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Advertidos errores en el Real Decreto 208/2013, de 15 de marzo, por el que se indulta a don David Reboredo Miguélez, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 70, de 22 de marzo de 2013, se procede a efectuar la siguiente rectificación:
En la página 22815, en el segundo párrafo, donde dice:
«Vengo en conmutar a don David Reboredo Miguélez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por treinta días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto».
Debe decir:
«Vengo en conmutar a don David Reboredo Miguélez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de dos años de multa, que se satisfará en cuotas diarias de 2 euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto».
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