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Documento BOE-A-2013-2731

Resolución de 27 de febrero de 2013, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que, en estimación de recurso, se adjudica destino definitivo a funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, en relación con el concurso de traslados convocado por Resolución de 30 de abril de 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2013, páginas 19518 a 19521 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Canarias
Referencia:
BOE-A-2013-2731

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia de la problemática suscitada por la presentación en este Centro Directivo de recurso de reposición en relación a la adscripción provisional de doña María Luz Neve García, funcionaria de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, en el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arrecife, al no haber obtenido destino en el concurso de traslados convocado por Resolución n.º 621, de 30 de abril de 2012 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de mayo de 2012), para cubrir plazas vacantes de los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, y teniendo en cuenta los siguientes

Antecedentes de hecho

I. En virtud de Resolución n.º 1.239, de 6 de noviembre de 2012, de esta Dirección General se resuelve definitivamente el concurso de traslado para plazas vacantes y de nueva creación entre funcionarios de los cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia convocado mediante Resolución n.º 621, de 30 de abril de 2012.

II. Doña María Luz Neve García, con D.N.I. n.º 13297756F, funcionaria de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, adscrita provisionalmente en el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Arrecife (Las Palmas), procedente de la situación administrativa de excedente voluntaria por prestar servicios como Secretaria sustituta, participó en el concurso de traslados convocado con fecha 30 de abril de 2012, no obteniendo destino alguno, continuando en situación de adscripción provisional en el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Arrecife hasta el 3 de enero de 2013, fecha en que cesa por incorporación del titular del puesto.

Tras realizar la oportuna consulta verbal al Ministerio de Justicia sobre la situación administrativa de doña María Luz Neve García, con fecha 4 de enero de 2013 es nombrada en adscripción provisional en el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arrecife, cesando la funcionaria interina que ocupaba dicho puesto, doña Norma Covarrubias Miranda, mediante acuerdo de 3 de enero de 2013.

III. Con fecha 15 de enero de 2013 doña Norma Covarrubias Miranda presenta reclamación contra su cese el 3 de enero de 2013 por no ser ajustado a derecho.

IV. Con fecha 4 de febrero de 2013 tiene entrada en el registro general de este Centro Directivo escrito de doña Norma Covarrubias Miranda por el que interpone recurso de reposición contra el Acuerdo de cese de fecha 3 de enero de 2013.

En dicho escrito la recurrente manifiesta que no había causa legal de cese, toda vez que la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia debió adjudicar de forma definitiva a doña María Luz Neve García un puesto de trabajo con carácter definitivo de los no adjudicados en el concurso, no siendo el puesto en el que cesó la recurrente uno de los puestos ofertados en el concurso de traslado convocado, por lo que en ningún caso debió cesar, solicitando la revocación del Acuerdo de cese de 3 de enero de 2013 y la restitución en el puesto de trabajo que venía desempeñando en el Juzgado de Instrucción número 1 de Arrecife de Lanzarote con los reconocimientos de todos los derechos inherentes que se generen a fecha 3 de enero de 2013.

V. A los efectos de proceder a la resolución del recurso de reposición, con fecha 13 de febrero de 2013 se solicita informe a la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia en relación a la problemática planteada en relación a la participación de la funcionaria doña María Luz Neve García en el concurso de traslado y de su adscripción provisional en el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arrecife, puesto que hasta ese momento esta Administración desconocía el contenido de la solicitud de participación de la misma en el concurso de traslado (la remisión por parte del Ministerio de Justicia de las instancias presentadas por funcionarios pertenecientes al ámbito de esta Comunidad Autónoma no se realizó hasta el 19 de febrero de 2013, teniendo entrada en este Centro Directivo el 22 de febrero de 2013).

VI. Con fecha 19 de febrero de 2013 tiene entrada en este Centro Directivo informe de fecha 16 de febrero de 2013 del Subdirector General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia, el que consta que doña María Luz Neve García en su instancia de participación en el concurso de traslado no solicitó preferencia para la localidad de Arrecife y tampoco todas las vacantes anunciadas en dicha localidad, según indica la base segunda, punto 8 de la convocatoria del concurso, por lo cual no tuvo derecho a obtener preferencia, según lo indicado en la Base Segunda, punto 10 de la convocatoria del concurso, y no consiguió destino alguno.

Asimismo en dicho informe se establece que la base segunda, punto 8 de la convocatoria indica: «De no participar en dicho concurso o no solicitar todas las plazas vacantes del Anexo I de la referida localidad, aún cuando no haya sido anunciada la plaza en la que se encuentren adscritos provisionales, se les destinará con carácter definitivo a cualquiera de los puestos no adjudicado».

