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Documento BOE-A-2013-5405

Resolución de 13 de mayo de 2013, del Departamento de Justicia, por la que, en ejecución de sentencia, se adjudica destino a funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, en relación al proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1655/2010, de 31 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2013, páginas 38874 a 38876 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2013-5405

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Orden de 31 de mayo de 2010 del Ministerio de Justicia (BOE núm. 151, de 22-6-2010, y DOGC núm. 5662, de 2-7-2010), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa de la Administración de justicia (turno de promoción interna).

En cumplimiento de la sentencia núm. 239/12, dictada en el recurso contencioso administrativo núm. 75/2012 por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo núm. 6 de Madrid, se anuló la Orden de 16 de mayo de 2011, del secretario general de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia, por la que se nombraron funcionarios en prácticas a los aspirantes aprobados por el sistema general de promoción interna en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa.

Mediante la Orden de 22 de marzo de 2013 del Ministerio de Justicia, se nombraron funcionarios en prácticas a los aspirantes aprobados en pruebas selectivas para ingreso en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa, y se incluyó a la señora Minerva Ortiz de la Cruz.

De conformidad con los artículos 28 y 29 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia, así como la Orden de la Secretaría de Estado de Justicia de fecha 13 de mayo de 2013, por la que se nombra a la señora Minerva Ortiz de la Cruz funcionaria del cuerpo de tramitación procesal y administrativa (turno de promoción interna), en el ámbito de Cataluña, es procedente adjudicarle destino.

Por todo ello, resuelvo:

1. Adjudicar destino a la señora Minerva Ortiz de la Cruz en el Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. 4 de Arenys de Mar.

2. La funcionaria del cuerpo de tramitación procesal y administrativa destinada en virtud de esta Resolución tendrá que tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC, o contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOE en caso de que la publicación de esta Resolución no sea simultánea en el BOE y en el DOGC, de acuerdo con el que establece el artículo 29 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

3. La funcionaria destinada de acuerdo con esta Resolución que opte por continuar en activo en el cuerpo de auxilio judicial no hace falta que se desplace a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado; basta con que, dentro del plazo de toma de posesión señalado en el párrafo primero, comunique al Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, concretamente a la Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos de la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia, la opción mencionada, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria que prevé el artículo 506.d) de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.

Una copia de la Resolución por la que se la declara en situación de excedencia voluntaria deberá enviarse al Registro central de personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia.

4. En el caso de que la funcionaria opte por ingresar en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa (turno de promoción interna) y no quiera interrumpir su relación de servicio con la Administración de justicia, y dada la necesidad de disponer del tiempo indispensable para tomar posesión, podrá solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionaria del cuerpo de auxilio judicial un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en caso contrario, excepto aquellos que tengan que desplazarse a las Canarias, las islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para tomar posesión de su nuevo cargo.

Si la funcionaria procede del ámbito de competencia de otra gerencia territorial o comunidad autónoma que haya recibido el traspaso de medios personales, se tendrá que enviar esta documentación a los mencionados órganos a fin de que puedan proceder a conceder la excedencia de oficio en el cuerpo de auxilio judicial del cual se la tendrá por cesada automáticamente en la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa, con el fin de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

5. En el caso de que la funcionaria opte por mantenerse en el nuevo puesto del cuerpo de tramitación procesal y administrativa tiene derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, de cuyo permiso se deducirán los días que prevé el apartado tercero de esta Resolución.

6. El/la funcionario/a interino/a que actualmente ocupe plaza que ha sido adjudicada a la aspirante aprobada cesará el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular, de acuerdo con lo que establece el artículo 18.a) de la Orden JUS/250/2009, de 13 de mayo, del Departamento de Justicia, por la que se regula la selección, formación y el nombramiento de personal interino de los cuerpos funcionarios al servicio de la Administración de justicia en Cataluña.

7. La funcionaria del cuerpo de tramitación procesal y administrativa destinada en virtud de esta Resolución, a pesar de haber sido destinada con carácter forzoso por la orden de calificación según sus preferencias, no podrá participar en un concurso de traslado hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo que establece el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.

8. Información de los recursos a interponer:

8.1 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien pueden impugnar esta Resolución directamente mediante recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, ante el juzgado de lo contencioso administrativo competente de Barcelona, de conformidad con lo que disponen los artículos 14.2, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

8.2 De acuerdo con el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 49 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la interposición de los recursos contenciosos administrativos que se tengan que notificar a los interesados se notificarán mediante la publicación en el DOGC y mediante la exposición en los tablones de anuncios de la sede central del Departamento de Justicia (c. Pau Claris, 81, 08010 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Ciudad y L’Hospitalet de Llobregat (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio I, 14.ª planta, 08075 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas (c. Pau Claris, 158-160, ático 2.ª, 08009 Barcelona); Servicios Territoriales del Departamento de Justicia en Girona (plaza de Pompeu Fabra, 1, edificio de la Generalidad, 17002 Girona), Lleida (c. Sant Martí, 1, 25004 Lleida), Tarragona (c. Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona) y Les Terres de l’Ebre (c. Santa Anna, 3-5, 2.ª planta, 43500 Tortosa); Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (ps. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona); audiencias provinciales de Barcelona (ps. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona), Girona (pl. de Josep Maria Lidón, 1, 17001 Girona), Lleida (c. Canyeret, 1, 25001 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); decanatos de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08075 Barcelona), Lleida (c. Canyeret, 3-5, 25007 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); Servicio Común Procesal General de Girona (pl. de Josep Maria Lidón, 1, 17001 Girona); divisiones del Instituto de Medicina Legal de Cataluña de Barcelona Ciudad y L’Hospitalet de Llobregat (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08075 Barcelona), Girona (av. Ramon Folch, 4-6, 17001 Girona), Lleida (c. Canyeret, 1, 25007 Lleida), Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona) y Les Terres de l’Ebre (pl. de Els Estudis, s/n, 43500 Tortosa); fiscalies provincials de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08075 Barcelona), Girona (pl. de la Catedral, 2, 17004 Girona), Lleida (c. Canyeret, 3-5, 25007 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona), y sitio web del Departamento de Justicia (http://www.gencat.cat/justicia/ofertes).

Barcelona, 13 de mayo de 2013.–El Consejero de Justicia, P.D. (Resolución JUS/498/20013, de 8 de marzo), el Secretario General, Enric Colet.

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