Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-4395

Resolución de 11 de abril de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial para el 2012 del Convenio colectivo de Distribuidora Internacional de Alimentación, SA y Twins Alimentación, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2013, páginas 31789 a 31791 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-4395
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/04/11/(17)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para el 2012 del Convenio colectivo de las empresas Distribuidora Internacional de Alimentación, SA (DIA) y Twins Alimentación, SA (Código de Convenio n.º 90017963012010), publicado en el BOE de 22-4-2010, revisión que fue suscrita, con fecha 12 de marzo de 2013, por la Comisión Paritaria de dicho convenio en la que están integrados los designados por la Dirección de las empresas, en representación de las mismas, y las organizaciones sindicales FETICO, UGT y CC.OO, en representación del colectivo laboral afectado, todos ellos firmantes del tantas veces citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de abril de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA

Por la Dirección de las Empresas:

Doña Olga Rico Santiago.

Doña Laura Díaz González.

Doña María Maneiro Prieto.

Representación Social:

Por la representación de FETICO:

Doña M.ª Jesús Vázquez.

Doña Susana Cedillo.

Por la representación de UGT:

Doña Belén Fernández Fonseca.

Don José Manuel García.

Asesor: Santos Nogales.

Por la representación de CCOO:

Doña Paloma Vega.

Doña Aurora Richarte.

Asesor: Toni García.

En Madrid, siendo las 13:00 del día 12 de marzo de 2013 se reúnen los miembros de la comisión paritaria relacionados al margen, para establecer la revisión salarial y aplicación del incremento salarial, conforme a lo establecido en los artículos 45 y 46 del Convenio Colectivo de las empresas Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A., y Twins Alimentación, S.A.

La comisión paritaria, tras confirmar que el IPC real oficial del año 2012 ha sido del 2,9% y que se ha aplicado en el año 2012 un incremento del 1%, concluye que procede efectuar una revisión del 2,1% (Diferencia entre IPC Previsto e IPC real más 0,2) a los salarios base grupo y personal, antigüedad, inventarios, horas extraordinarias, bolsa de vacaciones, y dietas, según lo estipulado en el artículo 46 del convenio colectivo.

La revisión salarial se aplicará con efectos retroactivos a uno de enero de 2012 sobre el salario base grupo, salario base personal y antigüedad y se abonará en la nómina del mes de abril.

Así pues, las tablas definitivas del año 2012 son las siguientes:

Grupo

Profesional 2012

Módulo A

Módulo B

Módulo C

Módulo D

Módulo E

Módulo F

Módulo G

Módulo H

Módulo I

Mandos.

14.941,17

15.222,83

16.069,02

16.773,17

17.336,49

18.324,67

18.888,00

19.980,34

20.336,55

Técnicos.

14.095,00

14.361,29

15.158,93

15.824,03

16.355,39

17.286,79

17.818,16

18.848,96

19.185,04

Especialistas.

13.297,35

13.548,23

14.300,92

14.928,13

15.429,95

16.308,06

16.809,86

17.781,47

18.098,63

Profesionales.

12.544,66

12.781,37

13.491,43

14.083,16

14.556,55

15.384,95

15.858,35

16.774,36

17.073,76

Complemento de antigüedad: 189,36.

Para el personal con categoría de mozo de almacén, incluido en el Grupo IV, los salarios bases grupo definitivos en el año 2012 quedan fijados en las siguientes cantidades:

Almacén

Salario 2012

Getafe

12.781,37

Mejorada

12.781,37

Arroyomolinos

12.781,37

Dos Hermanas

12.544,66

Jaén

12.544,66

Cádiz

14.083,16

Asturias

12.781,37

Orihuela

12.781,37

Manises

12.781,37

Mallen

13.018,05

Villanubla

13.373,09

Antequera

13.491,43

Tarragona

12.781,37

Santiago

14.083,16

Miranda

14.083,16

Mérida

14.083,16

Sabadell

14.556,54

San Antonio

14.556,54

El resto de conceptos del convenio, quedan fijados en el año 2012 en los siguientes importes:

Inventarios: 20,12.

Bolsa de vacaciones: 16,57.

Dietas: 21,32.

Mediadieta: 10,65.

Se faculta a Doña María Maneiro Prieto para que realice las gestiones y trámites precisos en orden al depósito, registro, y publicación de lo aquí acordado.

En prueba de conformidad con cuanto antecede firman el presente acto los miembros de la comisión paritaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/04/2013
  • Fecha de publicación: 25/04/2013
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 13 de abril de 2010 (Ref. BOE-A-2010-6400).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos comerciales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid