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Documento BOE-A-2013-5600

Resolución de 8 de mayo de 2013, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se conceden ayudas consistentes en lotes de libros para la promoción de la lectura en bibliotecas públicas de municipios menores de 50.000 habitantes correspondientes al año 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2013, páginas 40206 a 40219 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-5600

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; los artículos 62 a 64 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el artículo 7 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y el apartado duodécimo de la Resolución de 8 de octubre de 2012, por la que se convoca el concurso de proyectos de animación a la lectura María Moliner en municipios de menos de 50.000 habitantes y se convocan las ayudas en concurrencia competitiva consistentes en lotes de libros, correspondientes al año 2013, esta Secretaría ha resuelto:

Primero.

Hacer pública la composición de la Comisión de Evaluación que se celebró el 11 de abril y quedó constituida de la siguiente manera:

Presidenta: Doña Teresa Lizaranzu Perinat, Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro.

Vocales: Doña Mónica Fernández Muñoz, Subdirectora General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas; doña Marta Sáenz Báscones, Jefa de Área de Promoción del Libro y la Lectura; don Ricardo Villarino, Subdirector de Educación y Cultura y Secretario de la Comisión de Cultura de la Federación Española de Municipios y Provincias; doña Estefanía Gil Rodríguez, Gestora de Proyectos de Coca-Cola España; don Unai Cuevas Arano, Técnico de la Dirección General de Patrimonio Cultural, como representante de la CCAA del País Vasco; don Marcos Yánez Navarro, Técnico de la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio como representante de la CCAA de Cataluña, y don Francisco Javier Álvarez García, Director de la Biblioteca de Andalucía, como representante de la CCAA de Andalucía.

Secretaria: Doña Sara Bermúdez Romero, Jefa del Sección de Promoción de la Lectura.

Se hace constar que todos los integrantes de la misma, manifestaron su conformidad personal para ser designados miembros de este órgano colegiado.

Segundo.

Previo informe de la Comisión de Evaluación, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el apartado décimo de la Resolución de 8 de octubre de 2012, y una vez aprobada la Propuesta de resolución definitiva elevada por la Subdirectora General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, conceder ayudas en forma de lotes de libros por un importe total de seiscientos cuarenta mil euros (640.000 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.334B.763 del Presupuesto de Gastos. Dichos municipios constan en el documento que como anexo se acompaña a la presente orden, habiendo sido excluidas o desestimadas el resto de las solicitudes formuladas correspondientes a 2013.

Tercero.

De conformidad con lo establecido en el apartado decimocuarto de la Resolución de 8 de octubre de 2012, los municipios beneficiarios de los lotes de libros quedarán obligados a justificar mediante certificación la realización de las actividades de promoción de la lectura proyectadas y por las cuales se les reconoce como beneficiarias de dichos lotes.

Esta orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» para el resto de los interesados.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 8 de mayo de 2013.–El Secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle Ruiz.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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