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Documento BOE-A-2013-459

Orden ECC/2915/2012, de 28 de diciembre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de la entidad española Arag, Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, SA por la entidad alemana ARAG SE.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2013, páginas 2322 a 2322 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-459

TEXTO ORIGINAL

Las entidades Arag, Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S.A. y ARAG SE, han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la fusión transfronteriza en virtud de la cual la entidad alemana ARAG SE absorberá a Arag, Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S.A., que se disolverá sin liquidación.

De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante este Centro Directivo se desprende que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 24.2 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y 72.2 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Primero.

Autorizar la fusión por absorción de la entidad española Arag, Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S.A. por la entidad alemana ARAG SE.

Segundo.

Declarar la disolución sin liquidación y extinción de la entidad Arag, Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S.A. y la cancelación de su inscripción en el Registro Administrativo de entidades aseguradoras, una vez que se formalice en escritura pública y se inscriba en el Registro Mercantil la operación de fusión.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 28 de diciembre de 2012.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre.

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