Consideraciones jurídicas

Primera.

El artículo 70.3 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia establece que «la primera vez que se anuncien a concurso puestos de trabajo genéricos en la localidad donde se encuentren adscritos, gozarán de derecho preferente para ocuparlos. De no participar en dicho concurso o no solicitar todas las plazas vacantes de la referida localidad, se les destinará con carácter definitivo a cualquiera de los puestos no adjudicados. Si no pudieran llegar a ocupar tales puestos de trabajo por concurrir a ellos con otros funcionarios también con derecho preferente a quienes les fueren adjudicados, continuarán en situación de adscripción provisional hasta tanto se les pueda adjudicar puesto de trabajo definitivo en virtud de su participación en los sucesivos concursos y solicitud en ellos de todas las plazas vacantes en la localidad de adscripción».

Segunda.

La base segunda apartado 8 de la Resolución de 30 de abril de 2012 por la que se convoca el concurso de traslado descrito en los antecedentes de esta Resolución establece que «Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que se encuentren adscritos provisionalmente, aún cuando dicha adscripción se haya efectuado dentro del plazo de presentación de instancias, por haber cesado como Secretarios sustitutos, gozarán de derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncien a concurso, puestos de trabajo genéricos en la localidad donde se encuentren adscritos, según lo establecido en el artículo. 70.3 del R.D. 1451/2005, de 7 de diciembre, no perdiendo la preferencia si, una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, vuelve a ser nombrado como Secretario sustituto. De no participar en dicho concurso o no solicitar todas las plazas vacantes del Anexo I de la referida localidad, aún cuando no haya sido anunciada la plaza en la que se encuentren adscritos provisionales, se les destinará con carácter definitivo a cualquiera de los puestos no adjudicados. Si no pudieran llegar a ocupar tales puestos de trabajo por concurrir a ellos con otros funcionarios también con derecho preferente a quienes les fueren adjudicados, continuarán en situación de adscripción provisional hasta tanto se les pueda adjudicar puesto de trabajo definitivo en virtud de su participación en los sucesivos concursos y solicitud en ellos de todas las plazas vacantes en la localidad de adscripción».

Tercera.

La base novena de la convocatoria establece que «una vez resueltas las alegaciones, la presente convocatoria se resolverá definitivamente por Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de forma coordinada con el Ministerio de Justicia y los órganos competentes del resto de las Comunidades Autónomas que han convocado el presente concurso de traslado».

Cuarta.

Al tratarse de Cuerpos Nacionales, la resolución de los concursos de traslado del personal al servicio de la Administración de Justicia, debe realizarse de forma coordinada entre el Ministerio de Justicia y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas tal y como establecen la bases octava para la resolución provisional y la novena para la resolución definitiva.

Por ello, al no incluir el Ministerio de Justicia a doña María Luz Neve García en el Anexo remitido a este Centro Directivo con las adjudicaciones definitivas de puestos correspondiente a este ámbito competencial, este Centro Directivo entendió que la misma no obtuvo destino manteniéndola en adscripción provisional hasta su cese en el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Arrecife el 3 de enero de 2013, por incorporación del titular del puesto, y nuevamente adscrita provisionalmente en el Juzgado de Instrucción n.º 1 de Arrecife.

Por tanto, habiéndose producido un error en la coordinación para la resolución definitiva del concurso entre el Ministerio de Justicia y esta Dirección General, consistente en que a doña María Luz Neve García no le fue adjudicada plaza alguna, procede que sea esta Dirección General, al haber participado la funcionaria en el ámbito de Canarias, la que le adjudique un destino definitivo de los que quedaron desiertos en este ámbito, y en concreto de los que quedaron desiertos en Arrecife, localidad donde se encuentra adscrita provisionalmente, de acuerdo a lo establecido en el Informe de la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia, de fecha 16 de febrero de 2013.

En virtud de lo anterior, esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 75 del Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, resuelve:

Primero.

Adjudicar destino definitivo a doña María Luz Neve García, funcionaria de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Arrecife.

Segundo.

La funcionaria a la que se adjudica destino en esta resolución deberá tomar posesión del nuevo destino obtenido en los tres días naturales siguientes al cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

El funcionario interino que actualmente ocupe la plaza que ha sido adjudicada, cesará como consecuencia de la posesión de la titular.

Cuarto.

La funcionaria a la que se adjudica destino en esta resolución, no podrá participar en otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta que no transcurran los plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

Quinto.

Notificar la presente resolución a doña María Luz Neve García, haciéndole saber que contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, 27 de febrero de 2013.–El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandro Parres García.

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