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Documento BOE-A-2013-6075

Acuerdo de 16 de mayo de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Puentes Viejas para adoptar escudo heráldico y bandera municipal.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 2013, páginas 43390 a 43391 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2013-6075

TEXTO ORIGINAL

Corresponde a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno la tramitación de los expedientes de aprobación, modificación o rehabilitación de banderas y escudos municipales y otros símbolos municipales, según el Decreto 94/2010, 29 de diciembre, en relación con los Decretos 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y 109/2012, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid.

El Ayuntamiento de Puentes Viejas, inició expediente para la adopción de Escudo Heráldico y Bandera Municipal, de acuerdo con la propuesta aprobada por el Pleno Municipal en sesión de 25 de enero de 2012.

Solicitados los informes de la Real Academia de la Historia y de los Asesores de Heráldica (Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía), los Asesores de Heráldica de la Comunidad de Madrid, informaron favorablemente, mientras que la Real Academia de la Historia informó con algunas observaciones la propuesta municipal.

Por ello, el Ayuntamiento de Puentes Viejas, teniendo en cuenta dichas observaciones con fecha 30 de mayo de 2012 adoptó nuevo acuerdo, adaptando la nueva propuesta a las observaciones efectuadas por La Real Academia de la Historia.

En el expediente, consta asimismo informe favorable de la Dirección General de Relaciones Externas de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, emitido el 14 de marzo de 2013.

El procedimiento se ha sustanciado con arreglo a las normas establecidas en los artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado mediante Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, el Decreto 30/1987, de 9 de abril del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de banderas y escudos municipales. Y el artículo 7 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en reunión de fecha dieciséis de mayo de dos mil trece.

ACUERDA

Primero.

Autorizar la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal de Puentes Viejas, con la descripción siguiente:

Escudo: «En campo de sinople, un puente de oro de cuatro ojos mazonado de sable sobre ondas de plata y azur. Al timbre corona real de España».

Bandera: «Rectangular, de proporciones 2:3. Paño en color azul, cargado en su centro con el escudo del municipio, rodeado por cuatro estrellas doradas de cinco puntas, a la distancia de 1/5 al asta y al batiente y de 1/5 de los bordes superior e inferior».

Segundo.

Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Puentes Viejas,

Este acuerdo producirá efectos a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. También se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de mayo de 2013.–El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, Salvador Victoria Bolívar.–El Presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González González.

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