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Documento BOE-A-2013-5709

Resolución de 13 de mayo de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican los acuerdos de revisión y las tablas salariales para el 2013 del Convenio colectivo de IMS Health, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 30 de mayo de 2013, páginas 41042 a 41043 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-5709
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/05/13/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de los acuerdos de revisión y las tablas salariales para el 2013 del Convenio colectivo de la empresa IMS Health, SA (código de convenio nº: 90006212011990), acuerdos que fueron suscritos, con fecha 3 de abril de 2013, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité de empresa, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados acuerdos y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 13 de mayo de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE REVISIÓN Y TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA IMS HEALTH, S.A.

En Madrid, a 3 de abril de 2013, se reúnen en los locales de la empresa IMS Health, S.A., la comisión mixta de interpretación y seguimiento del Convenio Colectivo de Empresa, formada por la Dirección de la Empresa y el Comité de Empresa, suscrito el día 14 de abril de 1981, con efecto de 1 de enero del mismo año.

Ambas partes acuerdan las siguientes variaciones respecto al Convenio vigente durante el periodo abril 2013 - marzo 2014.

1. Incrementar en un 1.25 % los salarios realmente abonados por todos los conceptos. Este incremento se aplicará desde el 1 de abril de 2013 hasta el 31 de marzo de 2014.

2. De acuerdo con el artículo 8 del RDL 3/12, la empresa, en acuerdo con los representantes de los trabajadores ha definido un sistema de clasificación profesional basado en grupos profesionales. En el Anexo n.º 1 se detallan estos nuevos grupos y los salarios base para cada una de ellas.

Detallamos a continuación las tablas salariales para cada grupo profesional en el anexo n.º 1

3. De acuerdo con el artículo 18 del Convenio Colectivo vigente, y además de los días festivos que contempla dicho artículo, para el presente año 2013, se disfrutarán los siguientes días de «puente»: El 16 de agosto y 23 de septiembre, en Barcelona y el 3 de mayo y 16 de agosto en Madrid.

4. A los premios por antigüedad establecidos desde el año 2004, se añade el premio de fidelidad por los 45 años de servicio, quedando las cantidades de la siguiente manera:

A los 5 años 35 % del salario mensual bruto.

A los 10 años 60 % del salario mensual bruto.

A los 15 años 85 % del salario mensual bruto.

A los 20 años 110 % del salario mensual bruto.

A los 25 años 135 % del salario mensual bruto.

A los 30 años 160 % del salario mensual bruto.

A los 35 años 200 % del salario mensual bruto.

A los 40 años 225 % del salario mensual bruto.

A los 45 años 250 % del salario mensual bruto.

5. Destinar 15.000 €/anuales a ayuda de transporte para los empleados que:

No dispongan de coche de Compañía.

No dispongan de plaza de garaje asignada.

Para el control de esta ayuda, el Comité elaborará una lista del personal que desee acceder a ella y cumpla los requisitos establecidos.

No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la reunión con el acuerdo de elevar la presente acta a la Autoridad laboral, a los efectos previstos en el artículo 90 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo.

En representación de la Empresa, María Sánchez-Biezma (Manager de RRHH).–En representación de los trabajadores, Carmen Navarro Llamas, María Teresa Duque Sánchez y Luisa Martínez Cuerva.

CONVENIO IMS HEALTH, S.A.

Anexo número 1

Tablas salariales 2013

(Aplicables a partir del 1/04/2013)

 

14 pagas/año

Total anual

GRUPO 1

Titulación superior

 

 

Licenciados con experiencia

2.114,84

29.607,70

Licenciados sin experiencia

1.341,81

18.785,29

Diplomados/FP II

1.251,63

17.522,87

GRUPO 2

Administrativos

 

 

Jefe Administrativo

1.733,86

24.274,00

Oficiales

1.178,57

16.499,99

Auxiliares/Grabadores

857,59

12.006,23

GRUPO 3

Limpiadores

 

 

Limpiador/a

653,37

9.147,13

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/05/2013
  • Fecha de publicación: 30/05/2013
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas consultoras
  • Salud

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