Por Orden de 3 de abril de 2009, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» del 13), convocó procedimiento selectivo de ingreso y acceso al Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo.
Concluidas todas las fases de los citados procedimientos selectivos, el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, por Orden de 1 de febrero de 2013 (BOA del 22), declara apto en la fase de prácticas y aprobado en el procedimiento selectivo a don Santiago Jorge Carreras Navarro, que por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no había sido evaluado con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, especialidad Educación Infantil, a don Santiago Jorge Carreras Navarro, con Número de Registro de Personal 2912447046 A0597, Documento Nacional de Identidad 29124470, Turno 01 y una puntuación de 8,2580.
El Sr. Carreras Navarro, se considerará ingresado como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2012.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 8 de abril de 2013.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid