

 

Posibilidad de afección a especies vegetales protegidas.

Estudio previo al comienzo de las obras que verifique su ausencia en las zonas de actuación.

 

Afección a alimoche y otras aves rapaces.

Parada biológica desde mediados de febrero hasta finales de agosto entre los apoyos T134 a T142.

Instalación de elementos anticolisión en el cable de tierra entre en los tramos T126-T128, T130-T144 y T149-T150.

 

Afección a visón europeo y otras especies acuáticas.

Parada biológica desde entre el 15 de marzo al 31 de julio en los tramos T132-T133 y T142-T143.

Patrimonio cultural.

Posibilidad de afloramiento de elementos arqueológicos por el movimiento de tierras.

Prospección arqueológica de todo el trazado antes del movimiento de tierras y una vez desbrozada el área.

Se jalonará la estación megalítica Eretza y el entorno de la zona de presunción arqueológica Ferrería del Monte Ganeran.

Bienes materiales.

Uso de la ruta GR-281.

Inmediata corrección de los daños causados en caso de verse dañada la ruta.

 

Afección a montes de utilidad pública.

Compensación a entidades propietarias. Modificación de los accesos a los apoyos T127 y T131, de forma que posibiliten la accesibilidad y gestión del monte.

Rehabilitación de los daños provocados en las pista de acceso utilizadas.

Paisaje.

Visibilidad de la línea.

Elección de la alternativa con menos impacto.

4.4 Seguimiento ambiental. El estudio de impacto ambiental recoge un programa de vigilancia ambiental, con el objeto de establecer un sistema que garantice el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras, así como la detección de los impactos no previstos en la fase del proyecto, y la posterior implantación de nuevas medidas. Dicho programa de vigilancia ambiental incluye los siguientes controles y seguimientos:

En toda la fase de construcción se contemplarán los siguientes controles: Control sobre la empresa contratista, obtención de permisos previos a la construcción, control contra incendios, control en el diseño de los caminos de acceso, control de la zona afectada por la obra, control de suelos contaminados, mantenimiento de maquinaria, gestión de residuos, control de afección a la fauna, control de afección a la vegetación, protección de paisaje, control de emisiones y control de finalización de las fases de obra, además de controles específicos durante la construcción de pistas de acceso y campas de trabajo, en las excavaciones y cimentaciones, en el montaje e izado de apoyos, durante la apertura de las calles, en la fase de tendido de cables, y durante el acondicionamiento final de la obra.

En la fase de operación y mantenimiento, se hará un análisis de la incidencia del tendido sobre la avifauna y un control de la nidificación en apoyos, además de un control de los procesos erosivos y la regeneración de la vegetación.

Según el estudio de impacto ambiental, se realizará un informe con anterioridad a las obras que contendrá el programa de vigilancia ambiental durante la fase de construcción y se designarán los responsables de la ejecución del mismo. Durante la construcción se redactarán informes periódicos que incluyan los aspectos ambientales supervisados. Una vez finalizada la construcción, se redactará un último informe con las especificaciones técnicas para la operación y mantenimiento de las instalaciones y los aspectos ambientales supervisados en la construcción e izado de los apoyos, tendido de cables y construcción de accesos.

Durante la fase de operación y mantenimiento, se redactará un informe tras el primer año en funcionamiento, en el que se recogerán las revisiones y la eficacia de las medidas correctoras llevadas a cabo.

5. Condiciones al proyecto

5.1 El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y de seguimiento contempladas durante el proceso de evaluación de impacto ambiental (incluidas en el estudio de impacto ambiental y en la respuesta del promotor a las alegaciones efectuadas en la fase de consultas e información pública), las cuales se resumen en el apartado 4 de esta declaración de impacto ambiental.

5.2 El programa de vigilancia ambiental y los informes que se realicen en su cumplimiento se pondrán a disposición de las Administraciones públicas afectadas.

5.3 El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el Boletín Oficial del Estadio en el que se publica esta declaración de impacto ambiental.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Modificación de la línea a 400 kV Penagos-Güeñes entre los apoyos 126 y 147, provincia de bizkaia, al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa seleccionada y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, no producirá impactos adversos significativos.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 8 de febrero de 2013.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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