De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el Capítulo III del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se efectúa convocatoria para proveer puestos de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios públicos que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño y que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden.
Las solicitudes se presentarán en el modelo de instancia que figura como Anexo II y se dirigirán al Sra. Directora General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado, en el Registro General, (calle Alcalá Galiano, n.º 10, 28071 Madrid), o por cualquiera de las formas que establece el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el supuesto de que un mismo solicitante optase a dos o más puestos de trabajo de los anunciados en el Anexo I, deberá formular petición independiente por cada uno de ellos, indicando el orden de preferencia en que los mismos se soliciten.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.
Además de los datos personales y Número de Registro de Personal, los aspirantes acompañarán junto con la solicitud su curriculum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.
Los funcionarios públicos en servicio activo deberán adjuntar, si son adjudicatarios y prestan sus servicios en Ministerio y Organismo distinto del convocante, certificado extendido por la Unidad de Personal donde se encuentren destinados, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo Órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Madrid, 18 de diciembre de 2012.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, P.D. (Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio), la Directora General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado, Carmen Arias Aparicio.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid