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Documento BOE-A-2013-4531

Orden ECC/702/2013, de 16 de abril, de extinción y cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la Mutua Sevillana de Taxis, Seguros Generales a Prima Fija, en liquidación.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2013, páginas 32394 a 32394 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-4531

TEXTO ORIGINAL

Por Orden Ministerial de 8 de junio de 2000 se acordó proceder de oficio a la disolución de la entidad Mutua Sevillana de Taxis, Seguros Generales a Prima Fija, en liquidación, revocar a dicha entidad la autorización administrativa concedida para el ejercicio de la actividad aseguradora en todos los ramos de seguro concedidos y encomendar la liquidación de la entidad a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras (C.L.E.A.), en la actualidad desarrollada por el Consorcio de Compensación de Seguros, en virtud de lo dispuesto en el art. 10 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de Reforma del Sistema Financiero.

Habiendo sido ultimado el proceso de liquidación de la referida entidad, el Consorcio de Compensación de Seguros solicita la extinción y cancelación de la inscripción del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutua Sevillana de Taxis, Seguros Generales a Prima Fija, en liquidación. En cumplimiento del artículo 28.5 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, esta extinción y liquidación determinará la cancelación posterior en el Registro Mercantil.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la legislación vigente.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.5 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Proceder a la declaración de extinción de la entidad Mutua Sevillana de Taxis, Seguros Generales a Prima Fija, en liquidación, y a la consiguiente cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 16 de abril de 2013.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre.

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