Visto el expediente de indulto de don Pedro Antonio García Bernal, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Salamanca, en sentencia de 21 de julio de 2011, como autor de un delito de daños, a la pena de un año de prisión y multa de doce meses con una cuota diaria de cinco euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de marzo de 2013,
Vengo en indultar a don Pedro Antonio García Bernal la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de marzo de 2013.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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