Visto el escrito remitido por la Entidad Kutxabank en el que comunica la fusión por absorción de la Caja de Ahorros de Vitoria y Álava - Araba Eta Gasteizco Aurrezki Kutxa - Vital Kutxa por Kutxabank, este Departamento dicta la siguiente Resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 356 para actuar como colaboradora en la gestión recaudatoria correspondiente a la Entidad Caja de Ahorros de Vitoria y Álava - Araba Eta Gasteizco Aurrezki Kutxa por Kutxabank - Vital Kutxa. En consecuencia, la citada Entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio («BOE» de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual aplicación de lo previsto en el apartado primero, punto cuarto de la Instrucción n.º 1/2008, de 27 de febrero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de febrero de 2013.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Ana Fernández-Daza Álvarez.
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