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Documento BOE-A-2013-4991

Resolución de 23 de abril de 2013, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento a las formaciones deportivas de espeleología de nivel I y II, autorizadas por la Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León e impartidas por la Federación de espeleología de Castilla y León.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 2013, páginas 36089 a 36091 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-4991

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, regula el título de Técnico Deportivo en Espeleología y fija sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. En su disposición adicional sexta establece el procedimiento para el reconocimiento de las formaciones deportivas a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se regula la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

Las formaciones de entrenadores deportivos llevadas a cabo por las Federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, pueden obtener el reconocimiento a efectos de correspondencia formativa según se establece en la Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

La solicitud de reconocimiento se podrá formular por las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla cuando se haya producido la publicación del Real Decreto que establece el título de Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior en la modalidad.

La citada Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, exige que para que las formaciones puedan obtener el efecto académico, cuenten con la autorización de la Administración competente en este ámbito, y además, con el reconocimiento del Consejo Superior de Deportes.

La Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de las formaciones deportivas de espeleología, que previamente autorizó en la citada modalidad mediante Resolución, con el objeto de que puedan obtener los efectos académicos ya señalados.

Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en el apartado Decimoquinto de dicha Orden, resuelvo:

Primero.

A los efectos de correspondencia formativa con las enseñanzas deportivas de régimen especial de las formaciones llevadas a cabo conforme a lo previsto en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, se otorga el reconocimiento al que se refiere el artículo 33 de la Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, a las formaciones deportivas de Técnico Deportivo en Espeleología de nivel I y Técnico Deportivo en Espeleología de nivel II, autorizadas por la Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León e impartidas por la Federación de espeleología de Castilla y León que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo.

La superación de la totalidad de las actividades formativas de Técnico Deportivo en Espeleología de nivel I dará lugar a la correspondencia formativa de módulos de enseñanza deportiva, a la equivalencia profesional, y, en su caso, a los mismos efectos académicos que el certificado académico oficial de superación del ciclo inicial de grado medio en espeleología.

Tercero.

La superación de la totalidad de las actividades formativas de Técnico Deportivo en Espeleología de nivel II dará lugar a la equivalencia profesional y, en su caso, a la homologación con el título de Técnico Deportivo en Espeleología.

Cuarto.

A los efectos de equiparación con las enseñanzas deportivas de régimen especial, quedarán inscritas en el Consejo Superior de Deportes las formaciones reconocidas conforme a lo establecido en el apartado Primero de la presente Resolución, que han dado lugar a la expedición de los correspondientes certificados y diplomas de entrenadores deportivos.

La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Presidente del Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 23 de abril de 2013.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Miguel Cardenal Carro.

ANEXO
Formaciones que se reconocen en la modalidad de espeleología autorizadas por la Dirección General de Deportes de la Junta de Castilla y León e impartidas por la Federación de espeleología de Castilla y León

Cursos que se reconocen

Diploma de Técnico Deportivo en espeleología. Nivel 1

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1

Resolución 26/05/2010

Palencia y Burgos

19/06/10 al 14/11/10

PT0710EPEP0101

Total de cursos reconocidos: 1.

Diploma de Técnico Deportivo en espeleología. Nivel 2

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1

Resolución 21/03/2011

Palencia y Burgos

04/08/11 al 20/11/11

PT0711EPEP0201

Total de cursos reconocidos: 1.

Planes que se reconocen

Código de plan: PT0710EPEP0101.

Requisitos de acceso: Título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente a efectos académicos. 16 años de edad. Pruebas específicas de acceso.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

25

Comportamiento y aprendizaje

10

Teoría y práctica del entrenamiento

15

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

55

Bloque específico

Formación técnica de la espeleología

45

Didáctica de la espeleología

15

Desarrollo profesional

5

Seguridad e higiene en el deporte

10

 

Total bloque específico

75

Requisitos posteriores

Periodo de prácticas

200

 

Carga lectiva total: 330 horas

 

Código de plan: PT0711EPEP0201.

Requisitos de acceso: Título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente a efectos académicos. 16 años de edad. Técnico Deportivo en Espeleología, nivel I.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

25

Comportamiento y aprendizaje

20

Teoría y práctica del entrenamiento

25

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

75

Bloque específico

Formación técnica, táctica, reglamento

145

Didáctica de la espeleología

30

Entrenamiento de la espeleología

5

Desarrollo profesional

35

 

Total bloque específico

215

Requisitos posteriores

Periodo de prácticas

200

 

Carga lectiva total: 490 horas.

 

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