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Documento BOE-A-2013-6025

Orden ECD/1003/2013, de 22 de mayo, por la que se fijan las cuotas por servicios, enseñanzas y actividades de carácter complementario en los centros docentes españoles en Francia, Italia, Marruecos, Portugal, Reino Unido y Colombia, durante el curso 2013/2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 6 de junio de 2013, páginas 42859 a 42861 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-6025
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2013/05/22/ecd1003

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, en su artículo 18.3, establece que los alumnos, tanto españoles como extranjeros, de los centros docentes españoles en el extranjero, abonarán por servicios, enseñanzas y actividades de carácter complementario, cuotas que serán determinadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en su artículo 19, que este departamento podrá establecer o autorizar un régimen específico de ayudas para el pago de las aportaciones económicas mencionadas en el artículo anterior.

A tal fin, se dicta esta orden por la que se fijan las cuotas por la prestación de servicios, enseñanzas y actividades de carácter complementario en los centros españoles en Francia, Italia, Marruecos, Portugal, Reino Unido y Colombia, correspondientes al curso 2013-2014.

En su virtud, dispongo:

Primero. Cuotas por servicios, enseñanzas y actividades de carácter complementario en los centros docentes españoles en el extranjero para el curso 2013-2014.

Las cuotas por servicios, enseñanzas y actividades de carácter complementario en los centros docentes españoles en el extranjero para el curso 2013-2014, que han de abonar los alumnos españoles y extranjeros matriculados en los mismos y la forma de pago son las que se establecen en el anexo de esta orden.

Como régimen específico de ayudas para el pago de estas cuotas, se establece la posibilidad de aplicar reducciones o la exención de las mismas a determinados alumnos cuando existan necesidades económicas sobrevenidas y con un límite del 2% del total de alumnos matriculados. Su concesión corresponderá a la Consejería de Educación respectiva en el caso de que exista un solo centro docente adscrito a la misma y al Director del Centro, previa autorización por la Consejería de Educación, en el caso de existir más de un centro docente adscrito a la Consejería. La concesión únicamente tendrá validez en el curso en el que se dé la circunstancia que la motiva, y en función de su gravedad podrá constituir reducción o exención, sin que en ningún caso proceda la devolución de las cantidades consignadas.

Segundo. Cuotas por los servicios de transporte y comedor escolar.

Las cuotas por los servicios de transporte y comedor escolar, en aquellos centros en los que existan, serán determinados por la Consejería de Educación respectiva y en los países donde no exista, por el Director del centro, de acuerdo con el coste real del servicio y el número de usuarios.

Disposición final única. Eficacia.

Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de mayo de 2013.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sainz.

ANEXO

Francia

Centro: Liceo Español «Luis Buñuel» de París

Cuota (ESO, Bachillerato y C. Internacional): 225,00 euros/curso.

Las cuotas son de carácter anual y se harán efectivas en pago único, mediante cheque nominativo o transferencia expedidos a favor del Liceo Español «Luis Buñuel» y sólo puntualmente en efectivo, en el momento de formalizar la matrícula.

Centro: Colegio Español «Federico García Lorca» de París

Cuota (Educación Infantil y Primaria) : 231,00 euros/curso.

Las cuotas son de carácter anual y se harán efectivas en pago único mediante cheque nominativo expedido a favor del Colegio Español «Federico García Lorca» en el momento de formalizar la matrícula.

Italia

Centro: Liceo Español «Cervantes» de Roma

Cuota (E. Infantil, Primaria y Secundaria): 350,00 euros/curso.

El pago único por la totalidad se efectuará mediante transferencia bancaria en el mes de mayo de 2013. En ningún caso procede la devolución de las cantidades ya consignadas.

Marruecos

Centro: Instituto Español «Melchor de Jovellanos» de Alhucemas

Cuota: 4.375 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Juan Ramón Jiménez» de Casablanca

Cuota: 6.375 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Lope de Vega» de Nador

Cuota: 4.375 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Severo Ochoa» de Tánger

Cuota: 4.375 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Juan de la Cierva» de Tetuán

Cuota: 4.375 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Nuestra Señora del Pilar» de Tetuán

Cuota: 4.375 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español «Luis Vives» de Larache

Cuota: 4.375 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español de Rabat

Cuota: 6.375 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español «Ramón y Cajal» de Tánger

Cuota: 4.375 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español «Jacinto Benavente» de Tetuán

Cuota: 4.375 dirhams/curso.

El pago se efectuará en dos períodos (primera quincena de julio de 2013 y durante el mes de enero de 2014), en efectivo o mediante transferencia.

Portugal

Centro: Instituto Español «Giner de los Ríos» de Lisboa

Cuota: 200,00 euros/curso.

El pago único se efectuará mediante depósito bancario o domiciliación en el momento de formalizar la matrícula.

Reino Unido

Centro: Instituto Español «Vicente Cañada Blanch» de Londres

Cuota: 250 libras/curso.

El pago anual y obligatorio se efectuará por cheque o mediante transferencia en un solo plazo al formalizar la matrícula.

Colombia

Centro: Centro Cultural y Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá

Cuotas:

Educación Infantil: 4.069.000 pesos/curso.

Educación Primaria: 4.563.750 pesos/curso.

1.º de ESO: 4.088.850 pesos/curso.

2.º de ESO: 4.179.900 pesos/curso.

3.º de ESO: 1.487.850 pesos/curso.

4.º de ESO: 1.396.800 pesos/curso.

Bachillerato: 1.189.400 pesos/curso.

El monto total por curso se dividirá en once cuotas del mismo importe. Los pagos se realizarán mediante efectivo, cheque o débito bancario. Las cuotas mensuales se abonarán en los diez primeros días de cada mes. La cuota de inscripción se pagará de una sola vez en el momento de realizar la matrícula.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 22/05/2013
  • Fecha de publicación: 06/06/2013
  • Efectos desde el 7 de junio de 2013.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 18.3 y 19 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (Ref. BOE-A-1993-20613).
Materias
  • Centros de enseñanza españoles en el extranjero
  • Colombia
  • Francia
  • Italia
  • Marruecos
  • Portugal
  • Precios
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

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