De conformidad con la propuesta de la comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas vinculadas de los cuerpos docentes universitarios, convocado mediante Resolución de la Universidad Rovira i Virgili, de 8 de noviembre de 2012 (BOE de 6 de diciembre de 2012, y DOGC de 3 de enero de 2013), y tras cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria,
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas con lo dispuesto en la disposición transitoria primera y la disposición adicional segunda y décima de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, y a tenor de lo establecido en el artículo 175 y siguientes del Estatuto de la Universidad Rovira i Virgili, aprobado por Decreto 202/2003, de 26 de agosto, publicado en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» de 8 de septiembre de 2003, y por la normativa de concursos de acceso a plazas de profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios aprobada por Consejo de Gobierno de la Universidad de 30 de abril de 2009 y modificada por la Comisión de Recursos Humanos de 10 de mayo de 2011, por delegación del Consejo de Gobierno de 28 de abril de 2011, y el acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de abril de 2011, resuelvo:
Nombrar Profesor Titular de Universidad del área de conocimiento de «Cirugía», del Departamento de Medicina y Cirugía de esta Universidad, a don Juan Carlos Rueda Chimeno.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», delante de la jurisdicción contenciosa-administrativa.
No obstante, la persona interesada podrá optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Tarragona, 15 de febrero de 2013.–El Rector, Francesc Xavier Grau Vidal.
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