Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel del Fresno Laguna, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Ciudad Real, en sentencia de 29 de octubre de 2010, como autor de un delito de homicidio imprudente, a la pena de dieciocho meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena e inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión, oficio o cargo durante tres años, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de mayo de 2013,
Vengo en indultar a don Miguel Ángel del Fresno Laguna la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión, oficio o cargo, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 10 de mayo de 2013.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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